Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 05/04/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

DECRETO 67/2001, de 6 de marzo, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente al Instituto Andaluz de la Mujer.

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La primera organización del Instituto Andaluz de la Mujer adoptaba una estructuración basada únicamente en Servicios Centrales, ubicados territorialmente en Sevilla y en Málaga, y en determinados centros de prestación directa de servicios. El Instituto Andaluz de la Mujer carecía de un desarrollo uniforme de unidades periféricas. Con posterioridad, debido a los medios demandados por los objetivos y actividades ejecutadas por el Organismo, fue publicado el Decreto 137/98, de 23 de junio, por el que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente al Instituto Andaluz de la Mujer. En este Decreto se crearon los centros de prestación directa de servicios en el ámbito de la mujer, con objeto de completar la red periférica de centros asignados a dicho Organismo.

Tal situación exige un nuevo planteamiento de la configuración organizativa del Organismo, basada en la unidad de dirección y de ubicación territorial de los Servicios Centrales, debido a obvias razones de racionalidad y eficiencia administrativa. El nuevo planteamiento es el que recoge el presente Decreto, cuya materialización supone la supresión de la Dirección del IAM de Málaga y de sus puestos, y la integración de éstos en los Servicios Centrales ubicados en Sevilla. Por otra parte, aprovechando ciertas supresiones de puestos asignados a la Dirección del IAM en Málaga, se reestructura la Secretaría General del Organismo a fin de que ésta disponga de los recursos necesarios para dar cumplida realización a la creciente carga de trabajo que debe resolver.

Según lo previsto en el artículo 32, letra d) de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, y el art. del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral al Servicio de la Junta de Andalucía, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Administración General y la Comisión del V Convenio Colectivo.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2 letra

g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 10 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, de elaboración y aplicación de la Relación de Puestos de Trabajo; a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 6 de marzo de

2001,

D I S P O N G O

Artículo único. Modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente al Instituto Andaluz de la Mujer.

Se aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo del Instituto Andaluz de la Mujer en los términos que figuran como Anexo del presente Decreto.

Disposición adicional primera. Personal afectado por la modificación de la relación de puestos de trabajo. Por la Consejería de Justicia y Administración Pública y el Instituto Andaluz de la Mujer se realizarán los trámites necesarios para adecuar los efectivos existentes a las necesidades del servicio deducidas de las modificaciones de la relación de puestos de trabajo aprobadas mediante este Decreto.

Disposición adicional segunda. Modificación presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, conforme al procedimiento establecido.

Disposición final. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de marzo de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Justicia y Administración Pública

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]