Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 12/08/2000

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 10 de julio de 2000, por la que se declaran aptos en la Fase de Prácticas a los Maestros seleccionados en el concurso-oposición convocado por Orden de 7 de abril de 1999 y por la que se aprueba el correspondiente expediente.

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En cumplimiento de lo establecido en la Base XII de la Orden de 7 de abril de 1999 (BOJA del 8), por la que se convoca concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Maestros, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Declarar aptos en la Fase de Prácticas, regulada por Orden de 28 de octubre de 1999, a los Maestros relacionados en el Anexo I de la presente Orden.

Segundo. Declarar en situación de aplazamiento legal, para la realización de la Fase de Prácticas a los Maestros relacionados en el Anexo II, de conformidad con el apartado 12.2 de la citada Orden de 7 de abril de 1999.

Tercero. Declarar «no aptos¯ en la Fase de Prácticas, de acuerdo con la evaluación de la Comisión Calificadora correspondiente a los Maestros que figuran en el Anexo III.

De conformidad con el apartado 12.5 de la Orden de 7 de abril de 1999, y en las condiciones que en el mismo se establecen, podrán incorporarse con los seleccionados de la siguiente promoción para repetir, por una sola vez, la Fase de Prácticas. En este caso, ocuparán el lugar siguiente al del último seleccionado en su especialidad de la promoción a la que se incorporen.

Cuarto. Anular todas las actuaciones de los Maestros que figuran en el Anexo IV, como consecuencia de su renuncia a los derechos que pudieran derivarse de la selección en el concurso- oposición.

Quinto. Publicar la relación de Maestros que han obtenido la calificación de «aptos¯ en el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades, que figuran en el Anexo V.

Sexto. Aprobar el expediente del concurso-oposición, convocado por la precitada Orden de 7 de abril de 1999, y proponer al Ministerio de Educación Cultura y Deportes el nombramiento como funcionarios de carrera de los Maestros que figuran en el Anexo I de la presente Orden, así como la expedición de los correspondientes títulos de funcionarios de carrera.

Séptimo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo competente, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 107, 109, 110, 116 y

117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 10 de julio de 2000

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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