Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 30/10/2001

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Otros. AYUNTAMIENTO DE ALMERIA

EDICTO de 9 de octubre de 2001, sobre aprobación inicial del expediente expropiatorio y relación de bienes, derechos y titulares relativo a la expropiación de los terrenos necesarios para el futuro recinto deportivo de la Vega de Acá. (Expte. 01/2001/Ex).

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El Ilmo. Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Almería, don Santiago Martínez Cabrejas.

Hace saber: Que por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de octubre de dos mil uno, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, que, copiado literalmente, dice:

"17. Aprobación inicial del expediente expropiatorio y relación de bienes, derechos y titulares relativo a la expropiación de los terrenos necesarios para el futuro recinto deportivo de la Vega de Acá.

Por unanimidad de los 27 miembros presentes de los 27 que legalmente componen la Corporación, se acuerda aprobar el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, que es del siguiente tenor:

"La Comisión Informativa de Urbanismo, en su sesión extraordinaria celebrada el 26 de septiembre de 2001, acordó por unanimidad elevar al Excmo. Ayuntamiento Pleno la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO

Primero. Aprobar inicialmente el expediente expropiatorio "01/2001/Ex" de la Sección de la Oficina del PGOU y Expropiaciones del Area de Urbanismo de este Excmo. Ayuntamiento de Almería, relativo a la expropiación de los terrenos necesarios para el futuro Recinto Deportivo de la Vega de Acá, cuyo Plan Especial se aprobó definitivamente por acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Almería de 2 de julio de 2001.

Segundo. Aprobar inicialmente la relación concreta e individualizada de bienes, derechos y sus propietarios o titulares incluida en el referido expediente, la cual queda conformada de la siguiente manera:

Tercero. Someter la relación concreta e individualizada de bienes, derechos y sus propietarios o titulares, contenida en el citado expediente, a información pública por plazo de 15 días, a los efectos y con las consecuencias del artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16.12.1954. La información pública se realizará mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de edictos del Excmo. Ayuntamiento de Almería y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia. Transcurrido el trámite de información pública, y previo análisis de las alegaciones y rectificaciones que procedan, el Excmo. Ayuntamiento de Almería aprobará definitivamente la relación, siguiéndose los trámites con quienes aparezcan en ella como titulares de bienes o derechos.

Al respecto del inciso del párrafo anterior que dice "siguiéndose los trámites con quienes aparezcan en ella como titulares de bienes o derechos", se ha de señalar que al aprobarse definitivamente la relación se podrán excluir, respecto de la aprobada inicialmente, bienes, derechos, propietarios y titulares con respecto a los cuales la adquisición correspondiente, por parte del Excmo. Ayuntamiento de Almería, se haya producido ya. También se podrán excluir por otras circunstancias que, justificadamente, muestren que el fin de la expropiación puede ser conseguido satisfactoriamente por otros procedimientos más favorables.

En todo caso, en el período de información pública cualquier persona podrá aportar los datos oportunos para rectificar posibles errores en la relación inicialmente aprobada, u oponerse, por razones de fondo o forma, a la misma o a la necesidad de la ocupación implícita en la aprobación del antes citado Plan Especial (art. 19 de la Ley de Expropiación Forzosa).

Cuarto. Notificar individualmente, mediante traslado literal, el presente acuerdo a todos los titulares de bienes y derechos que constan en el expediente. Podrán presentar alegaciones, elementos de juicio o pruebas en el plazo de 15 días a partir del día siguiente al de la notificación, sin perjuicio de que, además, puedan hacer valer su derecho en el trámite de

información pública antes expresado.

Quinto. Dar traslado del presente acuerdo al Sr. Registrador de la Propiedad número dos de los de Almería, a los efectos previstos en el artículo 22 del Reglamento sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, aprobado por Real Decreto 1093/1997, de 4.7, así como los demás efectos que, conforme a la legislación hipotecaria y demás aplicable, se consideren oportunos.

Sexto. Solicitar, del Sr. Registrador de la Propiedad número dos de los de Almería, certificación por la que se acredite el dominio y cargas de las fincas afectadas por el expediente de expropiación. No obstante, como, según consta en el expediente de referencia, ya se cursó solicitud al Sr. Registrador de la Propiedad número 2 de los de Almería, esa certificación sólo habrá de solicitarse en los aspectos que sean necesarios no amparados por la solicitud ya cursada.

Séptimo. Dar traslado del presente acuerdo a la Sección de Planeamiento y Gestión y a la Sección de Patrimonio,

Contratación y Vivienda del Area de Urbanismo de este Excmo. Ayuntamiento de Almería.

Octavo. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente a fin de que dicte cuantos actos y resoluciones y suscriba cuantos documentos sean precisos en orden a la ejecución del presente acuerdo."

Los interesados que sean titulares de bienes y derechos se personarán en las Dependencias de la Oficina del PGOU y Expropiaciones del Area de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería con la documentación que acredite la titularidad. En su caso, si existiera, se deberá aportar fotocopia de la

correspondiente escritura, nota simple registral, último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles y cualquier otro documento que se estime pertinente. Las fotocopias se acompañarán de su original para la correspondiente compulsa si es que no se presentan compulsadas.

El presente expediente de expropiación y la relación concreta e individualizada de bienes, derechos y sus propietarios o titulares antes expresada quedan sometidos a información pública por plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al de la publicación del oportuno anuncio de información pública en cada uno de los medios correspondientes (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Boletín Oficial de la Provincia, tablón de edictos del Excmo. Ayuntamiento de Almería y uno de los diarios de mayor circulación de la provincia). La información pública se realiza a los efectos y con las consecuencias del artículo

17 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16.12.1954.

Transcurrido el trámite de información pública, y previo análisis de las alegaciones y rectificaciones que procedan, el Excmo. Ayuntamiento de Almería aprobará definitivamente la relación, siguiéndose los trámites con quienes aparezcan en ella como titulares de bienes o derechos. En el período de información pública cualquier persona podrá aportar los datos oportunos para rectificar posibles errores en la relación inicialmente aprobada, u oponerse, por razones de fondo o forma, a la misma o a la necesidad de la ocupación.

Esta publicación materializa, asimismo, lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, es decir, sirve a la notificación para aquellos interesados que sean desconocidos, para los que se ignore el lugar o medio de notificación o para los que no se pueda practicar la notificación.

Lo que comunico para general conocimiento, advirtiendo que contra el presente acto, que es un acto de trámite que no decide ni directa ni indirectamente el fondo del asunto, ni determina la imposibilidad de continuar el procedimiento, ni produce indefensión o perjuicio irreparable a sus derechos o intereses legítimos, no podrá interponer recurso alguno, sin perjuicio de que pueda alegar la oposición al mismo, para su consideración en la Resolución que ponga fin al procedimiento, y para la impugnación de tales actos en el recurso que, en su caso, se interponga contra la misma. Todo en virtud de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación al artículo 107 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dado en la Casa Consistorial de Almería, a nueve de octubre de dos mil uno, por el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente, firmándola el Concejal Delegado del Area de Urbanismo, don Diego Cervantes Ocaña, en virtud de la delegación de firma efectuada mediante Resolución de fecha nueve de julio de mil novecientos noventa y nueve.- El Alcalde-Presidente, P.D., El Concejal Delegado de Urbanismo, Diego Cervantes Ocaña.

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