Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 30/11/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 5 de noviembre de 2002, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Los Guájares, de la provincia de Granada, de los bienes y derechos necesarios para llevar a cabo la ejecución de la obra Pavimentaciones y Accesos, incluida en los planes provinciales de obras y servicios para 1999, de la Diputación Provincial de Granada.

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El Ayuntamiento de Los Guájares, de la provincia de Granada, en la sesión plenaria celebrada el día 5 de abril de

2002, acordó iniciar expediente de expropiación forzosa de los terrenos necesarios para la realización de las obras de ejecución del proyecto denominado «Pavimentaciones y Accesos¯, así como aprobar la relación de bienes y derechos afectados.

La declaración de utilidad pública se entiende implícita, al amparo de lo establecido en el artículo 94 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, al tratarse de una obra incluida en el Plan Provincial de Obras y Servicios para 1999, de la Diputación Provincial de Granada.

Las circunstancias que motivan acudir a este procedimiento excepcional son la imposibilidad de acceder los vehículos a la zona baja del núcleo de población, que se asienta sobre una ladera del valle que forma el río de La Toba, teniendo las calles una pendiente muy pronunciada, siendo sinuosas, muy estrechas y con numerosos recovecos, por lo que el acceso rodado a todo el núcleo es imposible y, por tanto, servicios mínimos y esenciales como la recogida de residuos, emergencias sanitarias, servicios de atención médica y bomberos no tienen acceso. Se trata de facilitar la movilidad a todas las personas que, tanto por problemas de enfermedad como de edad, necesitan ser transportadas mediante vehículos, debiendo actualmente recorrer un trayecto hasta el punto más cercano, por lo que el proyecto pretende el acceso de forma directa.

Han sido identificados plenamente los servicios de ocupación y practicada la información pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 136, de fecha 17 de junio de 2002 y en el Diario Ideal de 18 de abril de 2002, sin que durante el plazo establecido al efecto se hubiesen presentado alegaciones.

Dado que las circunstancias relacionadas justifican debidamente el empleo de este procedimiento por parte del Ayuntamiento de Los Guájares, procede acceder a la solicitud formulada por la citada Corporación y declarar, en consecuencia, la urgente ocupación pretendida al entenderse cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en relación con el artículo 52 de la Ley.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de noviembre de 2002,

ACUERDA

Se declara la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, para el Ayuntamiento de Los Guájares, de la provincia de Granada, de los bienes y derechos afectados por la ejecución de la obra denominada «Pavimentaciones y Accesos¯, incluida en el Plan Provincial de Obras y Servicios para 1999, de la Diputación Provincial de Granada, dentro del mencionado término municipal, de conformidad con lo previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y cuya descripción es la siguiente:

Bien a expropiar: Polígono núm. 9, Parcela 129 sita en Paraje Vega.

Superficie a ocupar: 19,03 m¯.

Propietario: Don Francisco Medina Pérez. Domicilio: Prat de la Mota, núm. 9-13 (Hospitalet de Llobregat).

Bien a expropiar: Polígono 9. Parcela 168 sita en Paraje Vega.

Superficie a ocupar: 37,85 m¯.

Propietario: Doña Isabel Cano Hidalgo. Domicilio: C/ San Rafael, 24 (Los Guájares).

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o directamente recurso contencioso- administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 5 de noviembre de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación

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