Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 151 de 24/12/2002

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 29 de noviembre de 2002, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Vicesecretaría Segunda, clasificado de la clase primera, de la Diputación Provincial de Granada, mediante el sistema de libre designación.

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Vacante el puesto de trabajo de Vicesecretaría Segunda, de clase primera, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Excma. Diputación Provincial de Granada, aprobadas por la Diputación las bases de selección, mediante Resolución de la Diputada Delegada del Area de Recursos Humanos, el día 21 de noviembre de 2002 y acordada asimismo, su convocatoria, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen jurídico de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en relación con el artículo

11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Vicesecretaría Segunda, clasificado de clase primera, vacante en la plantilla de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Excma. Diputación Provincial de Granada.

BASES REGULADORAS PARA LA PROVISION DEL PUESTO DE TRABAJO DE VICESECRETARIA SEGUNDA, CLASE PRIMERA, DE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE GRANADA, MEDIANTE EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACION

Primera. Objeto de la convocatoria.

La convocatoria y sus bases tiene por objeto la regulación de la provisión del puesto de trabajo de Vicesecretaría Segunda, clase primera, de la Excma. Diputación Provincial de Granada con nivel 30 de complemento de destino -entre Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional mediante el procedimiento de libre designación conforme a lo previsto en los artículos 99.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley reguladora de las Bases de Régimen Local y 27 y siguientes del R.D. 1732/94, de 29 de julio.

Segunda. Requisitos que han de reunir los/las participantes. Podrán participar en la presente convocatoria los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Secretaría, categoría Superior, que no se encuentren en ninguna de las siguientes situaciones:

1. Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de Sentencia o Resolución Administrativa firme, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

2. Los funcionarios destituidos a que se refiere el artículo

148.5 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

3. Los funcionarios en las situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 29.3.c) y d) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

Tercera. Instancias y documentación.

Los interesados dirigirán sus solicitudes al Excmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Granada, las cuales habrán de presentarlas dentro del plazo de quince días naturales siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

La instancia solicitando tomar parte en la convocatoria expresará que los aspirantes reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. A la solicitud se acompañará relación de méritos, profesionales y académicos, en el que consten los títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudios, cursos, así como cualquier otro mérito que se estime oportuno poner de manifiesto, y su acreditación documental.

Los requisitos así como los méritos alegados deberán reunirse en la fecha de resolución de la convocatoria.

Cuarta. Proceso.

La Presidencia de la Diputación en el plazo de un mes, previa constatación de la concurrencia por los participantes de los requisitos exigidos en estas bases, resolverá la convocatoria a favor de quien considere más idóneo para el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria en relación a la naturaleza de sus funciones.

De la expresada resolución se dará cuenta al Pleno de la Corporación y traslado al órgano competente de la Comunidad Autónoma y a la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Administraciones Públicas, para anotación y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Quinta. Toma de posesión.

El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles o de un mes, según los aspirantes designados vinieren desempeñando o no sus anteriores puestos de trabajo en la ciudad de Granada. La precedente norma de carácter general, se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 32.2 del R.D. 1732/94, de 29 de julio.

Sexta. Regulación supletoria e impugnaciones.

En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, en lo que proceda, el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional. La presentación de solicitud para participar en la provisión de los puestos de trabajo a que se refieren estas bases, comporta su plena aceptación.

Las bases, su convocatoria, y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y formas establecidos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A N E X O

PUESTO DE VICESECRETARIO SEGUNDO

- Corporación. Diputación Provincial de Granada.

- Denominación y clase del puesto: Vicesecretario Segundo.

- Funcionario con habilitación de carácter nacional: Subescala Secretaría, categoría superior.

- Nivel de complemento de destino: 30.

- Complemento específico: 15.297,60 euros.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso

contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de noviembre de 2002.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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