Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 09/05/2002

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Otros. AYUNTAMIENTO DE RONDA

ANUNCIO de corrección de errores.

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A N U N C I O

El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Ronda, mediante Decreto 9/2002, de 1 de abril, adoptó la resolución que a continuación se transcribe:

DECRETO 9/2002

Advertidos errores en la Resolución de Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Ronda aprobada mediante Decreto 40/2001, de 27 de noviembre de 2001, publicada en el BOP de Málaga núm. 31, de

14 de febrero, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 24, de 26 de febrero, corrección de errores en el BOP de Málaga núm. 51, de 15 de marzo, y BOJA núm. 34, de 21 de marzo, por la que se aprueban la Convocatoria y Bases Generales y Especiales que han de regir la provisión en propiedad de las plazas vacantes en la plantilla de personal, incorporadas a la Oferta de Empleo Público 2000 y 2001, turno libre y promoción interna, y en virtud de las facultades que me atribuyen las disposiciones vigentes, acuerdo la corrección de la citada Resolución en lo siguiente:

Primero. En el Título I «Bases generales¯, Capítulo III «Solicitudes¯, punto 8, añadir al final de dicho punto lo siguiente: «De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de

7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, en la Disposición Adicional 19.ª de la Ley 23/88, de 23 de julio, que modifica la Ley 30/84, de 2 de agosto, sobre Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en la Ley 1/99, de la Junta de Andalucía, de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, se reserva una plaza entre las vacantes para ser cubiertas por personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%. La opción a las plazas reservadas al amparo de esta disposición habrá de formularse en la solicitud con declaración expresa de los interesados de reunir la condición exigida al respecto y documentación que lo acredite. Posteriormente, el Ayuntamiento solicitará informe al órgano competente a fin de que determine si la minusvalía acreditada por el interesado le capacita para desempeñar las funciones de la plaza a la que opta. Dicho informe, de carácter vinculante, deberá ser emitido con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas. Se reserva para este turno 1 plaza de la convocatoria prevista en el Anexo II, Auxiliar Administrativo.

No se admitirán exclusiones por limitaciones físicas y/o psíquicas salvo en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

En las pruebas selectivas, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización. Los interesados deberán formular la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria. Sin perjuicio de lo anterior, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con los aspirantes de acceso libre.¯

Segundo. En el Anexo II: Auxiliares Administrativos, en el punto 1, donde dice: «Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 4 plazas de Auxiliar Administrativo¯; debe decir: «Es objeto de la presente convocatoria 4 plazas de Auxiliar Administrativo, de las cuales se reserva 1 para minusválidos, encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, perteneciente al Grupo D.¯

Tercero. En el Anexo XII: Donde dice: «Agentes de la Policía Local¯, debe decir: «Policía Local¯.

- En la base Primera, donde dice: «Constituye objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 6 plazas de Agentes de la Policía Local, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase de Policía Local y sus Auxiliares, Grupo D. Derechos de examen: 12,02 euros¯, debe decir: «Constituye objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 6 plazas de Policía Local, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase de Policía Local, Grupo C, sólo a efectos retributivos, si bien se exige la titulación de Graduado Escolar o equivalente, de acuerdo con la Disposición Transitoria Primera de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de

Andalucía. Derechos de examen: 18,03 euros.¯

- En la base segunda añadir el apartado «i) Compromiso de conducir vehículos policiales¯.

- En la base tercera: Tribunal Calificador donde dice: «dos representantes de la Corporación designados por el Pleno¯, debe decir: «un representante de la Corporación designado por el Pleno¯.

- El contenido de la base sexta del Anexo XII debe sustituirse por lo siguiente: «Sexta. Funcionarios en prácticas. Expirado el plazo de presentación de documentos y resueltas las

incidencias que hubieran podido plantearse, el Sr. Alcalde propondrá para realizar el curso de ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía a aquellos opositores propuestos por el Tribunal que hayan presentado la documentación en regla. Los cuales tendrán durante la realización del mismo la

consideración de funcionarios en prácticas. Dichos aspirantes deberán superar el curso de ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, de conformidad con los artículos 42 y 43 de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Andalucía y el artículo 3 del Decreto 196/1992, de 23 de noviembre, de selección, formación y movilidad de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía.¯

- En las bases séptima y octava todas las referencias que se hace a: Cursos de capacitación, deben entenderse referidas a «Curso de Ingreso¯.

- En la base séptima debe añadirse lo siguiente: «Conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 13/2001, de Coordinación de Policías Locales de Andalucía, estarán exento de realizar los cursos de ingreso quienes hubieran superado el

correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en las Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o escuelas

concertadas. Exención que tendrá una duración de cinco años a contar desde la superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación da la fase de oposición.¯

- En el Anexo III: Reconocimiento del Anexo XII, debe

eliminarse del punto 3. Exclusiones definitivas, la Queratomía radial.

Cuarto. En el Anexo XIII Agente de la Policía Local, debe decir: «Anexo XIII Policía Local¯, en la base primera del mismo Anexo, donde dice: «Constituye el objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 1 plaza de Agente de la Policía Local y sus auxiliares, Grupo D¯; debe decir: «Constituye el objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 1 plaza de Policía Local, clasificada Grupo C, sólo a efectos retributivos, si bien se exige la titulación de Graduado Escolar o Equivalente, de acuerdo con la Disposición Transitoria Primera de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía¯, y donde dice: «Derechos de examen: 12,02 euros¯, debe decir: «Derechos de examen: 18,03 euros¯.

- En la base quinta: Tribunal Calificador, donde dice: «dos representantes de la Corporación designados por el Pleno¯, debe decir: «un representante de la Corporación designado por el Pleno¯.

Quinto. En el Anexo XIV: Cabo de la Policía Local, debe decir: «Oficial de la Policía Local¯.

- En al base primera de dicho Anexo, donde dice: «Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 2 plazas de Cabo de la Policía Local...¯; debe decir: «Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 2 plazas de Oficial de la Policía Local, por promoción interna, vacante en la plantilla de funcionarios de este Excmo. Ayuntamiento, e incluida en la Oferta de Empleo Pública para el año 2000, las plazas están encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Categoría Oficial, Grupo C, sólo a efectos retributivos, si bien se exige la titulación de Graduado Escolar o equivalente, de acuerdo con la Disposición Transitoria Primera de la Ley

13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía¯, y donde dice: «Derechos de examen: 12,02 euros¯, debe decir: «Derechos de examen: 18,03 euros¯.

- En la base quinta: Tribunal Calificador, donde dice: «dos representantes de la Corporación designados por el Pleno¯, debe decir: «un representante de la Corporación designado por el Pleno¯.

Ronda, 1 de abril de 2002.- El Alcalde.

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