Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 7/3/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 2 de febrero de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 691/1996, interpuesto por UAP Ibérica, Compañía de Seguros Generales y Reaseguros, SA.

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En el recurso contencioso-administrativo número/1996, interpuesto por UAP Ibérica, Compañía de Seguros Generales y Reaseguros, S.A., contra la Resolución de 18 de diciembre de

1995, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Andalucía, desestimó el recurso ordinario interpuesto por don Manuel Sánchez Godoy, en nombre y representación de Abeille Previsora Riesgos Diversos, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros Generales, contra Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Salud en Sevilla, de fecha 29 de julio de 1994, recaída en el expediente sancionador núm./94-M, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso- Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con fecha 6 de noviembre de 1998, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos que debemos desestimar y desestimamos el recurso número 691 de 1996 interpuesto por UAP Ibérica, Compañía de Seguros Generales y Reaseguros, S.A., contra la Resolución de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Andalucía de 18 de diciembre de 1995, que impuso a la recurrente una sanción de 75.000 pesetas, que debemos confirmar y confirmamos por ser conforme con el ordenamiento jurídico. Sin costas¯.

Mediante Providencia de fecha 14 de enero de 2000 se declara firme la sentencia anterior acordándose que se lleve a puro y debido efecto lo resuelto.

En virtud de lo establecido en el artículo 2.º 5 de la Orden de

8 de julio de 1996, de delegación de competencias, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 2 de febrero de 2000.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

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