Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 27/10/2001

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE SANTAELLA

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por el presente se hace pública la Convocatoria para cubrir en propiedad las plazas de personal laboral, vacantes en la plantilla de personal de la Corporación Municipal de Santaella, aprobada en sesión plenaria celebrada el día 28 de diciembre de 2000.

BASES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE LAS PLAZAS DE PERSONAL LABORAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO DE SANTAELLA, CORRESPONDIENTES A LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DE 2000

1. Normas generales.

1.1. Esta convocatoria tiene por objeto la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición libre, de las siguientes plazas, vacantes en la plantilla de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Santaella, incluidas en la Oferta de Empleo Público del año 2000.

Puestos de trabajo Núm. de plazas vacantes

Oficial 2.ª Electricista 1 Oficial Jardinero 1 Peón Jardinero 1 Peón Servicios Múltiples 4 Limpiadora Edificios Públicos 6 (tiempo parcial)

Dichas plazas están dotadas con las retribuciones correspondientes conforme al Convenio Colectivo de este Ayuntamiento y en base a los respectivos puestos de trabajo.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley 30/1984, de 2 de agosto; R.A.L. 781/1986, de 17 de abril; R.D. 896/1991, de 7 de junio, las bases de la presente convocatoria y el R.D.

364/1995, de 10 de marzo.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos y poder participar en el presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales, además de los especificados para cada uno en los anexos de cada Convocatoria.

a) Ser español/a o nacional de uno de los Estados miembros de la UE, o de aquéllos a los que sea de aplicación algún tratado internacional ratificado por España.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquélla en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título exigido para el ingreso en cada plazo o grupo de plazas, según se indica en los Anexos de las presentes bases, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones o Instituciones Públicas. No hallarse igualmente inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias de la plaza a que se opta.

f) No estar incurso en alguno de los casos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.

g) Aquellos otros que se establezcan en los anexos correspondientes.

2.2. Los requisitos que se exigen deberán poseerse el día de finalización del plazo de admisión de instancias.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se dirigirán al Presidente de la Corporación conforme al modelo oficial que se inserta como Anexo a estas bases, y se presentarán en el Registro de la Corporación o en la forma prevista en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.

3.2. A la solicitud, deberán unir los interesados los

siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) Justificante de haber ingresado los derechos de examen.

c) Los documentos originales o debidamente compulsados

acreditativos de los méritos que se aleguen por el aspirante en la solicitud.

3.3. Los derechos de examen se fijan en 2.000 ptas. que podrán ingresarlos en la Caja de la Corporación o bien en la cuenta de cualquiera de las oficinas de esta localidad a nombre de la Corporación, con indicación de la plaza a la que se opta.

3.4. Los aspirantes podrán presentar tantas solicitudes como plazas a las que deseen concurrir.

3.5. Los errores de hecho que pudieran contener las

solicitudes podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado. Si, así mismo, las instancias adolecieran de algún defecto, se requerirá al interesado para que subsane en el plazo de diez días, con apercibimiento de que si no lo hiciera se archivará su instancia y se excluirá de la lista de admitidos.

3.6. Si concurriese algún aspirante con alguna discapacidad, deberá hacerlo constar en la solicitud al objeto de que por el Tribunal pudieran adoptarse las medidas necesarias para garantizar la igualdad de oportunidades con los demás

solicitantes.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente dictará las respectivas Resoluciones en el plazo máximo de 1 mes, declarando aprobadas las listas de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de

exclusión.

Dichas Resoluciones se publicarán en el BOP.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días, contados desde el siguiente al de la publicación de la Resolución en el BOP, para subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanasen dicho defecto quedarán definitivamente excluidos de la

Convocatoria.

Si no se produjera alegación o reclamación alguna, la lista provisional se considerará definitiva.

En la misma Resolución se hará público el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, la composición del Tribunal y en su caso el orden de actuación de los aspirantes.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal estará constituido por los siguientes

miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue y su suplente.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, que actuará con voz y sin voto, y su suplente. Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía y su suplente, designados por la Delegación del Gobierno.

- Un representante del Comité de Empresa o personal al

servicio de la Corporación en quien delegue y su suplente.

- Un concejal de cada grupo político representado en la Corporación y su suplente.

Podrán actuar como observadores un representante de cada central sindical.

El Tribunal actuará válidamente cuando concurran al mismo el Presidente, el Secretario y al menos tres vocales.

Los miembros del Tribunal deberán poseer un nivel de

titulación igual o superior al exigido para el acceso a las plazas convocadas.

5.2. A los miembros del Tribunal les serán de aplicación las reglas contenidas en el art. 13 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo.

5.3. El Tribunal podrá disponer si incorpora en sus

deliberaciones a aquellos asesores que les puedan informar y asesorar.

6. Procedimiento de selección.

El sistema de selección será el de concurso-oposición.

