Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 25/08/2001

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 30 de julio de 2001, de la Universidad de Almería, por la que se convoca a concurso público cuatro Becas 2005 financiadas con los fondos del Plan Propio de Investigación para 2001.

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RESOLUCION DEL RECTORADO

La Universidad de Almería convoca a concurso público cuatro Becas 2005 financiadas con los fondos del Plan Propio de Investigación para 2001.

Objetivos: Colaborar en la formación de investigadores de países en vías de desarrollo del arco mediterráneo, no miembros de la Unión Europea.

Solicitantes: Ser ciudadano/a de países en vías de desarrollo del arco mediterráneo, no miembros de la Unión Europea.

a) Licenciados/as, Arquitectos, Ingenieros Superiores o Doctores/as que bajo la dirección de un/a doctor/a de la Universidad de Almería se proponen realizar una tesis doctoral o un trabajo de investigación.

b) El/la solicitante deberá haber finalizado los estudios relacionados con su proyecto de investigación. Los títulos deberán estar reconocidos por el Gobierno español en el momento de solicitar la beca.

c) El/la directora/a del proyecto deberá ser un/a doctor/a cuya actividad docente e investigadora se esté desarrollando en la Universidad de Almería y cuya dedicación sea a tiempo completo.

Carácter de las becas:

a) La dotación de las becas será de 110.000 ptas. brutas mensuales (661 euros), un seguro de accidentes corporales y de asistencia médica y la exención de las tasas académicas de los cursos de doctorado que se realicen en la Universidad de Almería durante el presente curso académico.

b) Las becas podrán ser renovadas por períodos anuales, sin que su disfrute pueda superar los cuatro años de duración. Como máximo uno de estos períodos será postdoctoral.

c) La duración máxima de las becas para los/las doctores/as será de un año improrrogable.

d) La concesión de la beca supondrá la incorporación del/a becario/a al Departamento y al Grupo de investigación del/a doctor/a que dirige su investigación.

e) El disfrute de la beca exige dedicación a tiempo completo. Por tanto, estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Comisión de Investigación de la Universidad de Almería.

f) Los/las becarios/as que estén en su tercer o cuarto año de beca podrán dedicar un máximo de ochenta horas durante el curso académico a la colaboración en actividades docentes relacionadas con su trabajo de investigación previa conformidad de la Comisión de Investigación de la Universidad de Almería y del Departamento implicado, sin que esto suponga ninguna responsabilidad laboral por parte de la Universidad de Almería. Para ello, tendrán que remitir al Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico la solicitud correspondiente que se encontrará en la Unidad Gestión de Investigación.

g) La concesión y disfrute de la beca no establece relación contractual o estatutaria del/a beneficiario/a con la Universidad de Almería, ni implica ninguna obligación de ésta en cuanto a la posterior incorporación del/a becario/a a la plantilla de la Universidad.

h) La Comisión de Investigación podrá conceder la interrupción del disfrute de la beca a petición razonada del/a interesado/a, previo informe del/a director/a del becario/a. Sólo en aquellos casos en los que se aprecie fuerza mayor o maternidad se podrá recuperar el período interrumpido, siempre que las

disponibilidades presupuestarias lo permitan. Estas

interrupciones no podrán superar los seis meses durante el disfrute de la beca y sus posibles renovaciones.

i) El Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico podrá autorizar a los/as becarios/as, previo informe de su director/a, a realizar estancias en otros centros de

investigación para completar su formación investigadora. Para los/as becarios/as predoctorales dichas estancias tendrán una duración máxima de tres meses cada año.

j) Los/as becarios/as del Plan Propio de Investigación se consideran a todos los efectos becarios/as homologados/as de la Universidad de Almería.

Formalización de solicitudes:a) Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra a

disposición de los/as interesados/as en la Unidad Gestión de Investigación de la Universidad de Almería, o en la siguiente dirección de internet:

http://www.ual.es/frame.shtml?http://www.ual.es/Universidad/Vin vest.

b) Las solicitudes dirigidas al Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico se presentarán en la Unidad Gestión de Investigación, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/92, de 26 de noviembre).

d) Cada solicitante deberá entregar los documentos siguientes debidamente cumplimentados:

1. Solicitud de beca conforme a impreso normalizado, incluyendo una descripción del proyecto de investigación a realizar durante el disfrute de la beca, con la firma del/a doctor/a que avala la solicitud.

