Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 20/11/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 31 de octubre de 2001, por la que se delegan competencias en el titular de la Dirección General de Comercio de la Consejería de Economía y Hacienda.

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El artículo 73.b) de la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior de Andalucía, establece como órgano competente para resolver el procedimiento sancionador e imponer las sanciones al titular de la Consejería competente en materia de comercio interior en las infracciones graves tipificadas en el artículo 65 de la referida Ley.

Por otra parte, el artículo 10.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, dispone que cuando de la aplicación de las reglas establecidas en el Capítulo I del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común no quede especificado el órgano competente para iniciar el procedimiento, se entenderá que tal competencia corresponde al órgano que la tenga para resolver.

La reestructuración de Consejerías realizada por el Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, asignó a la Consejería de Economía y Hacienda las competencias que tenía atribuidas, así como las correspondientes al comercio y a la artesanía.

Con la finalidad de posibilitar una mayor agilidad y eficacia en la tramitación de los procedimientos sancionadores, se considera conveniente delegar en el titular de la Dirección General de Comercio de la Consejería de Economía y Hacienda la competencia para el acuerdo de iniciación de los procedimientos sancionadores en las infracciones graves tipificadas en la Ley 1/1996.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 47.1 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, y el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

DISPONGO

Primero. Se delega en el titular de la Dirección General de Comercio de la Consejería de Economía y Hacienda el acuerdo de iniciación de procedimientos sancionadores en infracciones graves tipificadas en la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior de Andalucía.

Segundo. Conforme a lo establecido por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el titular de la Consejería de Economía y Hacienda podrá avocar el conocimiento de un asunto objeto de la delegación de competencias efectuada mediante la presente Orden, la cual, no obstante, subsistirá en sus propios términos en tanto no sea revocada o modificada de forma expresa.

Tercero. En los actos que se adopten en virtud de esta delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarto. La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 31 de octubre de 2001

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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