Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 15/06/2000

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Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 4 de abril de 2000, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se ordena a la empresa Aridos y Transportes Beltrán, SL, la paralización inmediata de la actividad extractiva y planta de clasificación de áridos ilegales, en paraje Moriana, del término municipal de Rociana del Condado.

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Habiéndose intentado notificar por el Servicio de Correos el siguiente acto administrativo a la empresa Aridos y Transportes Beltrán, S.L., con domicilio en el Polígono San Jorge, Parcela 92, de Palos de la Frontera, y no pudiéndose practicar, se hace por medio del presente anuncio, al venir así establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley/1999, de 13 de enero, que a continuación se indica:

RESOLUCION DEL ILMO. SR. DELEGADO PROVINCIAL SOBRE PARALIZACION INMEDIATA DE ACTIVIDAD EXTRACTIVA ILEGAL EN EL PARAJE «MORIANA¯, DEL TERMINO MUNICIPAL DE ROCIANA DEL CONDADO, REALIZADA POR ARIDOS Y TRANSPORTES BELTRAN, S.L., CON DOMICILIO EN POLIGONO SAN JORGE, PARCELA 92, DE PALOS DE LA FRONTERA

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por parte de los servicios técnicos del Departamento de Minas de esta Delegación Provincial se ha comprobado la existencia de una extracción de arenas, en el paraje «Moriana¯, del término municipal de Rociana del Condado, recurso comprendido dentro de los clasificado como Sección A) en la Ley

22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE núm. 176, del día 24). Asimismo, se encuentra instalada una pequeña planta de clasificación de áridos también ilegal.

Segundo. Que, consultados los archivos del Departamento de Minas, no consta que disponga de la autorización, correspondiente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 19 de la Ley de Minas establece que cualquier Aprovechamiento de recursos de la Sección A), para el que no se haya obtenido la necesaria autorización, dará lugar, con independencia a las sanciones que procedan, a que la autoridad competente ordene la inmediata paralización de los trabajos.

Segundo. La competencia para conocer y resolver viene atribuida a esta Delegación Provincial como consecuencia de la aplicación del R.D. 4164/82, de 29 de diciembre (BOE núm. 62, de 15 de marzo siguiente), sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas.

Vistos los textos legales citados, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, y demás disposiciones legales de general y especial aplicación, esta Delegación Provincial

R E S U E L V E

Ordenar la inmediata paralización de la citada extracción a la entidad Aridos y Transportes Beltrán, S.L., la cual se mantendrá en tanto no haya sido legalizada la situación, iniciándose el correspondiente expediente sancionador.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el

Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes, contado a partir de día siguiente al de esta notificación, recurso que se puede presentar por conducto de esta Delegación Provincial, de conformidad con lo establecido el art. 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley/1999.

Huelva, 4 de abril de 2000.- El Delegado, Manuel

Alfonso Jiménez.

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