2. Currículum vitae en un máximo de dos folios.

3. Fotocopia del DNI, pasaporte o equivalente para extranjeros.

5. Justificantes del currículum vitae, según se especifica a continuación. Sólo deben presentarse los justificantes

solicitados: Evitar la presentación de diplomas y otros justificantes de actividades que no son evaluables según el baremo:

- Fotocopia compulsada de la certificación académica oficial en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones

obtenidas, fechas de éstas y constancia expresa de que las asignaturas constituyen el programa completo de la licenciatura o ingeniería correspondiente.

- Fotocopia de la credencial de becario/a.

- Fotocopia de la certificación académica oficial en la que figuren los créditos superados en el Programa de Doctorado. Debe constar también el número de créditos obtenidos por la realización de tesina o trabajo de investigación, en su caso.

- Carta del centro receptor que indique la fecha de realización de la estancia de investigación y los objetivos que se

alcanzaron con esa estancia.

- Libros: Fotocopia de las páginas donde aparezca el título, autor/es, ISBN, año de publicación e índice.

- Capítulos de libros y Actas de congresos: Fotocopia de las páginas donde aparezca el título, autores, ISBN, año de publicación e índice del libro, y fotocopia de la primera página del capítulo o acta.

- Artículos: Fotocopia de la primera página del artículo y, si fuera necesario, añadir fotocopias que indiquen la revista en que se publicó, el año y el autor.

- Comunicaciones en Congresos: Fotocopia de la certificación del Comité organizador que indique que se ha presentado la comunicación y copia de dicha comunicación. No se podrán evaluar, por tanto, las comunicaciones aceptadas

para Congresos no realizados antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

- En los apartados de libros, capítulos de libro y artículos los justificantes citados podrán sustituirse por cartas de aceptación adecuadas.

A partir de los veinte días naturales siguientes a la

finalización del plazo de presentación de solicitudes se hará pública en el tablón de anuncios de la Unidad Gestión de Investigación una relación de las peticiones incompletas. Los interesados dispondrán de un plazo improrrogable de diez días hábiles, a partir del día de la publicación de dicha relación, para subsanar las solicitudes defectuosas o presentar la documentación requerida. Si en este plazo no se produjese la subsanación, se entenderá desistido de su petición,

archivándose la solicitud sin más trámite.

Plazo de presentación de solicitudes: Desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOJA el 31 de octubre de 2001.

Criterios de selección:

La selección de las becas se realizará por la Junta de

Gobierno, a propuesta de la Comisión de Investigación, en atención al baremo que figura al final de esta convocatoria.

Se concederá una beca por cada uno de los grupos de

Departamentos y Areas relacionados en las Normas Generales de las Becas incluidas en el Plan Propio de Investigación de 2001. Esta relación de grupos de Departamentos y Areas se encuentra publicada en el tablón de anuncios de la Unidad Gestión de Investigación en la Universidad de Almería.

Las renuncias o bajas que se produzcan entre los/as becarios/as de nueva concesión por conseguir éstos una beca en la siguiente convocatoria de becas del MEC o por cualquier otro motivo, podrán cubrirse, a juicio de la Junta de Gobierno, por los segundos clasificados (o siguientes, si éstos también

renunciaran) de cada grupo. El plazo para realizar esta sustitución de becarios/as lo determinará la Comisión de Investigación. El/la suplente podrá disfrutar la beca desde el momento en que se produce la renuncia o baja. A los efectos de la duración de la beca en casos de sustituciones, el período disfrutado por el/la primer becario/a será irrecuperable.

