Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 08/10/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INS. E INSTRC. Nº4 DE JEREZ DE LA FRA.

EDICTO dimanante del juicio de cognición núm. 203/2000. (PD. 2915/2002).

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NIG: 1102041C20004000254.

Procedimiento: Juicio de Cognición 203/2000. Negociado: F. Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Doña Carmen de la Puente Caruana.

Procuradora: Sra. Fernández del Riego Soto, Marta. Letrado: Sr. Rodríguez Gómez, Jesús.

Contra: Don Jorge Alfonso Soriano.

Don Francisco Marcos Martín, Secretario de Primera Instancia núm. Cuatro de los de Jerez de la Frontera y su Partido,

Hago saber: Que en el Juicio Ejecutivo de referencia se ha dictado Sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia: En Jerez de la Frontera a 12 de junio de 2002. En la ciudad de Jerez de la Frontera a doce de junio de dos mil dos.

El Ilmo. Sr. don José Ignacio Baranguá Vélaz, Magistrado Titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria núm. Uno de Cádiz, en comisión de servicio en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Jerez de la Frontera, habiendo visto los presentes autos de juicio de cognición sobre resolución de contrato de arrendamiento y reclamación de cantidad, tramitados en este Juzgado con el núm./00 y entre partes: Como demandante doña Carmen de la Puente Caruana, con domicilio en la calle Canalejas núm. 1, representada por la Procuradora doña Marta Fernández del Riego Soto y dirigida por el Letrado don Jesús Rodríguez Gómez; y como demandado, don Jorge Alfonso Soriano, con domicilio en Jerez de la Frontera, Residencial Osuna, bloque 1, portal 1, 5.º A, en situación de rebeldía, ha pronunciado la siguiente

Fallo que debo estimar y estimo la demanda formulada por la Procuradora doña Marta Fernández del Riego Soto en nombre y representación de doña Carmen de la Puente Caruana, contra don Jorge Alfonso Soriano y, en consecuencia, declaro resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 11.7.1999 que liga a las partes sobre la vivienda sita en Jerez de la Frontera, Residencial Osuna, Bloque 1, Portal 1, 5.º A, por falta de pago, y en consecuencia condeno al demandado a desalojar la vivienda referida, dejándola libre, vacía y expedita a disposición de la actora con apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica en el tiempo establecido de ser lanzado del mismo.

Asimismo condeno al demandado a pagar a la actora la cantidad de 1.413,14 euros (mil cuatrocientos trece euros con catorce céntimos) más los intereses legales de dicha suma desde la fecha de presentación de la demanda con expresa imposición al demandado de las costas procesales causadas.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado y para la Audiencia Provincial que se preparará en la forma prevista en la vigente LEC, dentro del plazo de los cinco días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a las actuaciones, la pronuncio, mando y firmo.

Para que sirva de notificación de la Sentencia al demandado rebelde don Jorge Alfonso Soriano se expide la presente, que se insertará en el BOJA.

Jerez de la Frontera, 11 de septiembre de 2002.- El/La Secretario/a.

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