Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 29/08/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 7 de agosto de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican dos becas destinadas a la investigación en documentación y nuevas tecnologías.

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Por Orden de 8 de mayo de 2002, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de dos becas de formación e investigación en el proceso documental.

De conformidad con la propuesta realizada por la Comisión de Selección prevista en el artículo 8 de la referida norma, y en uso de las facultades que me han sido conferidas,

R E S U E L V O

Primero. Adjudicar dos becas destinadas a la investigación en documentación y nuevas tecnologías a los candidatos que a continuación se indican:

Don Enrique Villanueva Pla.

Doña Inmaculada Concepción Sánchez Marín.

Segundo. Designar como suplentes, por el orden que a continuación se relaciona y a los efectos previstos en el artículo 10 de la Orden de 8 de mayo de 2002, a los candidatos siguientes:

Doña Rosario Pérez Vargas.

Doña María Nieves Romero García.

Doña María Inmaculada Palacios Rodríguez. Doña Cristina Gelado Rubio.

Tercero. Los/as candidatos/as seleccionados/as deberán comunicar su aceptación dentro del plazo de 15 días siguientes a la fecha de su notificación, de conformidad con el artículo

10.4 de la convocatoria.

Cuarto. La actividad a realizar por los becarios será:

1. Colaborar en el mantenimiento permanente actualizado de la información que aparece en la Web Corporativa en cuanto a documentación y publicaciones se refiere.

2. Colaboración en el mantenimiento diario de la catalogación de documentos en el programa Absys en funcionamiento en la Sección de Documentación.

3. Realizar un seguimiento de las necesidades de información y documentación tanto desde el aspecto interno de la Consejería como desde la perspectiva de los usuarios/administrados.

4. Colaborar en dar adecuada respuesta a las solicitudes y consultas realizadas a través de la Web y/o correo electrónico.

5. Colaborar en todas las tareas que proponga la Sección de Documentación y Publicaciones.

Quinto. La duración de las becas será de un año, iniciándose su ejecución el día 1 de octubre.

Sexto. El gasto destinado a los beneficiarios de las ayudas asciende a la cantidad de once mil novecientos euros y tres céntimos (11.900,03), que se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria que se detalla a continuación, procediendo su distribución plurianual de acuerdo con lo previsto en el artículo 39 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma:

- Año 2002: 0.1.13.00.01.00.482.01.32 A.0 (2.975,01 euros).

- Año 2003: 3.1.13.00.01.00.482.01.32 A.4.2003 (8.925,02).

Séptimo. Las becas serán abonadas por mensualidades vencidas, distribuidos mensualmente, siendo el importe mensual de novecientos noventa y un euros y sesenta y siete céntimos (991,67) a las que se les efectuará la correspondiente retención fiscal.

Octavo. Los beneficiarios estarán obligados:

a) A realizar los trabajos de investigación establecidos en el programa elaborado por la directora de la beca.

b) A entregar el último mes de duración una memoria de las actividades realizadas.

c) Al cumplimiento de los preceptos de los artículos 105 y

108.h) de la Ley 5/83, de 19 de julio, Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el Secretario General Técnico, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con el art. 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo

establecido en el art. 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 7 de agosto de 2002.- El Secretario General Técnico (Orden de 16.7.2002), El Director General de Economía Social, Fernando Toscano Sánchez.

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