Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 27/09/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

DECRETO 181/2001, de 24 de julio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el antiguo Convento de San Francisco de Morón de la Frontera (Sevilla).

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I. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico y el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley «los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico¯.

Así mismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración y competiendo, según el artículo 1.1 del citado Reglamento, a este último dicha declaración.

II. El antiguo convento de San Francisco de Morón de la Frontera (Sevilla), importante para la historia de la localidad en los variados usos que ha tenido (además de convento, cuartel, escuela, casa de vecinos y actualmente iglesia parroquial y centro hospitalario), es un inmueble con valores arquitectónicos y artísticos. Levantado en el siglo XVI siguiendo el nuevo estilo renacentista, evidencia, por ejemplo en sus yeserías de distintos estilos y cronologías, las remodelaciones históricas que ha tenido.

III. La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, por Resolución de 8 de marzo de 1982 (publicada en el BOE de 21 de abril de 1982) incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor del Convento de San Francisco, en Morón de la Frontera (Sevilla), según la Ley de

13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del Patrimonio Artístico Nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha Ley, en el Decreto de 16 de abril de 1936 por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Tesoro Artístico Nacional, así como en el Decreto de 22 de julio de 1958 por el que se crea la categoría de monumentos provinciales y locales, en función de lo preceptuado en la Disposición Transitoria Sexta Primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

En la tramitación del expediente se han observado las determinaciones prevenidas en el artículo 9.2 de la Ley

16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, cumpliéndose adecuadamente los trámites preceptivos de información pública (publicada en el BOJA núm. 77, de 6 de julio de 1999) y de audiencia al Ayuntamiento y particulares interesados (publicada en el BOJA núm. 40, de 4 de abril de

2000, expuesta en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Morón de la Frontera).

Emitieron informe favorable a la declaración la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y la Real Academia de la Historia, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 14 de la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del Patrimonio Histórico-Artístico Nacional, así como en el artículo 84 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de junio de 1958.

Así mismo, conforme al Decreto de 22 de julio de 1958 y los artículos 81 y 93 de la Ley de Procedimiento Administrativo de

17 de julio de 1958, artículos 11.2, 18 y Disposición

Transitoria Sexta Primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, se realizó la delimitación del entorno, atendiendo a las relaciones que el inmueble mantiene con el lugar en que se ubica.

Terminada la instrucción del expediente, según lo previsto en el artículo 14.2 del último texto legal citado, procede la declaración de Bien de Interés Cultural de dicho inmueble, con la categoría de Monumento, así como, y de conformidad con lo prevenido en la Disposición Transitoria Primera de la Ley

1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación con el artículo 8 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, la inclusión del mismo en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 6, 9.1 y 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico Andaluz, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de julio de 2001,

A C U E R D A

Primero. Declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el Antiguo Convento de San Francisco de Morón de la Frontera (Sevilla), cuya descripción figura en el Anexo a la presente disposición.

Segundo. Delimitar un entorno o espacio en el cual las

alteraciones pudieran afectar a los valores propios del bien, a su contemplación, apreciación o estudio. Dicho entorno afectado por la declaración de Bien de Interés Cultural abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, inmuebles y elementos urbanos comprendidos dentro de la delimitación que figura en el Anexo y, gráficamente, en el «Plano de

delimitación del B.I.C. y su entorno¯.

Tercero. Conceder la consideración de Bienes de Interés Cultural, por constituir parte esencial de la historia del edificio, a los bienes muebles que se describen en el Anexo a la presente Disposición.

Cuarto. Inscribir este Bien declarado de Interés Cultural, junto con sus bienes muebles y entorno, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme al artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de julio de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN CALVO POYATO

Consejera de Cultura

A N E X O

I. DESCRIPCION

El convento franciscano del Santísimo Corpus Christi de Morón de la Frontera (Sevilla) fue establecido en 1541 por don Juan Téllez Girón, IV Conde de Ureña y I Duque de Osuna, responsable de numerosas fundaciones en sus territorios.

Originariamente se situaba en las afueras del casco urbano, en una zona elevada, aunque con la expansión de la población, se convirtió en elemento aglutinante del barrio que preside.

