Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 1/4/2000

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Otros. AYUNTAMIENTO DE LAS GABIAS (GRANADA)

ANUNCIO de bases.

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Bases de la oposición para cubrir en propiedad cinco plazas de Auxiliar del Grupo de Administración General de este Ayuntamiento.

1. Objeto de la Convocatoria.

Es objeto de esta convocatoria la provisión por el procedimiento de oposición libre de cinco plazas de Auxiliar de Administración General de este Ayuntamiento, encuadrada en el subgrupo de Auxiliares de Administración General, dotada con el sueldo correspondiente al Grupo retributivo D, nivel 16, 2 pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

2. Condiciones de los aspirantes.

Para tomar parte en la oposición será necesario:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de 55.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado ni de la Administración Local, no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni incurso en causas de incapacidad.

A los solos efectos de la edad máxima para el ingreso, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la Administración Local, siempre que por ellos se hubiere cotizado a la Seguridad Social.

3. Instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en la oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la Base segunda, se dirigirán al Presidente de la Corporación y se presentarán, con fotocopia del DNI, en el Registro General de ésta durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al que aparezca el anuncio de la convocatoria en el BOE.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de RJ y PAC.

Los derechos de examen se fijan en la cantidad de tres mil pesetas y se ingresarán en la cuenta de este Ayuntamiento en la Caja General de Ahorros antes de presentar las instancias, uniendo fotocopia a la solicitud.

4. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos que se hará pública en el BOP y en el tablón de edictos de la Corporación, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para reclamaciones.

Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública asimismo en la forma indicada.

5. Tribunal calificador.

El Tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma:Presidente:El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

1. Un miembro de la Corporación.

2. Un representante de la Junta de Andalucía.

3. Dos Funcionarios Administrativos de este Ayuntamiento.

Secretario:

El de la Corporación o persona en quien delegue.

Se designarán suplentes que actuarán como titulares en ausencia de éstos.

La composición del Tribunal y designación de sus miembros se hará pública en el BOP así como en el tablón de edictos de la Corporación.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

El Tribunal tendrá la categoría cuarta a efectos de la

percepción de asistencias.

6. Ejercicios de la oposición.

Primer ejercicio (obligatorio y eliminatorio).

Este ejercicio consistirá en contestar por escrito, en un periodo máximo de una hora, un test de preguntas con respuesta alternativa referidas al programa anejo a la convocatoria.

Segundo ejercicio (obligatorio y eliminatorio).

Constará de dos partes:

La primera consistirá en desarrollar, por escrito, durante un plazo máximo de sesenta minutos, un tema señalado por el Tribunal. Se valorarán los conocimientos del tema, el nivel de formación general, la composición gramatical y la claridad de exposición.

La segunda consistirá en resolver dos problemas de cálculo.

Tercer ejercicio (obligatorio y eliminatorio).

Consistirá en la realización práctica con manejo de máquina informática de la transcripción literal de un texto

suministrado por el Tribunal realizado en un editor de texto (Wordperfect versión 5.1 o Word97).

En este ejercicio se valorarán especialmente los conocimientos en procesador de textos. La duración de la prueba se

establecerá a criterio del Tribunal.

7. Comienzo y desarrollo de la oposición.

Para determinar el orden en que habrán de actuar los

opositores, se verificará un sorteo, cuyo resultado, se hará público en el BOP, y en el tablón de edictos de la Corporación.

Los ejercicios de la oposición no podrán comenzar hasta transcurridos dos meses desde la fecha en que aparezca

publicado el anuncio de la convocatoria en el BOE. Con quince días al menos antes de comenzar el primer ejercicio, se anunciará en el BOP el día, hora y local en que habrá de tener lugar. La convocatoria de los demás ejercicios, se efectuará en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

8. Calificación.

Los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, serán de 0 a 10. El segundo ejercicio se puntuará cada parte individualmente de

0 a 10 y se obtendrá la media aritmética de las dos

puntuaciones.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.

