Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 12/01/2002

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM.3 DE ALGECIRAS

EDICTO dimanante del procedimiento de menor cuantía 10/2001. (PD. 13/2002).

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NIG: 11035003200100004.

Procedimiento: Menor Cuantía 10/2001. Negociado: A. Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Bankinter.

Procurador: Villanueva Nieto, José Pablo. Letrado/a: Sr./a

Contra: Don Juan Manuel Herrero Aleixandre y Dominique Vulliez- Sermet Starace.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Menor Cuantía 10/2001, seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia núm. Tres de Algeciras a instancia de Bankinter contra Juan Manuel Herrero Aleixandre y Dominique Vuilliez-Sermet Starace sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia. En Algeciras, a treinta de julio de dos mil uno. Vistos por el Ilmo. Sr. don José Guillermo Nogales Cejudo, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de esta Ciudad, los presentes autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos a instancia de Bankinter, S.A., representada por el Procurador Sr. Villanueva Nieto y asistida por el Letrado Sr. contra don Juan Manuel Herrero Aleixandre y doña Dominique Vulliez-Sermet Starace.

Fallo: Que estimando la demanda formulada por la representación procesal de la mercantil Bankinter, S.A., contra don Juan Manuel Herrero Aleixandre y Dominique Vulliez-Sermet Starace, debo condenar y condeno a los demandados a abonar a la actora la cantidad de cuatro millones mil seiscientas dieciocho pesetas (4.001.618 pesetas), más los intereses de demora desde la fecha de la interpelación judicial y las costas procesales. Se condena a la parte demandada al abono de las costas procesales. Al notificar esta sentencia a las partes, hágaseles saber que la misma no es firme y contra ella podrán interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días para su resolución por la Audiencia Provincial de Cádiz. Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Juan Manuel Herrero Aleixandre y Dominique Vulliez- Sermet Starace, extiendo y firmo la presente en Algeciras a quince de noviembre de dos mil uno.

El Secretario.

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