Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 09/02/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. DIES DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento de menor cuantía núm. 741/2001. (PD. 286/2002).

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E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Menor Cuantía 74/2001-5, seguido en el Juzgado de Primera Instancia Número Diez de Sevilla a instancia de doña María Alonso Carrera contra Rafael Navas Sánchez y Caser Seguros sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Sevilla, a 4 de junio de 2001, vistos por don Rafael Sarazá Jimena, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de esta ciudad, los presentes autos de juicio de menor cuantía núm. 74/2001-5, seguidos a instancias de doña María Alonso Carrera, con DNI 28.228.744, representada por la Procuradora doña Pilar Penella Rivas, y asistida por el Letrado don Daniel Suriñach Muñoz, contra la Compañía Aseguradora "Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. (Caser)", con CIF A-28013050, representado por el Procurador don Jaime Cox Meana y asistido de Letrado/a, y contra don Rafael Navas Sánchez, con domicilio en Sevilla, C/ Andrés Segovia, núm. 13, en rebeldía.

F A L L O

Que con estimación parcial de la demanda promovida por doña María Alonso Carrera contra don Rafael Navas Sánchez y entidad aseguradora Caser, debo declarar y declaro que los demandados adeudan solidariamente a la parte actora la cantidad de setecientas veintiséis mil veintiséis pesetas (726.026 ptas.), condenándoles a estar y pasar por esta declaración y, en consecuencia, a que paguen a la parte actora la referida cantidad, con los intereses determinados en el fundamento de derecho penúltimo, sin hacer expresa imposición de costas.

Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días, mediante la presentación en este Juzgado de preparación de dicho recurso.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Rafael Navas Sánchez, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a diecinueve de diciembre de dos mil uno.- El/La Secretario.

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