Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 07/11/2002

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 16 de octubre de 2002, de la Universidad de Jaén, por la que se convocan pruebas selectivas para ingresar en la Escala de Facultativos de Archivos y Bibliotecas de esta Universidad, mediante el sistema de promoción interna.

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Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo

2.2.e) de la misma norma, así como los artículos 48 y 122 de los Estatutos de la Universidad de Jaén, y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, acuerda convocar, con aplicación del artículo 75.2 de la mencionada Ley Orgánica, pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos y Bibliotecas, con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de la Escala de Facultativos de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Jaén, mediante el sistema de promoción interna.

1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley

23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y a las bases de esta Resolución.

1.3. El procedimiento de selección por el sistema de promoción interna constará de dos fases: Fase de oposición y fase de concurso, recogidas en el Anexo I de esta convocatoria.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5. Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el tablón de anuncios del edificio de Rectorado de la Universidad.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Las personas que aspiren a estas plazas deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos los 18 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado Universitario, Arquitecto, Ingeniero o titulación equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por alguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones

públicas.

f) Pertenecer al Cuerpo o Escala de Ayudantes de Archivos y Bibliotecas, prestar servicios en la Universidad de Jaén con carácter definitivo en la situación de servicio activo o con reserva de plaza y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en posesión de los mismos hasta la toma de posesión como funcionario/a de la Escala a que se aspira.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en el modelo de instancia que será

facilitado gratuitamente en el Negociado de Información y Evaluación o en el Servicio de Personal y Organización Docente de la Universidad de Jaén, así como en la página Web de la Universidad de Jaén.

A la instancia se acompañarán una fotocopia del Documento Nacional de Identidad y el resguardo de haber abonado los derechos de examen a que se refiere la base 3.4.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Excelentísimo y Magnífico Señor Rector de la Universidad de Jaén, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la

publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯.

3.3. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General o registros auxiliares de la Universidad de Jaén o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre).

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de ser

certificadas.

3.4. Los derechos de examen, por el importe de 27 euros, se ingresarán por los solicitantes en la Caja Rural de Jaén, cuenta número 3067.0109.0200001272, a nombre de la Universidad de Jaén, indicando en el ingreso: «Oposiciones Escala

Facultativo Archivos y Bibliotecas¯.

3.5. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión de los aspirantes. En ningún caso la presentación y pago en la Caja Rural supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Jaén dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯ y en la que además de declarar aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes excluidos con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre, número de Documento Nacional de Identidad y motivo que la produce.

4.2. En todo caso, la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo de diez días naturales para la subsanación de errores, transcurrido el cual quedará elevada a definitiva, publicándose en el tablón de anuncios del

Rectorado. Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Rectorado, edificio B-1.

5. Tribunal Calificador.

5.1. Debido a la urgente necesidad de la publicación de la convocatoria para la provisión de las vacantes, resulta conveniente hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo

11 del Real Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante resolución del Rector al mismo tiempo que se exponga la lista de excluidos a que se refiere la base 4.1.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente y Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará la sesión de constitución en el plazo máximo de 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en cualquier caso al menos diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.4. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

5.5. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no

previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad.

5.7. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones a las de los demás opositores para la realización de los ejercicios.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso colaboración de los servicios técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes de la

Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía.

5.8. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado¯ del 22), o cualesquiera otros equivalentes. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyo ejercicio figuren marcas y signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Jaén, Paraje Las Lagunillas, sin número, edificio B-1, teléfono

953/21.22.77.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el Decreto 54/1989, de

21 de marzo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 21 de abril).

5.11. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior, será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

6.2. El orden de actuación de los opositores se determinará mediante sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con al menos doce horas de antelación a su comienzo si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si el ejercicio es nuevo.

6.5. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de uno o varios de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará al Rector de la Universidad, el cual deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a los efectos procedentes.

Contra la resolución de exclusión de los aspirantes podrá interponerse recurso de alzada, ante la misma autoridad indicada en el párrafo anterior.

