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Doña María Angeles Cano Soler, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Aracena y su Partido, hago saber: Que en este Juzgado se siguen Ejecutoria Penal núm.
24/01 dimanante de Juicio de Faltas núm. 122/00 por una falta tipificada en el artículo 636 del C.P. de la que resultó condenado don Mario Augusto Seita Monge (X-1725923-A), en sentencia hoy firme, habiéndose dictado providencia por la que se acuerda el embargo de cuenta corriente núm. 2100-2697-95-
0110073422 que posee el Sr. Seita Monge en La Caixa, S. Moguer, y siendo el actual paradero del condenado desconocido por el presente se le notifica el embargo trabado al condenado don Mario Augusto Seita Monge.
Dado en Aracena, a diecisiete de agosto de dos mil uno.La Jueza. El Secretario.
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