Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 09/06/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 9 de mayo de 2001, por la que se aprueban las plantillas de los centros públicos de enseñanzas no universitarias, dependientes de la Consejería.

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La progresiva implantación de las enseñanzas contempladas en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, hace necesario que los recursos humanos de los distintos centros educativos sean objeto de revisión en orden a una mejor adecuación de las plantillas de los diferentes cuerpos docentes no universitarios a las exigencias y características de las nuevas enseñanzas.

Por otro lado, la progresión hacia la configuración de la red de centros y enseñanzas que dé respuesta a las necesidades de formación de los ciudadanos andaluces, mediante la creación y adaptación de nuevos centros, conlleva la definición imprescindible de las nuevas plantillas.

Por todo lo anterior, en virtud de las competencias que tengo conferidas,

DISPONGO

Primero. Aprobar las plantillas de los centros públicos de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, de acuerdo con la configuración, por cuerpos docentes, que se establece en los siguientes Anexos:

Anexo I: Cuerpo de Maestros.

Anexo II: Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. Anexo III: Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

Anexo IV: Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.

Anexo V: Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas. Anexo VI: Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas. Anexo VII: Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño. Anexo VIII: Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Segundo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 107.1,

116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 9 de mayo de 2001

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]