7. Listas de aprobados/as, presentación de documentación y nombramiento de funcionarios/as de carrera.

7.1. Al finalizar cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares de examen y en el Rectorado de la Universidad las relaciones de aspirantes aprobados con las puntuaciones correspondientes.

7.2. La puntuación final se obtendrá de la forma establecida en el Anexo I de esta convocatoria. Finalizados los ejercicios, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, puntuación de la fase de concurso y la suma total.

La lista de aprobados no podrá superar el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el artículo

18 de la Ley 30/1984.

7.3. La relación de aprobados será elevada al Rector de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios/as de carrera.

7.4. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación en el Rectorado de la Universidad de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en el Servicio de Personal los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la base 2 de la convocatoria y cumplimentarán la declaración que se incluye como Anexo III de la convocatoria.

7.5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la citada base 2, no podrán ser nombrados

funcionarios/as de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.6. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento de funcionario/a de carrera mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de fotocopia del Documento Nacional de Identidad de los aspirantes

aprobados, ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentadas en la Universidad con el apartado «Reservado para la Administración¯, debidamente cumplimentado.

8. Norma final.

8.1. La convocatoria, sus bases, y cuantos actos

administrativos se deriven de ésta, así como de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

8.2. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 16 de octubre de 2002.- El Rector, Luis Parras Guijosa.

ANEXO I

EJERCICIOS Y VALORACION

I.1. El procedimiento de selección constará de las siguientes fases: Concurso y oposición.

I.1.1. En la fase de concurso: Se valorará hasta un cuarenta por ciento de la puntuación de la fase de oposición, con la siguiente distribución:

Antigüedad: Se valorarán los años completos, o fracción superior a seis meses, reconociéndose a estos efectos los servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

La valoración máxima será de 10 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de publicación de la convocatoria, concediéndose a cada año una puntuación de 0,40 puntos hasta el límite máximo.

Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con destino definitivo el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Nivel 15: Cuatro puntos, y por cada unidad de nivel que le exceda, se sumará 0,5, hasta un máximo de 10 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de la misma.

I.1.2. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo estos eliminatorios, de tal modo que la no superación de cualquiera de ellos supondrá para los aspirantes la imposibilidad de continuar el proceso selectivo.

Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema de cada uno de los bloques I, II, III, del programa de esta convocatoria, que figura en el Anexo II, elegidos de entre dos ofertados por cada uno de los bloques indicados en

presencia de los opositores. El tiempo máximo para la

realización del ejercicio será de 4 horas.

La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: Constará de dos fases:

1.ª Parte: Consistirá en la presentación de un proyecto de planificación de una biblioteca universitaria, en alguna o varias de las siguientes áreas orientativas. Formación y mantenimiento de colecciones, gestión del proceso técnico, servicio al usuario, gestión de recursos humanos, económicos, espaciales, evaluación de servicios. Dicho proyecto se

entregará al Tribunal en el momento de comenzar este ejercicio, se valorará la originalidad, precisión y rigor de los

planteamientos.

Los aspirantes realizarán la exposición y defensa oral del proyecto de planificación supuesto, en sesión pública convocada al efecto, durante un máximo de 20 minutos.

La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

2.ª Parte: Consistirá en la resolución y exposición escrita de un supuesto práctico a elegir por el opositor entre dos propuestos por el Tribunal. Los supuestos serán casos concretos relacionados con la gestión de fuentes de información o la planificación bibliotecaria. Los opositores dispondrán de un máximo de 2 horas para la realización de esta prueba. Podrán utilizar la documentación que deseen traer consigo así como los medios y recursos disponibles en el lugar que determine el Tribunal.

La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

I.1.3. La calificación final de las pruebas vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso y oposición), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que el total de plazas convocadas.

Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna de las plazas convocadas será necesario superar el ejercicio de la fase de oposición y encontrarse, una vez sumadas las puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no superior al número de plazas convocadas en cada grupo.

