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La Orden de 27 de marzo de 1998, por la que se regulan y convocan subvenciones para la reparación de daños ocasionados por situaciones de emergencia, catástrofe y calamidades públicas, dispone en su artículo 4 que la delimitación de las zonas afectadas, a efecto de la aplicación de las medidas previstas en la misma, se determinará mediante Resolución del Director General de Política Interior.
Asimismo, la Disposición Final Primera habilita a la Dirección General de Política Interior para dictar las instrucciones necesarias para su desarrollo y ejecución.
En su virtud, esta Dirección General resuelve:
Primero. Se declaran zonas afectadas, a efectos de la aplicación de la citada Orden de 27 de marzo, los términos municipales que se relacionan en el Anexo I, como consecuencia de las inundaciones acaecidas en el período de diciembre 2000- marzo 2001.
Segundo. En el plazo de diez días naturales quedará constituida en las Delegaciones correspondientes del Gobierno de la Junta de Andalucía las respectivas Comisiones de Evaluación.
Tercero. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de marzo de 2001.- El Director General, Juan María Cornejo López.
ANEXO I
ALMERIA
Fiñana.
CADIZ
San Roque.
Los Barrios.
Arcos de la Frontera.
Algeciras.
Alcalá de los Gazules.
Algar.
Algodonales.
El Puerto de Santa María.
Jimena de la Frontera.
Los Barrios.
San Roque.
Vejer de la Frontera.
Benalup.
Barbate.
Bornos.
Cádiz.
Castellar de la Frontera.
Chiclana de la Frontera.
Jerez de la Frontera.
La Línea de la Concepción.
Medina Sidonia.
Ubrique.
Prado del Rey.
Conil de la Frontera.
CORDOBA
Aguilar de la Frontera.
Almodóvar del Río.
Belmez.
Córdoba.
Lucena.
Doña Mencía.
Espejo.
Hornachuelos.
GRANADA
Pinos Puente (Valderrubio).
Fuente Vaqueros.
Láchar.
Villanueva de Mesía.
Huétor Tájar.
Loja.
Moraleda de Zafayona.
HUELVA
Corteconcepción.
El Granado.
Paymogo.
Moguer.
Palos de la Frontera.
Lepe.
Cortelazor.
Alosno.
Isla Cristina.
Escacena del Campo.
El Cerro de Andévalo.
JAEN
Andújar.
Arjona.
Arjonilla.
Bailén.
Baños de la Encina.
Carboneros.
Cazalilla.
Chiclana de Segura.
Escañuela.
Espeluy.
Fuerte del Rey.
Guarromán.
Jabalquinto.
Jimena.
La Carolina.
La Iruela.
La Higuera.
Linares.
Lopera.
Marmolejo.
Mengíbar.
Noalejo.
Porcuna.
Santa Elena.
Santisteban del Puerto.
Segura de la Sierra.
Sorihuela del Guadalimar.
Vilches.
Villanueva de la Reina.
MALAGA
Cortes de la Frontera.
Ronda.
Almogía.
Gaucín.
Alora.
SEVILLA
Alcalá del Río.
Alcolea del Río.
Algámitas.
Almensilla.
Brenes.
Camas.
Cantillana.
Carrión de los Céspedes.
Castilblanco de los Arroyos.
Coria del Río.
El Cuervo.
El Saucejo.
Guillena.
La Algaba.
La Puebla del Río.
La Rinconada.
Lora del Río.
Los Palacios y Villafranca.
Pedrera.
Peñaflor.
Pilas.
Pruna.
Tocina.
Villamanrique de la Condesa.
Villanueva del Río y Minas.
Villaverde del Río.