Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 26/04/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 8 de marzo de 2001, por la que se acuerda la enajenación directa de la parcela núm. 3 del Subsector II, manzana II.1, del Plan Parcial y Modificación del Plan Parcial SUP-TO-1 Palmete de Sevilla, mediante su aportación no dineraria al aumento del capital social del Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, SA.

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El Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A., es una empresa de la Junta de Andalucía, creada por el Decreto/1990, de 15 de mayo, asimilable a las previstas en el artículo 6.1.a) de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Mediante el Decreto 130/1996, de 2 de abril, se autorizó la adquisición por la Comunidad Autónoma de la totalidad de las acciones de la citada empresa.

Por Resolución de 21 de julio de 2000, de la Dirección General de Patrimonio, se incorporó al patrimonio de la Comunidad Autónoma la parcela núm. 3, del Subsector II, manzana II.1, del Plan Parcial y Modificación del Plan Parcial SUP-TO-1 «Palmete¯ de Sevilla.

Dicha parcela se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 9 de Sevilla, al Tomo 3.031, Libro 286, folio

193, finca número 13.738.

El Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A., ha planteado la necesidad, para la mejor explotación de sus recursos, de aumentar su capital social mediante la aportación no dineraria de la citada parcela, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, adjudicándose ésta en compensación 435 acciones nuevas de la serie A, de 1.000.000 de pesetas de valor nominal cada una de ellas.

Por la Consejería de Obras Públicas y Transportes, Departamento interesado, se ha prestado la conformidad a esta operación.

Por Orden de 9 de enero de 2001, se declaró la alienabilidad de dicha parcela, habiéndose tasado en la cantidad de 434.400.000 pesetas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 87 de la Ley

4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como con el artículo 186 de su Reglamento de aplicación, mediante Acuerdo de 6 de febrero de 2001 (publicado en el BOJA núm. 26, de 3 de marzo de 2001), del Consejo de Gobierno, se autoriza la enajenación directa, mediante la aportación no dineraria, para aumentar el capital social del Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A., la parcela núm. 3 del Subsector II, manzana II.1, del Plan Parcial y Modificación del Plan Parcial SUP-TO-1 «Palmete¯ de Sevilla.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 186.4 del Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto

276/1987, de 11 de noviembre,

D I S P O N G O

Primero. La Comunidad Autónoma de Andalucía, como socio único del Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A., aporta a su capital social la cantidad de 434.400.000 pesetas, mediante la aportación no dineraria, de la parcela núm. 3, del Subsector II, manzana II.1, del Plan Parcial y Modificación del Plan Parcial SUP-TO-1 «Palmete¯ de Sevilla.

Segundo. La Comunidad Autónoma de Andalucía, como socio único del Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A., se adjudica, en compensación por la citada aportación no dineraria, 435 acciones nuevas de la serie A de 1.000.000 de pesetas de valor nominal cada una de ellas.

Tercero. Se faculta al Director General de Patrimonio para dictar cuantas disposiciones y actos sean precisos para la aplicación y desarrollo de esta Orden.

Sevilla, 8 de marzo de 2001

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda