Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 07/07/2001

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 30 de mayo de 2001, de la Dirección General de Gestión de Recursos, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia (turno promoción interna) que superaron las pruebas selectivas convocadas por la Orden que se cita.

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Vistas las solicitudes presentadas por los Auxiliares de la Administración de Justicia que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden de 26 de noviembre de 1999 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía (turno promoción interna), nombrados funcionarios de carrera en virtud de Resolución de la Secretaría de Estado de Justicia del día de la fecha.

Esta Dirección General de Gestión de Recursos ha resuelto adjudicar destino en los órganos judiciales que se relacionan en Anexo.

Los Auxiliares de la Administración de Justicia nombrados, y a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, deberán tomar posesión de su cargo dentro del plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 249/1996, de

16 de febrero, no resultando retribuido el plazo posesorio, ya que según dispone la normativa en materia de nóminas, durante el primer mes se devengarán por días las retribuciones correspondientes al nuevo Cuerpo en el que se ingresa.

En caso de que los Auxiliares de nuevo ingreso quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente, Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su destino actual un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquéllos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de nuevo cargo (art. 66.1.g) del Real Decreto

249/1996, de 16 de febrero).

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1974, de 2 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 489 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio; artículo único de la Ley Orgánica 6/1985, de 18 de enero, y artículo 79 y concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto

249/1996, de 16 de febrero), los nombrados por turno de promoción interna deberán tener en cuenta las siguientes observaciones:

Primera. Cuando un funcionario del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia acceda al Cuerpo de Auxiliares y desee permanecer en activo en el Cuerpo de origen y en situación de excedencia en aquél al que accede, deberá manifestar esta opción en el acta de toma de posesión, regresando a continuación a su destino de origen.

Copia del acta de toma de posesión, opción y cese serán remitidas por el Secretario del órgano judicial correspondiente a la Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública y a la Dirección General de Gestión de Recursos, siéndole concedida por dicha Delegación la excedencia de oficio en el nuevo Cuerpo.

Segunda. En caso de no manifestar la opción citada, se entenderá que optan por el nuevo puesto, y la Delegación de Justicia y Administración Pública de Andalucía les concederá la excedencia de oficio en el Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, en cuyo destino se les tendrá por cesados de forma automática con la misma fecha en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Auxiliares, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

Copia de dicha acta de posesión y opción serán remitidas por el Secretario del órgano judicial correspondiente a la Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública y Dirección General de Gestión de Recursos y al órgano judicial de origen.

Los nombrados en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurra un año desde la toma de posesión de su cargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 495.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Contra la presente Resolución podrán los interesados

interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses o, potestativo, de reposición en el plazo de un mes ante la Secretaría de Estado de Justicia. En ambos casos, el plazo contará a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Sevilla, 30 de mayo de 2001.- El Director General, P.S. (Orden de 8 de marzo de 2001), El Secretario General Técnico, José Antonio Muriel Romero.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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