Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 12/5/2001

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 20 de abril de 2001, de la Delegación Provincial de Huelva, sobre período de información pública para la obra clave A4.321.748/2111 Estudio de Implantación de la EDAR de Gibraleón (Huelva).

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Se somete a información pública el Estudio de Implantación de la EDAR de Gibraleón (Huelva), clave: A4.321.748/2111, cuyas obras se desarrollarán en el término municipal de Gibraleón (Huelva), a los efectos siguientes:

1. Interés general para su publicación y general conocimiento.

2. Trámite de expropiaciones forzosas, ocupaciones y afecciones, según Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

3. Tramitación medioambiental según Ley 7/1994, de 18 de marzo, de Protección Ambiental, y Decreto 153/96, de 30 abril, de aprobación del Reglamento de Informe Ambiental.

NOTA DE EXTRACTO

1. Objeto del proyecto: El objeto del presente proyecto es definir las obras e instalaciones necesarias que constituyan la estación depuradora a nivel de anteproyecto, de forma que se consiga la depuración adecuada del agua residual.

2. Descripción de las obras: Sistema de bombeo para Elevación Previa.

Se disponen dos estaciones de bombeo de aguas residuales EBAR y EBAR II.

La estación de bombeo EBAR I se sitúa justo delante de la arqueta de bombeo de aguas pluviales, es decir, se intercepta el colector que entra en esta cámara de bombeo, y se introduce en la nueva arqueta para bombeo a la EDAR. En el lado opuesto de la arqueta se dispone un «aliviadero¯ que verterá a la actual arqueta de pluviales, dando así continuidad al recorrido de las aguas caso de que no funcione el bombeo proyectado, o en caso de que el caudal que acceda al mismo supere el máximo previsto de 3 veces el caudal medio de aguas residuales.

En ella se situarán tres bombas sumergibles, de las que se prevé puedan llegar a funcionar simultáneamente dos, una de ellas con variador de frecuencia.

El caudal a impulsar por bomba será de 160 m?/h, con lo que se tiene una capacidad total de 320 m?/h, superior a los 280 m?/h (máximo previsto).

La estación de bombeo EBAR II se sitúa en el colector del arroyo Belén, junto al camino de acceso a la EDAR, se intercepta el colector, y se introduce en la nueva arqueta para bombeo a la EDAR. En el lado opuesto de la arqueta se dispone un «aliviadero¯ que verterá el actual colector del arroyo Belén, dando así continuidad al recorrido de las aguas caso de que no funcione el bombeo proyectado, o en caso de que el caudal que acceda al mismo supere el máximo previsto de 3 veces el caudal medio de aguas residuales, de modo que siga funcionando el sistema de clapeta y retorno hacia la estación de pluviales caso de que el río Odiel esté por encima de la cota de vertido.

En ella se situarán tres bombas sumergibles, de las que se prevé puedan llegar a funcionar simultáneamente dos, una de ellas con variador de frecuencia.

El caudal a impulsar por bomba será de 80 m?/h, con lo que se tiene una capacidad de 160 m?/h, superior a los 129 m?/h (máximo previsto).

Se ha estudiado la impulsión de forma que la conducción es única desde la confluencia de los dos bombeos hasta la EDAR. Esta confluencia se encontrará junto al cruce del Arroyo Belén con el camino que conduce a la EDAR, en esta confluencia se deberán disponer todos los elementos necesarios para su correcto funcionamiento, tales como válvulas de compuerta o de mariposa, de retención, así como la correspondiente arqueta y anclajes necesarios.

3. Línea de tratamiento propuesta: Una estación de tratamiento de aguas se debe concebir y calcular para recibir cargas muy variables y asegurar resultados de depuración convenientes, dentro de una explotación eficaz y económica.

En efecto, la Estación que se proyecta deberá realizar el tratamiento completo de 3.273 m?/d de agua residual, así como el de sus fangos resultantes.

