Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 31/12/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM ONCE DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 268/2002. (PD. 3826/2002).

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Número de Identificación General: 4109100C20020008081. Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 268/2002. Juzgado: Juzgado de Primera Instancia Núm. Once de Sevilla. Juicio: Proced. Ordinario (N) 268/2002.

Parte demandante: Eduardo Miguel Rodríguez Pavón. Parte demandanda: Híspalis de Construcciones, S.A. Sobre: Proced. Ordinario (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En la ciudad de Sevilla, a 30 de septiembre de 2002.

Vistos por el Ilmo. señor Don Francisco Berjano Arenado, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Núm. Once de esta ciudad los presentes autos núm. 268/02 de juicio declarativo ordinario sobre otorgamiento de escritura pública seguidos entre partes, de la una, como demandante, don Eduardo Miguel Rodríguez Pavón, representado por el Procurador de los Tribunales don Miguel Angel Márquez Díaz, y defendido por el Letrado don José Carlos Blandino Francés, y como demandada, la Entidad Híspalis de Construcciones, S.A., en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales don Miguel Angel Márquez Díaz en nombre y representación de don Eduardo Miguel Rodríguez Pavón, debo condenar y condeno a la Entidad Híspalis de Construcciones, S.A., en situación procesal de rebeldía, a que proceda a elevar a público el contrato privado de compra-venta suscrito en la actora con fecha 19 de diciembre de 1979 de la vivienda sita en la calle Galicia núm. 3, 5.º C de Camas, en Sevilla, y todo ello con expresa imposición de las costas a la demandada.

Contra esta sentencia cae recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de 5 días a partir de su notificación, debiendo ser preparado y, en su caso, interpuesto ante este Juzgado.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de hoy el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos

156.4, 164 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

Sevilla, 21 de octubre de 2002.- El/La Secretario/a Judicial.

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