Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 24/09/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 2 de septiembre de 2002, por la que se amplía la de 17 de mayo de 2002, por la que autorizan enseñanzas de régimen especial en Centro Docentes Públicos a partir del curso 2002/03.

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Con objeto de continuar la implantación de la nueva ordenación del sistema educativo en diversos Centros Docentes Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía que imparten enseñanzas de régimen especial, así como de acometer la planificación de la escolarización prevista en estas enseñanzas, teniendo en cuenta los informes facilitados por las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia y a propuesta de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Artículo 1. Enseñanzas de Música.

1. Autorizar la impartición de las enseñanzas correspondientes a la especialidad de «Saxofón¯ en el Conservatorio Elemental de Música de El Ejido (Almería), código 04700193, a partir del curso escolar 2002/03.

2. Autorizar la impartición de las enseñanzas correspondientes a la especialidad de «Violonchelo¯ en el Conservatorio Elemental de Música de Ubeda (Jaén), código 23700086, a partir del curso escolar 2002/03.

Artículo 2. Enseñanzas de Danza.

Autorizar la impartición de las enseñanzas correspondientes a las especialidades de «Pedagogía de la Danza¯ y «Coreografía y Técnicas de Interpretación de la Danza¯ en el Conservatorio Superior de Danza de Málaga, código 29001391, a partir del curso escolar 2002/03.

Artículo 3. Enseñanzas de Idiomas.

Autorizar la impartición de la enseñanza del idioma «Inglés¯ en la Escuela Oficial de Idiomas de Priego de Córdoba (Córdoba), código 14000756, a partir del curso escolar 2002/03.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Aplicación.

Se Autoriza a las Direcciones Generales de la Consejería de Educación y Ciencia a dictar cuantas normas sean precisas para la aplicación de la presente Orden en el ámbito de sus respectivas competencias.

Segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá efectos académicos a partir del inicio del curso escolar

2002/03.

Tercera. Recursos.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116, y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 2 de septiembre de 2002

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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