Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 15/09/2001

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 7 de septiembre de 2001, por la que se hacen públicas las listas de aspirantes seleccionados/as en los procedimientos selectivos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros y se les nombra funcionarios en prácticas, y relación de funcionarios del Cuerpo de Maestros que han adquirido nuevas especialidades.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Realizados los trámites de selección previstos en las bases VIII y XX de la Orden de 9 de abril de 2001 (BOJA del 21), procede la publicación de los/las aspirantes seleccionados/as ordenados/as por la puntuación global obtenida. A tales efectos, conviene recordar que para la modalidad de ingreso a la Función Pública Docente, el modelo selectivo exige la superación de todas las pruebas de la fase de oposición con puntuaciones de cinco o más puntos; no obstante, el sistema previsto de ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso obliga a que la ordenación de los/las seleccionados/as se realice a partir de los valores ponderados que en algunos casos pueden ser inferiores a cinco puntos, y que nunca se deben identificar con las calificaciones obtenidas en las distintas pruebas de la fase de oposición.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en la base XI de la precitada Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 9 de abril de 2001, por la que se efectúa convocatoria de Procedimientos Selectivos para el ingreso y la adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Maestros.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

1. Hacer pública, por especialidades, la lista de aspirantes que han superado los procedimientos selectivos, con indicación de la puntuación global obtenida, según Anexo I de la presente Orden.

2. Nombrar, con carácter provisional, como funcionarios/as en prácticas hasta su nombramiento como funcionarios/as de carrera, los/las aspirantes que figuran en el Anexo I a la presente Orden.

Los/las maestros/as referidos/as, realizarán la fase de prácticas en los destinos provisionales que a tal efecto les han sido adjudicados.

3. Quedarán anuladas las actuaciones de quienes, dentro del plazo fijado en la base X de la citada Orden de 9 de abril de

2001, no hubieran presentado la documentación indicada o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no pudiendo ser nombrados/as funcionarios/as en prácticas, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

Quienes necesiten aplazamiento de incorporación a la fase de prácticas por encontrarse cumpliendo el servicio militar o prestación social sustitutoria, por gestación o por otras causas debidamente justificadas y apreciadas por la Consejería de Educación y Ciencia, deberán solicitarlo mediante escrito dirigido a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

4. Los/las maestros/as relacionados/as en el Anexo I quedan obligados a participar en los sucesivos Concursos de Traslados para la obtención de destino definitivo, conforme se establece en el apartado 13.2 de la Orden de 9 de abril de 2001.

5. Quienes no se incorporen al destino provisional adjudicado en el plazo de cinco días a partir de la publicación de los mismos, se entenderá que renuncian al procedimiento selectivo, salvo que se les hubiese concedido el aplazamiento de dicha fase de prácticas y con excepción de los supuestos de fuerza mayor, debidamente acreditados.

6. Aquellos/as aspirantes que hayan superado los procedimientos selectivos por la citada Orden de 9 de abril y por la correspondiente a otra u otras Administraciones Educativas deberán, en el plazo de diez días naturales contados a partir de la publicación de esta Orden, optar por una de ellas mediante instancia dirigida a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, renunciando a todos los derechos que pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer

nombramiento como funcionario/a en prácticas se entenderá como renuncia tácita a las restantes.

7. Hacer pública la lista de los/las funcionarios/as que han adquirido la nueva especialidad por el procedimiento

establecido en la base XX de la Orden de 9 de abril de 2001, según el Anexo II de la presente Orden.

8. Los/las maestros/as relacionados/as, en el Anexo II de la presente Orden, podrán acceder a las plazas correspondientes a la nueva especialidad a través del Concurso General de

Traslados, de conformidad con el apartado 21.4 de la Orden de 9 de abril de 2001. La especialidad obtenida se les certificará de oficio.

9. Quedarán anuladas las actuaciones de aquellos funcionarios que, tras el examen de su documentación, se dedujera que carecen de los requisitos de la base XV de la precitada Orden de 9 de abril.

10. Facultar a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos para adoptar cuantas medidas e instrucciones sean necesarias para el desarrollo de esta Orden.

11. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo competente, o la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según corresponda conforme a lo establecido en los artículos

8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o,

potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 107, 109, 110, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 7 de septiembre de 2001

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

Descargar PDF