En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y oposición. Se dará prioridad al aspirante con:

a) Mayor puntuación en la fase de oposición.

b) Mayor puntuación en el ejercicio práctico.

c) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar y así sucesivamente de persistir la igualdad. Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido al empate, éste se resolverá, finalmente, por sorteo entre los aspirantes elegidos.

ANEXO II

PROGRAMA

1. Biblioteconomía.

1. La Biblioteconomía y la Investigación en Biblioteconomía y Documentación.

2. La formación profesional de bibliotecarios y documentalistas en la actualidad.

3. Hemerotecas y mediatecas.

4. Conservación y restauración de fondos documentales.

5. La catalogación en un entorno automatizado. Formatos de intercambio de información bibliográfica: Formato MARC.

6. Clasificaciones Bibliográficas. La CDU.

7. Los catálogos. Concepto, evolución y nuevas tendencias.

8. Bibliotecas universitarias. Concepto y función.

9. Las bibliotecas universitarias en España.

10. La biblioteca de la Universidad de Jaén.

11. Planificación, organización espacial y equipamiento de bibliotecas universitarias.

12. Gestión de la colección bibliográfica: Criterios para su formación, mantenimiento y evaluación.

13. Gestión de servicios de usuario.

14. Gestión y administración de bibliotecas universitarias: Recursos financieros y humanos.

15. La cooperación bibliotecaria: Sistemas y redes de

bibliotecas.

2. Bibliografía y archivística.

1. Definición y objetivos de la bibliografía. Evolución histórica de la bibliografía.

2. Estado actual de la bibliografía en el mundo. Control bibliográfico universal. Disponibilidad universal de las publicaciones.

3. Fuentes de información generales.

4. Fuentes de información de manuscritos, incunables y raros.

5. Fuentes de información de publicaciones periódicas y publicaciones oficiales.

6. Fuentes de información en Ciencias Sociales.

7. Fuentes de información en Humanidades.

8. Fuentes de información en Ciencia y Tecnología.

9. Fuentes de información en Biomedicina.

10. Concepto de archivo y archivística. Tipos de archivos. Conceptos generales de documentos archivísticos: Tipología.

11. El proceso documental: Ingresos, transferencias y

selección.

12. Sistemas de clasificación y ordenación de documentos.

13. Descripción de fondos: Guías, inventarios, catálogos e índices.

14. Tipología de los archivos. La accesibilidad documental: Aspectos legales y consultas.

15. El sistema de archivos españoles.

3. Documentación y tecnologías de la información.

Organización Administrativa y Derecho.

1. Gestión de la información y del conocimiento de las

organizaciones.

2. Análisis documental. Indización. Resúmenes.

3. Lenguajes documentales. Thesaurus: Concepto, elaboración y mantenimiento.

4. Los OPACS: Diseño, prestaciones y accesos.

5. Nuevos soportes de almacenamiento y difusión de la

información.

6. Internet: Desarrollo, funcionamiento, organización, acceso y utilidad.

7. Principales aplicaciones de Internet a los servicios bibliotecarios.

8. Base de datos. Metodología, diseño y mantenimiento.

9. Implicaciones sociales y culturales de la innovación tecnológica en información y documentación: La sociedad de la información.

10. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública. Ambito de aplicación. Adquisición y pérdida de la condición de

funcionario. Derechos y deberes de los funcionarios.

11. La Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

12. Situación actual de la enseñanza superior en España, problemas, tendencias y perspectivas.

13. Legislación española sobre patrimonio artístico,

bibliográfico y documental. La Ley de Propiedad Intelectual.

14. El sistema español de investigación científica y desarrollo tecnológico, la Ley de la Ciencia y el Plan Nacional de I+D. El entorno europeo.

15. El sistema español de bibliotecas. Legislación y

competencia de las distintas administraciones.

ANEXO III

Declaración jurada/promesa

Don/Doña ................................................., con domicilio en ................................ y Documento Nacional de Identidad número .............., a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala de

Facultativos de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Jaén, declara bajo juramento o promete que no ha sido

separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas.

Jaén, ....... de ........... de 2002

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