Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 06/05/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 28 de marzo de 2000, por la que se da publicidad a la prórroga de delegación de competencias urbanísticas en determinados Ayuntamientos, de acuerdo con el Decreto que se cita.

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Mediante Resoluciones del Consejero de Obras Públicas y Transportes fueron delegadas a los Ayuntamientos que se citan en el Anexo de la presente Orden las competencias urbanísticas enumeradas en el art. 22 del Decreto 77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.

El Pleno de los citados Ayuntamientos, en las sesiones celebradas en las fechas que se expresan en el Anexo de la presente Orden, acordaron solicitar la prórroga de la citada delegación de competencias. Con fecha 28 de marzo de 2000 se han dictado las Resoluciones sobre las expresadas solicitudes.

Según dispone el artículo 13.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las delegaciones de competencias habrán de publicarse, en este caso, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En base a lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el apartado segundo del artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Regimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar, de forma conjunta, los elementos comunes de las Resoluciones, recogiéndose en el Anexo de la presente Orden los aspectos individuales de cada Resolución.

En virtud de la competencia que me atribuye el artículo 20.2 del Decreto 77/1994, de 5 de abril, y de conformidad con lo establecido en la Ley 3/1983, de 1 de junio, de Organización Territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la Ley

7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

ACUERDO

Primero. Prorrogar la delegación en los Ayuntamientos relacionados en el Anexo de la presente Orden de las competencias en materia urbanística enumeradas en el art. 22 del Decreto 77/1994, de 5 de abril, en las mismas condiciones de ejercicio establecidas en las Resoluciones reseñadas en el citado Anexo y para un nuevo plazo de cinco años, sin perjuicio de lo establecido en el art. 21 del Decreto 77/1994.

Segundo. La efectividad de esta delegación requerirá, según lo dispuesto en los artículos 22.2.g) y 27.3 de la Ley 7/1985, reguladora de Bases del Régimen Local, su aceptación por el Pleno de esa Corporacion.

Tercero. La presente Resolución se aplicará con carácter retroactivo a los procedimientos que, iniciados durante la vigencia de la anterior Resolución, se encuentren actualmente en tramitación, si bien sólo podra dictarse Resolución municipal en el ejercicio de las competencias delegadas una vez sea aceptada la delegación que ahora se prorroga.

Notifíquese la presente Resolucion, y publíquese en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento, advirtiendo que, contra la misma, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Consejero de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la presente Resolucion, de conformidad con los arts. 116.1 y

117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el supuesto de que opte por no interponer recurso de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación de esta

Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdiccion Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 de marzo de 2000

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

en funciones

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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