Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 06/07/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 19 de junio de 2000, de la Secretaría General para la Administración Pública, de concesión de las subvenciones objeto de la Orden que se cita, en el ámbito del personal vinculado administrativa o estatutariamente a la Administración de la Junta de Andalucía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Orden de 17 de julio de 1997 de la Consejería de Gobernación y Justicia, publicada en el BOJA núm. 91, de 7 de agosto, y la Orden de 19 de enero de 1998, publicada en BOJA núm. 15, de 7 de febrero, regulan la concesión de subvenciones a las Organizaciones Sindicales para financiar su acción sindical en los ámbitos del personal laboral y personal vinculado administrativa o estatutariamente a la Administración de la Junta de Andalucía.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, procede su Resolución, una vez examinada la documentación presentada por cada una de las Organizaciones Sindicales y comprobadas las cuantías que les corresponden, en función de lo establecido en el artículo 5 de la citada Orden de 17 de julio.

En su virtud, esta Secretaría General para la Administración Pública, y en uso de la competencia delegada que tiene atribuida por su Disposición Adicional Unica,

R E S U E L V E

Primero. Conceder la subvención anual a las Organizaciones Sindicales por la cuantía que a continuación se indica y respecto del ámbito del personal vinculado administrativa o estatutariamente a la Administración de la Junta de Andalucía, con la siguiente distribución:

Organización beneficiaria: CSI-CSIF.

Importe total: 23.232.775 ptas.

2000: 17.424.581 ptas.

2001: 5.808.194 ptas.

Organización beneficiaria: CC.OO.

Importe total: 23.050.901 ptas.

2000: 17.288.176 ptas.

2001: 5.762.725 ptas.

Organización beneficiaria: UGT.

Importe total: 21.656.532 ptas.

2000: 16.242.399 ptas.

2001: 5.414.133 ptas.

Organización beneficiaria: CEMSATSE.

Importe total: 11.551.733 ptas.

2000: 8.663.800 ptas.

2001: 2.887.933 ptas.

Organización beneficiaria: ANPE.

Importe total: 3.917.446 ptas.

2000: 2.938.084 ptas.

2001: 979.362 ptas.

Organización beneficiaria: STES-USTEA.

Importe total: 3.705.260 ptas.

2000: 2.778.945 ptas.

2001 926.315 ptas.

Organización beneficiaria: CGT.

Importe total: 1.697.492 ptas.

2000: 1.273.119 ptas.

2001: 424.373 ptas.

Organización beneficiaria: SAE.

Importe total: 1.424.681 ptas.

2000: 1.068.511 ptas.

2001: 356.170 ptas.

Organización beneficiaria: ASTISA.

Importe total: 757.809 ptas.

2000: 568.357 ptas.

2001: 189.452 ptas.

Organización beneficiaria: SPAS.

Importe total: 545.622 ptas.

2000: 409.216 ptas.

2001: 136.406 ptas.

Organización beneficiaria: FATE.

Importe total: 212.187 ptas.

2000: 159.140 ptas.

2001: 53.047 ptas.

Organización beneficiaria: USO.

Importe total: 151.562 ptas.

2000: 113.672 ptas.

2001: 37.890 ptas.

Segundo. Conforme a lo indicado en el artículo 7 de la Orden de

17 de julio de 1997, la subvención tendrá la consideración de gasto plurianual ajustado a los requisitos previstos en los artículos 3.º y 4.º del Decreto 44/1993, de 20 de abril, es decir, se hará efectiva en dos anualidades de forma que el 75% del total se liquidará con cargo al ejercicio de 2000 y el 25% restante al de 2001.

Tercero. Las cantidades correspondientes a cada subvención se imputarán a la aplicación presupuestaria 01.10.

00.01.00.482.00.1.3.A.O. «Ayudas a Organizaciones Sindicales¯ de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio de 2000.

Cuarto. La finalidad de la subvención es la financiación de los gastos corrientes de las organizaciones sindicales

beneficiarias que se enumeran en el artículo 4 de la Orden de

17 de julio de 1997.

Quinto. La documentación a que se refiere el artículo 8 de la citada Orden de 17 de julio de 1997, acreditativa de la aplicación dada por las Organizaciones Sindicales a las cuantías otorgadas, se remitirán a la Secretaría General para la Administración Pública, en el plazo de tres meses, contados a partir de la fecha en que se efectúe cada uno de los pagos.

Sexto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOJA, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 19 de junio de 2000.- La Secretaria General,

Presentación Fernández Morales.

Descargar PDF