Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 23/02/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 1 de febrero de 2002, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Alcalá de Guadaira (Sevilla). (PP. 380/2002).

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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto

266/1988, de 2 de agosto, en la redacción dada por el Decreto

137/2000, de 16 de mayo,

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

UNION LOCAL DE AUTONOMOS DEL TAXI. ALCALA

DE GUADAIRA (SEVILLA)

Tarifas autorizadas

ConceptoIVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera0,90 euros

Km recorrido0,62 euros

Hora de parada o espera13,51 euros

Carrera mínima2,47 euros

Tarifa 2

Bajada de bandera1,12 euros

Km recorrido0,75 euros

Hora de parada o espera16,90 euros

Carrera mínima3,10 euros

La tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

a) Servicios realizados en sábados, domingos y festivos de 0 a

24 horas.

b) Servicios nocturnos realizados en días laborables de 22 a 6 horas.

c) Servicios realizados durante la Semana Santa desde las 22 horas del Martes Santo.

d) Servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero.

e) Servicios realizados en días de feria.

Suplementos (no aplicables a servicios interurbanos):

- Por cada maleta o bulto de más de 60 cm: 0,35 euros.

- Servicios realizados en los días de feria, de 22 a 6 horas, se aplicará la tarifa 2 más el 25% de lo marcado en la misma.

Suplementos especiales sobre lo marcado en taxímetro:

- Centro penitenciario Alcalá: 1,10 euros.

- Residentes Ciudad San Juan de Dios: 0,57 euros.

- Visitas y trabajadores Ciudad San Juan de Dios: 1,10 euros.

- Polígonos industriales en la margen derecha en dirección a Sevilla: 0,91 euros.

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los

artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 1 de febrero de 2002.- El Viceconsejero, José

Salgueiro Carmona.

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