A) FASE DE CONCURSO

Será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter

eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Consistirá la misma en valorar los méritos alegados por los aspirantes con arreglo al baremo que figura como Anexo a esta Convocatoria.

Las puntuaciones otorgadas se expondrán al público previamente al inicio de la fase de oposición.

B) FASE DE OPOSICION

Constará de 2 ejercicios:

B.1. Primer ejercicio, de carácter obligatorio y

eliminatorio para todos los aspirantes, consistirá en la realización de una prueba técnica con 40 preguntas y

respuestas alternativas del temario que figura Anexo a esta convocatoria, y a desarrollar en el tiempo máximo que

determine el Tribunal. Las respuestas erróneas restarán el 33% del valor de la pregunta.

B.2. Segundo ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes, consistirá en la realización de una prueba práctica relacionada con las tareas propias del puesto de trabajo, en el tiempo máximo que determine el Tribunal.

7. Desarrollo de las pruebas.

7.1. Los aspirantes serán convocados para cada prueba en llamamiento único. La no comparecencia de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamados implicará el automático decaimiento de su derecho a participar en el mismo y los sucesivos que se celebren, quedando por tanto excluido del proceso selectivo.

No obstante en caso de fuerza mayor, debidamente justificado y que así lo aprecie el Tribunal, se podrá examinar a los aspirantes siempre que no haya finalizado la prueba

correspondiente o, de haber finalizado, no se entorpezca el desarrollo de la convocatoria.

7.2. El orden de actuación de los aspirantes en aquellas pruebas que no se puedan realizar conjuntamente será el que determine el sorteo público que se realizará en este

Ayuntamiento para todas las pruebas que se convoquen para este año.

7.3. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante.

7.4. Una vez comenzados los ejercicios no será obligatorio publicar en el BOP los llamamientos sucesivos, sino que bastará anunciarlos en el tablón de anuncios de la Corporación y en el lugar donde se haya realizado el último.

8. Calificación de los ejercicios.

8.1. Las pruebas de la fase de oposición serán eliminatorias y se calificarán hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

8.2. La calificación para cada prueba y aspirante se

determinará por la media aritmética de todos los otorgados por los miembros del Tribunal, eliminándose las puntuaciones que se desvíen de aquella en ï 3 puntos.

8.3. Finalizada y calificada cada prueba, el Tribunal hará pública la relación de los aspirantes que hayan superado la misma, con indicación de las puntuaciones obtenidas.

8.4. La calificación final de los aspirantes vendrá

determinada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los ejercicios de la oposición y de la obtenida en la fase de concurso. En caso de empate, el orden preferencial se

establecerá teniendo en cuenta la mayor puntuación en los sucesivos ejercicios de la oposición.

9. Relación de aprobados.

9.1. Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han superado los ejercicios por orden de puntuación de cada prueba y el resultado final.

Los interesados podrán reclamar en el plazo de 3 días ante el Tribunal y éste resolverá en el mismo plazo la reclamación.

9.2. La relación definitiva conteniendo el opositor u

opositores aprobados se expondrá en el tablón de anuncios y será elevada al Presidente de la Corporación para que formule el correspondiente nombramiento. En dicha relación figurará el aprobado o aprobados por orden de puntuación en número igual al de plazas convocadas.

9.3. Con los aspirantes que hayan obtenido la puntuación mínima pero no hayan obtenido plaza se formará una bolsa de trabajo por orden de puntuación.

Dicha bolsa tendrá una duración mínima de 1 año y máxima de 5. Tendrá por objeto cubrir las posibles vacantes que puedan producirse, así como las necesidades urgentes de contratación.

10. Presentación de documentos y nombramiento.

10.1. El opositor u opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de 20 días naturales contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base 2 y los específicos para cada plaza.

10.2. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, el opositor no presentara la documentación o no

reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en los documentos aprobados.

En este caso se propondrá para su nombramiento a aquel

candidato que le siga por orden de puntuación y que, habiendo superado todos los ejercicios, no hubiese sido propuesto por no existir número suficiente de plazas a cubrir.

10.3. Una vez aprobada la propuesta por el Presidente de la Corporación, el opositor/es deberán tomar posesión en el plazo de 1 mes a contar desde el siguiente al que le sea notificado el nombramiento.

11. Disposiciones finales.

11.1. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de la convocatoria en todo lo no previsto en estas bases.

11.2. Contra la presente convocatoria podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en los plazos previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos legales oportunos.

Santaella, 8 de octubre de 2001.- El Alcalde.

ANEXO I

VALORACION DE MERITOS

Antigüedad: La puntuación máxima que se puede alcanzar en este apartado es de 4 puntos.

- Por cada año o fracción superior a 6 meses de experiencia por servicios prestados en el Ayuntamiento de Santaella en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado con la correspondiente certificación: 0,25 puntos.