9. Relación de aprobados, presentación de documentos y

nombramientos.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de personas aprobadas, no pudiendo rebasar el número de plazas convocadas y la elevará a la Presidencia de la Corporación para que se formule la

correspondiente propuesta de nombramiento.

El opositor propuesto presentará en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la oposición se exigen en la Base segunda y que son:

Certificación de Nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.

Copia autentificada o fotocopia compulsada del Título de Graduado Escolar o equivalente, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio en la función.

Declaración jurada de no haber sido separado mediante

expediente disciplinario de la Administración del Estado, Autonómica o Local, y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Quienes tuvieren la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público de que dependan,

acreditando su condición y cuantas circunstancias constan en su hoja de servicios.

Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad de la instancia solicitando tomar parte en la oposición. Los opositores nombrados deberán tomar posesión en el plazo de quince días naturales a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento; si no toman posesión en el plazo señalado sin causa justificada quedarán en la situación de cesantes.

10. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas bases.

11. Impugnación.

Las bases, la convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992 de RJAP y PAC.

12. Legislación aplicable.

Para lo no previsto en las presentes bases será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido; R.D. 896/1991, R.D. 364/1995 y demás Legislación aplicable.

PROGRAMA

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Significado y estructura. Principios Generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

Tema 2. La Organización del Estado en la Constitución.

La Corona. Las atribuciones del Rey. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.

Tema 3. La Organización Territorial del Estado en la

Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

Tema 4. La Organización de la Administración Pública en el Ordenamiento español. La Administración del Estado.

La Organización Ministerial. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Las Comisiones Delegadas del Gobierno. Los Ministros.

Tema 5. Estudio de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Competencias. El Estatuto de Autonomía:

Procedimiento de elaboración, contenido y valor normativo. El Sistema Institucional.

Tema 6. Principios de actuación de la Administración Pública: Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

Tema 7. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.

Tema 8. El acto administrativo. Principios generales del procedimiento administrativo. Fases del procedimiento

administrativo general.

Tema 9. El dominio público. El patrimonio privado de la Administración.

Tema 10. La responsabilidad de la Administración.

Tema 11. La Administración Local. Concepto. Entidades que comprende. El Régimen Local Español. Regulación Jurídica.

Tema 12. La Provincia en el Régimen Local. Organización Provincial. Competencias. El Presidente de la Diputación Provincial. Los Vicepresidentes. El Pleno de la Diputación. La Comisión de Gobierno. Comisiones informativas.

Tema 13. El Municipio:

Su concepto. Elementos. Organización Municipal. Competencias. El Alcalde:

Elección, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno.

Tema 14. La Función Local y su organización.

Tema 15. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Derecho de sindicación. Seguridad Social de los Funcionarios.

Tema 16. Los bienes de las Entidades Locales.

Tema 17. Los contratos administrativos en la esfera Local.

Tema 18. Haciendas Locales:

Clasificación de los ingresos. Los Presupuestos Locales.

Tema 19. Concepto de documento. Registro de documentos. Archivo. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 20. Concepto de informática. Desarrollo histórico. La información y el ordenador electrónico. Nociones sobre microordenadores. Elementos físicos. Periféricos. Sistemas operativos. Programas de aplicación.

Tema 21. La automatización de oficinas. Concepto y

aplicaciones. Sistemas físicos y lógicos. Archivo y Agenda Electrónica.

Tema 22. Sistemas de Tratamiento de textos, WP 5.1, Word97, etc.

Tema 23. Hojas de Cálculo. Gráficos de oficina. Bases de Datos.

Tema 24. Redes de área local. Conceptos. Gestión y

Distribución. Tipologías. Internet:

Características y servicios.

Las Gabias, 18 de Enero de 2000.El Secretario, José García Mesas. El Alcalde, Francisco Javier Aragón Ariza.