Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 21/08/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ACUERDO de 24 de julio de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza a la Consejería a conceder una subvención a la Comunidad de Regantes del Sector B-XII del Bajo Guadalquivir, Lebrija (Sevilla).

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El Decreto 97/1995, de 11 de abril, modificado por el

176/1997, de 8 de julio, establece una línea de ayudas para favorecer el ahorro de agua mediante la modernización y mejora de los regadíos de Andalucía.

En la convocatoria del año 2000, la Comunidad de Regantes del Sector B-XII del Bajo Guadalquivir ha presentado una solicitud de subvención para un proyecto de modernización de regadíos y automatización de instalaciones que afecta a una superficie de

14.600 hectáreas y supone un ahorro de agua de 750 m/ha.

Una vez revisado el proyecto y aplicados los criterios de valoración, el Instituto Andaluz de Reforma Agraria pretende conceder una subvención a la Comunidad de Regantes Sector B- XII Bajo Guadalquivir de 733.523.240 ptas. (setecientos treinta y tres millones quinientas veintitrés mil doscientas cuarenta pesetas).

La normativa presupuestaria vigente establece en el artículo

104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se requerirá Acuerdo del Consejo de Gobierno para aprobar subvenciones por importe superior a quinientos millones de pesetas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de julio de 2001, se adopta el siguiente

ACUERDO

Autorizar a la Consejería de Agricultura y Pesca a conceder una subvención por importe de setecientos treinta y tres millones quinientas veintitrés mil doscientas cuarenta pesetas (733.523.240 ptas.) a la Comunidad de Regantes del Sector B- XII del Bajo Guadalquivir, Lebrija (Sevilla), para favorecer el ahorro de agua mediante la modernización y mejora de sus regadíos.

Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se aprueba el correspondiente gasto.

Sevilla, 24 de julio de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca

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