Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 01/12/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ACUERDO de 27 de noviembre de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se amplían las plantillas de personal docente no universitario de la Consejería de Educación y Ciencia.

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La apertura de nuevos centros escolares, como consecuencia de la aplicación de la Red de nuevos centros docentes en Andalucía, el incremento en la demanda de plazas y enseñanzas en centros públicos, como consecuencia de la implantación del modelo educativo previsto en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, la incorporación de Profesorado de nuevas especialidades y el desarrollo constante de programas de Educación Compensatoria y de Adultos, así como de enseñanzas de régimen especial, requieren aumentar las dotaciones del profesorado en los diferentes cuerpos docentes.

Particularmente, en el curso 2001/02 se produce un importante crecimiento en el número de plazas ofertadas de educación infantil, con objeto de atender en mayor medida la demanda de escolarización de los niños y niñas de tres años. Por otra parte, la implantación generalizada de las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, tiene, entre sus principales objetivos, la consolidación de una oferta de plazas de Formación Profesional adecuada a las necesidades de la población, lo que supone un importante esfuerzo en la dotación de profesorado.

Por todo ello, a propuesta de la Consejería de Educación y Ciencia, con informes favorables de la Consejería de Economía y Hacienda y de Justicia y Administración Pública, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de noviembre de 2001,

ACUERDA

Primero. Con efectos de 1 de septiembre de 2001, se amplían las plantillas de la Comunidad Autónoma de Andalucía de los cuerpos docentes no universitarios, a partir del curso académico 2001/02, que a continuación se detallan, en las plazas siguientes:

- Funcionarios docentes del grupo A: 250.

- Funcionarios docentes del grupo B: 450.

Segundo. La Consejería de Educación y Ciencia y la Consejería de Economía y Hacienda instrumentarán los medios, Disposiciones o Resoluciones Administrativas necesarios para el cumplimiento del presente Acuerdo.

Sevilla, 27 de noviembre de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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