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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, dada la imposibilidad de practicar notificación a la entidad interesada, que a continuación se relaciona en el último domicilio conocido, se le hace saber a través de este anuncio que se ha dictado la siguiente resolución en expediente administrativo de reintegro:
Entidad: Mancomunidad de Servicios e Información Aljarafe, S. Coop. And.
Núm. expte.: A3.009.SE/94.
Dirección: C/ Alegría, 12. 41950, Castilleja de la Cuesta (Sevilla).
Asunto: Notificando resolución de expediente. Importe a reintegrar (principal e intereses de demora):
2.284.461 ptas. (1.963.750 ptas. +.711 ptas.). Motivo: Incumplimiento de la obligación de justificar.
El reintegro de carácter voluntario deberá efectuarse en el siguiente plazo:
a) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 1 y 15 del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
b) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 16 y último del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
El mismo deberá hacerse efectivo en la siguiente cuenta bancaria:
Titular: Tesorería General de la Junta de Andalucía. Código de Banco: 2100, «La Caixa¯.
Código de sucursal: 2607, República Argentina, 35-37, Sevilla. Dígito de control: 33.
Núm. c/c: 0201063423.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiese efectuado el reintegro, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva.
Asimismo, se le advierte expresamente a los interesados que contra la resolución de reintegro, que agota la vía administrativa, puede interponerse:
a) Potestativamente, recurso de reposición ante el Secretario General de Industria y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación. Y, hasta tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la citada Ley
30/92.
b) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Informándoles que para el cómputo de los plazos mencionados la notificación se considera realizada a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.
Sevilla, 26 de enero de 2001.- El Director General, Fernando Toscano Sánchez.
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