- Por cada año o fracción superior a 6 meses de experiencia por servicios prestados en otras Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado con la correspondiente certificación: 0,25 puntos.

- Por cada año o fracción superior a 6 meses de servicios prestados en empresas privadas en plazo o puesto de igual o similar contenido al que se opta, debidamente acreditado: 0,15 puntos.

Formación: Por realización de cursos de formación o

perfeccionamiento, debidamente acreditados a juicio del Tribunal y relacionados con los conocimientos necesarios para el desempeño del puesto al que se opta, hasta un máximo de 4 puntos.

- Cursos de menos de 25 horas: 0,10 puntos.

- Cursos de 26 a 50 horas: 0,25 puntos.

- Cursos de 51 a 75 horas: 0,40 puntos.

- Cursos de 76 a 100 horas: 0,50 puntos.

- Cursos de más de 100 horas: 0,75 puntos.

Si no se justificara la duración del curso se valorará con la puntuación mínima.

Titulación: Por poseer titulación académica superior a la exigida en la convocatoria para el acceso a la categoría y grupo convocado, con un máximo de 2 puntos.

- Título Universitario Superior: 2 puntos.

- Título Universitario Medio: 1,5 puntos.

- Bachiller Superior, BUP, FPII o equivalente: 1 punto.

- Graduado escolar, FP I o equivalente: 0,5 puntos.

ANEXO II

Denominación de la Plaza: Oficial 2.ª electricista.

Vacantes: 1.

Carácter: Laboral fijo.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Categoría Oficial: 2.ª

Grupo: D.

Titulación: Graduado Escolar, FP I o equivalente.

Requisitos específicos: Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B-1.

T E M A R I O

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

generales, derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas.

Tema 3. El Municipio y la provincia: Organización y

competencias.

Tema 4. Montaje de los cables subterráneos. Condiciones generales de montaje de los cables subterráneos aislados con caucho butílico. Excavación de la zanja para cables. Tendido de los cables subterráneos.

Tema 5. Conceptos generales sobre los aisladores y herrajes. Generalidades. Materiales empleados en la fabricación de aisladores. Clasificación de los aisladores empleados en las líneas eléctricas aéreas.

Tema 6. Grupos electrógenos de socorro: Generalidades. Campo de aplicación. Máquinas motrices utilizadas para el

accionamiento de los grupos electrógenos. Servicio y

mantenimiento de los grupos electrógenos.

Tema 7. Tipos de lámparas: Lámparas de alumbrado general. Lámparas proyectoras y reflectoras. Lámpara de yodo y cuarzo. Lámparas infrarrojas. Lámparas fluorescentes: Características de funcionamiento y elementos que lo constituyen. Electrodos. Fósforo. Bulbos. Casquillos: Tipos de lámparas.

Tema 8. Sobretensiones. Protección de las líneas eléctricas contra las sobretensiones y las cargas atmosféricas.

Protección de las instalaciones contrapuestas a tierra. Efectos de la corriente eléctrica sobre el cuerpo humano. Auxilio a los accidentados por la electricidad.

Tema 9. Aplicación de la Reglamentación vigente a

instalaciones Interiores Receptoras: Ambito de aplicación. Prescripciones de carácter general. Conductores activos, conductores de protección. Reparto de cargas. Medidas de protección contra contactos directos e indirectos.

Canalizaciones.

Tema 10. Aplicaciones de la Reglamentación vigente a

instalaciones de alumbrado público. Modalidades. Capacidad. Conexión con las redes de distribución pública. Columnas y brazos de luminarias. Armaduras, luminarias.

Tema 11. Aplicación de la Reglamentación vigente de puestas a tierra. Definición. Partes que comprenden las puestas a tierra. Definición. Electrodos: Naturaleza, constitución, dimensiones y condiciones de instalación. Resistencia a la tierra, características y condiciones de instalación de las líneas de enlace con tierra, de las líneas principales de tierra y de sus derivaciones. Separación entre las tomas de tierra de las masas de las instalaciones de utilización y de las masas de un centro de transformación.

Tema 13. Aplicación de la Reglamentación vigente a redes subterráneas para distribución de energía eléctrica.

Intensidades admisibles en los conductores. Factores de corrección.

Tema 14. Aplicación de la Reglamentación vigente a suministros de Baja, Tensión, Previsión de cargas. Grado de

electrificación.

Tema 15. Instalaciones interiores de viviendas. Grado de electrificación. Número mínimo de circuitos. Clases de

electrificación. Puntos de utilización según el grado de electrificación.

Tema 16. La seguridad e higiene en el trabajo. Normas más importantes a tener en cuenta. Primeros auxilios.

ANEXO III

Denominación de la plaza: Jardinero.

Vacantes: 1.

Carácter: Laboral fijo.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Categoría: Operario.