En el exterior, el mayor interés reside en la portada de la iglesia, de mediados del siglo XVI, labrada en piedra caliza, que presenta vano de medio punto enmarcado por pilastras cajeadas. Sobre él corre un entablamento con inscripción inmaculadista y sobre éste un frontón triangular con flameros en los vértices y en cuyo tímpano está tallado un escudo del convento del que se despliegan filacterias de líneas

fuertemente onduladas.

El templo posee una sola nave dividida en siete tramos. En los dos más próximos a la entrada se levanta el coro sobre doble arquería de tres arcos que descansan en el centro en columnas toscanas. El sotocoro se decora con yeserías de motivos geométricos manieristas (cartabones, puntas de diamante...).

Los tramos de la nave se dividen por pilastras toscanas pareadas que soportan un entablamento con casetones y

dentellones, desde el que arranca una bóveda de medio cañón con fajones y lunetos ciegos con decoración manierista de tipo geométrico.

Las capillas se adosaron con posterioridad a la construcción de la iglesia en el lado del Evangelio. La más cercana al

presbiterio es la Capilla Sacramental a la que se accede por una reja de hierro forjado en la que figuran dos ángeles custodiando un cáliz con la Sagrada Forma y una inscripción alusiva a los promotores de su reedificación, concluida en

1731. En el interior, la cúpula se recubre de una profusa decoración vegetal muy carnosa.

La siguiente capilla se cubre también por cúpula sobre pechinas ornamentadas con yeserías de tipo vegetal de notable volumen que incluyen cartelas con símbolos pasionarios, querubines, etc. En esta capilla hay un retablo de estípites labrado en el muro y policromado.

La capilla contigua se destina actualmente a almacén y presenta en la bóveda semiesférica pinturas con tarjas que enmarcan figuras de ángeles que portan símbolos de la orden franciscana.

En el lado de la Epístola se abre el claustro rodeado de galerías de arcos de medio punto sobre columnas toscanas que se levantan sobre un zócalo corrido.

II. BIENES MUEBLES

1. Denominación: Retablo mayor. Materia: Madera. Técnica: Ensamblado, tallado. Dimensiones: 8,70 m de ancho. Autor: Anónimo. Cronología: 1766-1779. Ubicación: Presbiterio.

2. Denominación: Retablo de la Capilla del Sagrario. Materia: Madera, pigmentos, pan de oro. Técnica: Ensamblado, tallado, dorado, policromado. Dimensiones: 5,40 m de ancho. Autor: Anónimo. Cronología: 1731. Ubicación: Capilla del Sagrario.

Elementos integrantes del Retablo de la Capilla del Sagrario:

2.1. Denominación: Santa Clara. Materia: Madera, pigmentos, pan de oro. Técnica: Tallado, dorado, policromado. Dimensiones:

1,10 m de alto. Autor: Anónimo. Cronología: 1731. Ubicación: Hornacina lateral del primer cuerpo, calle de la Epístola.

2.2. Denominación: San Francisco. Materia: Madera, pigmentos, pan de oro. Técnica: Tallado, dorado, policromado. Dimensiones:

1,10 m de alto. Autor: Anónimo. Cronología: 1731. Ubicación: Hornacina lateral del primer cuerpo, calle del Evangelio.

2.3. Denominación: Relieve de la Coronación de la Virgen. Materia: Madera, pigmentos, pan de oro. Técnica: Tallado, dorado, policromado. Dimensiones: 1,05 m de ancho. Autor: Anónimo. Cronología: 1731. Ubicación: Atico, hornacina central.

3. Denominación: Cristo orante arrodillado. Materia: Madera, pigmentos. Técnica: Tallado, policromado. Dimensiones: 1,23 cm (alto). Autor: Luis de la Peña. Cronología: 1622.

4. Denominación: Virgen con el Niño («Virgen de las Aguas¯). Materia: Madera, pigmentos. Técnica: Tallado, policromado. Dimensiones: 1,32 cm (alto). Autor: Luis de la Peña.

Cronología: 1618.

5. Denominación: Grupo escultórico de Santa Ana y la Virgen. Materia: Madera, pigmentos. Técnica: Tallado, policromado. Dimensiones: Imagen de Santa Ana: 1,10 cm (alto); imagen de la Virgen: 0,80 cm (alto). Autor: Anónimo. Cronología: Finales del siglo XVII.

