Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 07/11/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 2 de octubre de 2002, de la Delegación Provincial de Huelva, dictada a los expedientes que se citan.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Doña M.ª Luis Faneca López, Delegada Provincial de la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía de Huelva, en virtud del presente, hago saber, que en esta Delegación Provincial se siguen expedientes sobre protección de menores números 93/21/0092, 93/21/0093 y 98/21/0053, relativos a los menores JVN, EVN y CVN, en el que se notifica al padre de los mismos don Eugenio Vilches Giménez, al desconocerse su actual paradero, a efectos de notificación de la Resolución donde se acuerda:

1. Formular ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente Propuesta Previa de Adopción de los menores JVN, EVN y CVN, nacidos en Huelva los días 8 de octubre de 1992 (los dos primeros por ser mellizos) y 4 de octubre de 1993, por parte de la familia seleccionada como idónea por esta Entidad Pública, cuyos datos se omiten a efectos de la oportuna reserva.

2. Mantener el ejercicio de la guarda de los mismos en la situación actual, en tanto se resuelve el expediente judicial de adopción.

Contra la presente Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva, por los trámites que establecen los arts. 779 y ss. de la LEC, sin perjuicio de poder formular con carácter potestativo, reclamación previa ante el Excmo. Sr. Consejero de Asuntos Sociales, de conformidad con lo que establecen los arts. 120 y ss. de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el art. 49, aptdo. 4, de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia, los interesados podrán solicitar, ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta ciudad, el reconocimiento de derecho a la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley

1/1996, de 10 de enero, el cual comprende, entre sus prestaciones, la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada Ley, se le reconocerá tal derecho de gratuidad. En caso contrario, estará obligado a abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de los profesionales designados.

Huelva, 2 de octubre de 2002.- La Delegada, M.ª Luisa Faneca López.

Descargar PDF