En definitiva, las desviaciones diarias de los caudales y cargas influentes a la Estación que pueden ser importantes, la cantidad de fango resultante dada la capacidad de la planta, los rendimientos exigidos en DB05 y nitrificación, son los factores predominantes que aconsejan de estos sistemas de tratamiento.

Con ello, la línea de tratamiento adoptada estará constituida por las siguientes etapas:

Línea de Agua residual:

- Pretratamiento.

- 1. Aliviadero de pluviales y entrada a elevación.

- 2. Elevación.

- 3. Desbaste.

- 4. Desarenado y desengrase.

- 5. Medida del caudal de agua bruta.

- Tratamiento biológico.

- 1. Reactor biológico tipo «carrousel¯.

- 2. Decantación secundaria.

- 3. Recirculación de lodos y evacuación de lodos en exceso.

Línea de lodos:

- Elevación de lodos en exceso.

- 2. Espesamiento de lodos en exceso.

- 3. Elevación de lodos espesados.

- 4. Deshidratación de lodos espesados en centrifugadora.

Asi mismo, se dispone de by-pass en los elementos siguientes:

- General de planta.

- Pretratamiento.

- Tratamiento biológico.

- Clorador.

Cada elemento tiene, también, su correspondiente vaciado.

4. Propietarios afectados:

Término municipal: Gibraleón.

Núm. finca: 1.

Parc.: 0.

Polig.: 0.

Propietario: Ayuntamiento.

Uso del suelo: Calle.

Superficie m¯:

E.D.: 14,89.

E.S.A.: 392,03.

O.T.: 202,08.

Núm. finca: 2.

Parc.: 9002.

Polig.: 9.

Propietario: Renfe. M.º de Fomento.

Uso del suelo: Vía verde.

Superficie m¯:

E.D.: 0.

E.S.A.: 109,31.

O.T.: 55,97.

Núm. finca: 3.

Parc.: 7.

Polig.: 8.

Propietario: Renfe. M.º de Fomento.

Uso del suelo: Cereal secano 5.º.

Superficie m¯:

E.D.: 0.

E.S.A.: 5,6.

O.T.: 13,41.

Núm. finca: 4.

Parc.: 9002.

Polig.: 9.

Propietario: Renfe. M.º de Fomento.

Uso del suelo: Vía verde.

Superficie m¯:

E.D.: 0.

E.S.A.: 98,07.

O.T.: 40,06.

Núm. finca: 5.

Parc.: 0.

Polig.: 9.

Propietario: M.º de Fomento. Confeder.

Uso del suelo: Arroyo.

Superficie m¯:

E.D.: 40,89.

E.S.A.: 180,8.

O.T.: 82,2.

Núm. finca: 6.

Parc.: 9005.

Polig.: 8.

Propietario: Ayuntamiento de Gibraleón.

Uso del suelo: Camino vecinal.

Superficie m¯:

E.D.: 0.

E.S.A.: 1.614,77.

O.T.: 836,07.

Núm. finca: 7.

Parc.: 6.

Polig.: 9.

Propietario: Francisco de Campos Buj.

Uso del suelo: Eucaliptal 2.º

Superficie m¯:

E.D.: 11.479.

E.S.A.: 53,68.

O.T.: 34,49.

E.D.: Expropiación definitiva.

E.S.A.: Expropiación Servidumbre de Acueducto.

O.T.: Ocupación Temporal.

Lo que se hace público para general conocimiento, abriéndose un plazo de (30) días naturales contados desde el siguiente a la fecha en que aparezca este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, a fin de que, a tenor de lo dispuesto en el art. 86 de la Ley del Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los que se consideren perjudicados con este Proyecto puedan presentar reclamaciones a través de los medios

permitidos por el art. 38 de la expresada Ley, o bien hacerlo en el Ayuntamiento de Gibraleón, o ante el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía en Huelva, calle José Nogales, núm., en cuyas oficinas durante los mismos días y en horas hábiles está expuesto el citado Proyecto, a disposición de los que soliciten examinarlo.

Huelva, 20 de abril de 2001.- El Delegado, Francisco Díaz Olivares.