6. Denominación: Crucificado. Materia: Madera, pigmentos. Técnica: Tallado, policromado. Dimensiones: 1,70 cm (alto). Autor: Baltasar López. Cronología: 1592.

7. Denominación: Las lágrimas de San Pedro. Materia:

Pigmentos al aceite, lienzo. Técnica: Oleo sobre lienzo. Dimensiones: 1,39 x 1,02 cm. Autor: Copia de José de Ribera. Cronología: Siglo XVII. Ubicación: Sotocoro.

III. DELIMITACION DEL ENTORNO

El entorno de protección del Antiguo Convento de San

Francisco de Morón de la Frontera (Sevilla) comprende los espacios privados y públicos que a continuación se enumeran y que se definen gráficamente en el «Plano de delimitación del B.I.C. y su entorno¯.

La delimitación del entorno se ha hecho siguiendo los límites de las parcelas catastrales completas incluyéndose aquéllas que mantienen contacto físico con el inmueble objeto de la

declaración de B.I.C. o áreas de la misma parcela en la que se ubica éste que no deben ser consideradas partes integrantes del mismo. Se incluyen también parcelas que conforman el trazado urbano en el que se ubica el B.I.C. y que mantienen, por tanto, una doble relación física e histórica con el monumento (que debe entenderse como agente importante en la configuración de la trama urbana) y, por último, parcelas que presentan una relación visual con el monumento.

ESPACIOS PRIVADOS:

Manzana 22092:

Parcela 01, C/ San Francisco, núm. 37.

Manzana 21081:

Parcela 08, Plaza de San Francisco, s/n.

Parcela 07, Plaza de San Francisco, núm. 1.

Parcela 06, Plaza de San Francisco, núm. 2.

Parcela 05, Plaza de San Francisco, núm. 3.

Parcela 04, Plaza de San Francisco, núm. 4.

Parcela 03, Plaza de San Francisco, núm. 5.

Parcela 02, Plaza de San Francisco, núm. 6.

Parcela 01, Plaza de San Francisco, núm. 7.

Parcela 51, C/ Guadiana, núm. 1.

Parcela 50, C/ Guadiana, núm. 3.

Manzana 20080:

Parcela 21, C/ Antonio Garrocho Martínez, núm. 1.

Manzana 19082:

Parcela 32, C/ Diego Bermúdez Rodríguez, núm. 64.

Parcela 31, C/ Diego Bermúdez Rodríguez, núm. 62.

Parcela 30, C/ Diego Bermúdez Rodríguez, núm. 60.

Parcela 29, C/ Diego Bermúdez Rodríguez, núm. 58.

Parcela 28, C/ Diego Bermúdez Rodríguez, núm. 56.

Parcela 27, C/ Diego Bermúdez Rodríguez, núm. 54.

Parcela 26, C/ Diego Bermúdez Rodríguez, núm. 52.

Parcela 25, C/ Diego Bermúdez Rodríguez, núm. 50.

Parcela 24, C/ Diego Bermúdez Rodríguez, núm. 48.

Parcela 23, C/ Diego Bermúdez Rodríguez, núm. 46.

Manzana 19098:

Parcela 23, C/ Humanes, núm. 44.

Parcela 22, C/ Humanes, núm. 42.

Parcela 21, C/ Humanes, núm. 40.

Parcela 20, C/ Humanes, núm. 38.

Parcela 19, C/ Humanes, núm. 36.

Manzana 20092:

Parcela 62, resto de la superficie no considerada como parte integrante del B.I.C., según se expresa gráficamente en el «Plano de delimitación del B.I.C.¯.

Parcela 63, resto de la superficie no considerada como parte integrante del B.I.C., según se expresa gráficamente en el «Plano de delimitación del B.I.C.¯.

ESPACIOS PUBLICOS:

Plaza de San Francisco.

C/ San Francisco.

C/ Reyes Benítez.

C/ Humanes.

C/ Diego Bermúdez Rodríguez.

C/ Antonio Garrocho Martínez.

C/ Guadiana.

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