Grupo: E.

Titulación: Certificado Escolaridad o equivalente.

Requisitos específicos: Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B-1.

T E M A R I O

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas.

Tema 3. El Municipio y la provincia: Organización y

competencias.

Tema 4. Los arbustos ornamentales en jardinería.

Tema 5. Las plantas más usadas en jardinería: Anuales,

perennes y caducas.

Tema 6. Los árboles. Estudio de los más usados en jardinería.

Tema 7. La poda.

Tema 8. Los céspedes.

Tema 9. Preparación del terreno para la plantación. Abonado.

Tema 10. Plantación. Apertura de hojas. Descripción de la plantación de árboles y arbustos.

Tema 11. Injertos: Definición, métodos, descripción de los más corrientes.

Tema 12. Herramientas y maquinaria empleada en jardinería.

Tema 13. Plagas y enfermedades de las plantas de jardín.

Tema 14. Medidas de seguridad e higiene en el trabajo.

ANEXO III (BIS)

Denominación de la plaza: Oficial Jardinero.

Vacantes: 1.

Carácter: Laboral fijo.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Categoría: Oficial 2.ª

Grupo: D.

Titulación: Graduado Escolar o equivalente.

Requisitos específicos: Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B-1.

T E M A R I O

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas.

Tema 3. El Municipio y la provincia: Organización y

competencias.

Tema 4. Los arbustos ornamentales en jardinería.

Tema 5. Las plantas más usadas en jardinería: anuales,

perennes y caducas.

Tema 6. Los árboles. Estudio de los más usados en jardinería.

Tema 7. La poda.

Tema 8. Los céspedes.

Tema 9. Preparación del terreno para la plantación. Abonado.

Tema 10. Plantación. Apertura de hojas. Descripción de la plantación de árboles y arbustos.

Tema 11. Injertos: Definición, métodos, descripción de los más corrientes.

Tema 12. Herramientas y maquinaria empleada en jardinería.

Tema 13. Plagas y enfermedades de las plantas de jardín.

Tema 14. Medidas de seguridad e higiene en el trabajo.

ANEXO IV

Denominación de la plaza: Operario Servicios Múltiples. Vacantes: 4.

Carácter: Laboral fijo.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Categoría: Operarios.

Grupo: E.

Titulación: Certificado Escolar o equivalente.

Requisitos específicos: Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B-1.

Desempeñará las funciones propias relacionadas con los

distintos servicios municipales, así como los que les sean asignados por la Alcaldía.

T E M A R I O

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas.

Tema 3. El Municipio y la provincia: Organización y

competencias.

Tema 4. Los servicios municipales: Enumeración e importancia de los mismos.

Tema 5. Obligaciones del cargo de operario de servicios múltiples.

Tema 6. Reparación de mobiliario e instalaciones en edificios públicos.

Tema 7. Nociones básicas de los servicios municipales de albañilería, fontanería, electricidad, jardinería.

Tema 8. Nociones básicas de los trabajos de carpintería metálica y de madera.

Tema 9. Obras de reparación en el mobiliario urbano y la vía pública.

Tema 10. Medidas de seguridad e higiene en el trabajo. Medidas de prevención.

ANEXO V

Denominación de la plaza: Limpiadora edificios públicos. Vacantes: 6.

Carácter: Laboral fijo con contrato a tiempo parcial.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Categorías: Operarios.

Grupo: E.

Titulación: Certificado Escolar o equivalente.

T E M A R I O

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas.

Tema 3. El Municipio y la provincia: Organización y

competencias.

Tema 4. Utensilios de trabajo en el servicio de limpieza de edificios públicos: Maquinaria, cuidados y conservación de los utensilios.

Tema 5. Horarios o tiempos ideales para la prestación del servicio. Organización y desarrollo del mismo.

Tema 6. Limpieza de espacios públicos y del medio ambiente.

Tema 7. La seguridad e higiene en el trabajo. Normas más importantes a tener en cuenta.

Tema 8. La prevención de riesgos laborales.

ANEXO VI

MODELO DE INSTANCIA

Don ............................,con DNI núm..............., nacido el ................................, con domicilio en C/ .....................localidad ................., provincia ..........., teléfono ...................

Enterado/a de la convocatoria para la plaza de................ publicada en el BOP núm. ..... de fecha ........... efectuada por el Ayuntamiento de Santaella, solicito ser admitido/a a dicha convocatoria aportando los documentos que se indican a continuación:

- Fotocopia del DNI.

- Justificante de ingreso de los derechos de examen.

El solicitante manifiesta ser ciertos los datos que

anteceden y que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases de la citada convocatoria.

Por ello solicito ser admitido al concurso-oposición de la plaza al principio indicada.

En Santaella, a .... de .......... de 2001.

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DE LA CORPORACION MUNICIPAL DE

SANTAELLA

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