Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 24/10/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 246/2002, de 1 de octubre, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de La Zubia (Granada), de una parcela sita en el Monte del Pueblo, de la citada localidad, con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria; y se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia.

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Por el Ayuntamiento de La Zubia (Granada) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela ubicada en el Monte del Pueblo, de dicho municipio, colindante al Colegio Público «Enrique Tierno Galván¯ y a la urbanización «Laurel de la Reina¯, con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria.

Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 1 de octubre de 2002,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de La Zubia (Granada) de una parcela, con 10.000 m¯ de superficie, que será segregada de la siguiente finca:

Monte público denominado Monte del Pueblo, en término de La Zubia, con cabida de 8.726.291,78 m¯ tras las segregaciones habidas. Linda: Norte, acequia del Genital y propiedades particulares; Este, los términos de Cájar y Monachil; Sur, los cortijos «Parejo¯ y «Gil López¯; y Oeste, el término de Gójar.

Consta inscrita la finca matriz en el Registro de la Propiedad núm. 6 de Granada, libre de cargas y a favor del Ayuntamiento de La Zubia, al folio 164 del tomo 621, libro 95, finca núm.

4.038.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública, que será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley

4/1986, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela donada, que se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 1 de octubre de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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