Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 09/11/2002

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Cádiz, por el que se somete a información pública la modificación de la declaración, en concreto, de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la línea AT 380 kV, D/C, con origen en la Central de Ciclo Combinado Campo de Gibraltar y final en la Subestación Pinar del Rey. San Roque (Cádiz). Expte. AT- 5324/00. (PP. 3198/2002).

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Mediante Resolución de 26 de abril de 2001, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, se obtuvo la autorización y declaración de utilidad pública en concreto de la Línea A.T. 380 kV, D/C, con origen en la Central de Ciclo Combinado «Campo de Gibraltar¯ y final en la Subestación «Pinar del Rey¯; dicha autorización y declaración, en concreto, de utilidad pública han sido otorgadas de acuerdo con la Ley

54/97, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, artículos 52,

53 y 54, y con el art. 8 y siguientes del Capítulo III del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas. Al amparo del mencionado cuerpo legal, se solicita la aprobación del proyecto de ejecución y la modificación de la declaración, en concreto, de utilidad pública de la mencionada línea, cuyas características principales son las siguientes:

Peticionario: Nueva Generadora del Sur, S.A., con domicilio social en Madrid, Avda. de San Luis, 77, 28033, Madrid. A efectos de notificaciones, se señala como domicilio C/ Orense,

58, 7.ª planta, 28020, Madrid.

Descripción de las instalaciones:

- Origen: Subestación C. Térmica de C.C. «Campo de Gibraltar¯.

- Final: Subestación de Pinar del Rey.

- Longitud total: 9,6 km (aérea).

- Término municipal afectado: San Roque.

- Sistema: Corriente alterna trifásica.

- Frecuencia: 50 Hz.

- Tensión nominal: 380 kV.

- Núm. de circuitos: 2.

- Núm. de conductores aéreos por fases: 2.

- Núm. de cables de tierra: Fibra óptica: OPGW.

- Tipo de aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio.

- Apoyos: Metálicos de celosía.

- Cimentaciones: Zapatas individuales.

- Puestas a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado.

Los tipos de afecciones motivadas por la construcción de la instalación proyectada son los siguientes:

A) Expropiación forzosa de la superficie de terreno ocupada por los apoyos fijos de sustentación y su correspondiente anillo subterráneo de puesta a tierra, y otras instalaciones fijas de superficie.

B) Servidumbres de paso aéreo de energía eléctrica sobre los terrenos afectados.

C) Ocupación temporal de los terrenos necesarios en la fase de ejecución de obra.

Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 56.4 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, las servidumbres de paso aéreo de energía eléctrica comprenden el libre acceso al predio sirviente de personal o elementos o maquinaria necesaria para la construcción, explotación, vigilancia, conservación, reparación y renovación de las instalaciones eléctricas proyectadas, sin perjuicio de la indemnización que, en su caso, pudieran corresponder al titular de los terrenos con motivo de los daños que, por dichas causas, se ocasionaren.

De conformidad con lo establecido en el artículo 54.1 de la citada Ley 54/1997, la declaración, en concreto, de utilidad pública podrá llevar implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los propietarios del terreno y demás

titulares afectados por la instalación, cuya relación completa se inserta al final de este anuncio. En esta relación se incluyen los afectados por la declaración, en concreto, de utilidad pública, obtenido por la Resolución de 26 de abril de

2001, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, que continúan siéndolo según el proyecto de ejecución para el que se solicita aprobación, y los nuevos afectados por dicho proyecto.

Los afectados incluidos en la declaración, en concreto, de utilidad pública obtenida por la Resolución de 26 de abril no incluidos en la relación publicada al final de este anuncio, se consideran no afectados por el proyecto de Línea A.T. 380 kV, D/C, con origen en la Central de Ciclo Combinado «Campo de Gibraltar¯ y final en la Subestación «Pinar del Rey¯, San Roque (Cádiz).

El Proyecto podrá ser examinado en las dependencias de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía en Cádiz, sita en Plaza de Asdrúbal, s/n, y, en su caso, presentarse por triplicado en dicho centro las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de treinta días, a partir de la inserción del presente anuncio.

Asimismo, la presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero, y a los efectos de notificación previstos en el artículo 59.4 del antedicho cuerpo legal.

Cádiz, 10 de octubre de 2002.- El Delegado, Agustín Barberá Salvador.

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