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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento, en sus propios términos, el fallo de la sentencia dictada, con fecha 18 de octubre de 1999, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada en el recurso contencioso-administrativo núm. 4853/1995, promovido por Transportes Rober, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil «Transportes Rober, S.A.¯, contra la Resolución de 1 de septiembre de 1995, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social (Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales) de la Junta de Andalucía, por la que se desestima el recurso ordinario deducido frente a la Resolución dictada por el Delegado Provincial en Granada de dicha Consejería, confirmando el acta de infracción ST-609/94, por la que se impone a la actora una sanción de 500.000 ptas., Resolución sancionadora que anulamos por entenderla no conforme a Derecho; sin imposición en costas.
Sevilla, 10 de abril de 2000.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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