Obligaciones del/a becario/a:

a) Presentar un informe anual sobre el desarrollo de la investigación, en el que deberá constar el estado de la misma y la conformidad del/a tutor/a del/a becario/a.

b) La aceptación de la beca por parte de/a beneficiario/a implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y las establecidas para los/as becarios/as del Plan Propio de Investigación.

c) La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

BAREMO PARA LA SELECCION DE BECAS 2005

Puntos

1. Expediente académico: (1-4) x 7

2. Becas: (0-1)

2.1. Si ha disfrutado de una beca de investigación

(MEC, Junta Andalucía u homologada): 0,80

2.2. Si ha disfrutado de una beca

de colaboración del MEC: 0,20

3. Programa de doctorado: (0-1,18)

3.1. Por cada crédito obtenido mediante tesina

o trabajo de investigación: 0,08

3.2. Por cada crédito ordinario: 0,02

4. Título de Doctor:

4.1. Apto cum laude, por unanimidad,

o Sobresaliente cum laude 13

4.2. Apto cum laude, por mayoría,

o Sobresaliente 8,5

4.3. Notable 6

4.4. Apto o Aprobado 5

5. Estancias de investigación en otros centros: (0-1,20)

5.1. Extranjeros. Cada mes: 0,60

5.2. Españoles. Cada mes: 0,40

6. Actividad investigadora: (0-8,4)

6.1. Libros de impacto internacional. Cada uno: 4

6.2. Libros de impacto nacional. Cada uno: 2

6.3. Artículos y capítulos de libros

de impacto internacional. Cada uno: 2

6.4. Artículos y capítulos de libros

de impacto nacional. Cada uno: 1

6.5. Actas de congresos de impacto

internacional. Cada una: 1

6.6. Actas de congresos de impacto nacional.

Cada una: 0,50

6.7. Comunicaciones a congresos de impacto

internacional. Cada una: 0,40

6.8. Comunicaciones a congresos de impacto

nacional. Cada una: 0,20

Número máximo de créditos contabilizables: 32, todos ellos realizados en el mismo Programa (salvo convalidaciones).

Realizadas en todo caso tras la obtención de la titulación académica superior. Se excluyen las estancias Erasmus o similares.

Se excluyen publicaciones de divulgación o de carácter

docente, y también aquéllas que no realicen procesos de revisión por expertos. Se contabilizarán los trabajos de investigación publicados o aceptados para su publicación. No se evaluarán las traducciones de libros. El carácter internacional de un Congreso no lo determina su título sino el hecho de que las comunicaciones presentadas provengan de investigadores de varios países (no sólo de dos países, por ejemplo), con un tanto por ciento considerable de comunicaciones de autores extranjeros. Consideraciones semejantes pueden aplicarse a los demás tipos de publicaciones.

Resolución y notificación:

La concesión o no de las solicitudes se realizará por

resolución la Junta de Gobierno, a propuesta de la Comisión de Investigación, en virtud de lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento de la Junta de Gobierno de la Universidad de Almería, aprobado por el Claustro en sesión ordinaria de 15 de marzo de 2000.

Se abrirá un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la sesión de la Comisión de Investigación que proponga la resolución de las becas, para presentar

reclamaciones a la citada propuesta, que estará expuesta en el tablón de anuncios de la Unidad Gestión de Investigación. Transcurridos éstos, se estudiarán las posibles reclamaciones y se elevará a la Junta de Gobierno para su resolución

definitiva.La resolución definitiva de los/as beneficiarios/as de las ayudas se publicará en el tablón de anuncios de la Unidad Gestión de Investigación y se notificará de acuerdo con lo previsto en el art. 59 de la LRJPAC.

La presente Resolución agota la vía administrativa de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 276/1998, de 22 de diciembre (BOJA de 19.1.1999; BOE de 16.3.1999). Contra la misma podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Rectorado en el plazo de

un mes a partir de la recepción de esta Resolución según establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27.11.1992) en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE

14.1.1999), o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses a partir igualmente de la recepción de esta resolución. De conformidad con lo dispuesto en los artículos

8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14.7.1998).

Almería, 30 de julio de 2001.- El Rector, Alfredo Martínez Almécija.

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