Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 01/08/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 11 de julio de 2002, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se conceden subvenciones a Entidades Locales en materia de Infraestructura Turística, al amparo de la Orden y Resolución que se citan, convocatoria año 2002.

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Según lo dispuesto en la Orden de 22 de diciembre de 2000, por la que se regula el procedimiento general para la concesión de subvenciones en materia de Infraestructura Turística, la Dirección General de Planificación Turística realizó la convocatoria relativa al ejercicio 2002, por Resolución de 19 de diciembre de 2001 (BOJA núm. 10, de 24 de enero de 2002).

Examinadas las solicitudes y documentación presentadas por las Corporaciones Locales, y seleccionadas las que cumplen los requisitos según los criterios de valoración establecidos en el art. 7.º de la Orden y en el apartado 1.3 de la Resolución, por la presente Resolución se resuelve dicho procedimiento.

Existe crédito suficiente en las aplicaciones presupuestarias que se indican a continuación, con cargo a las cuales se financiarán las subvenciones concedidas con la siguiente distribución de anualidades

0.1.14.00.01.18.765.03.75B.4

3.1.14.00.01.18.765.03.75B.8.2003

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con las competencias delegadas por el art. 11 de la Orden ya citada de 22 de diciembre de 2000, esta Delegación Provincial

RESUELVE

Primero. Conceder a las Entidades Locales que se relacionan en el Anexo de la presente Resolución las siguientes subvenciones, por los importes, con el objeto, plazo y demás condiciones que, asimismo, se especifican.

Segundo. El importe definitivo de las subvenciones concedidas se liquidará aplicando al coste de la actividad o inversión efectivamente realizada, según justificación, el porcentaje que, en cada caso, resulta entre la inversión prevista y la cuantía de la subvención concedida.

Tercero. Los proyectos subvencionados deberán estar ejecutados en su totalidad en los plazos que se indican en el Anexo a la presente Resolución, computados en la forma establecida en los respectivos Convenios de Colaboración. Las Entidades beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa de la inversión objeto de estas subvenciones, en el plazo de tres meses, a partir del término establecido para la realización de la misma.

Cuarto. El abono de la subvención se realizará de la siguiente forma: El 75% se abonará por esta Delegación Provincial a la suscripción del Convenio previsto en el art. 11.4 de la Orden citada; el 25% restante se abonará a la presentación del certificado final de obra o de las facturas por el total de la obra ejecutada, aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento u órgano competente de la Entidad Local.

Quinto. Los proyectos subvencionados deberán quedar afectos al uso turístico previsto durante el plazo mínimo de cinco años, contados a partir de la fecha de terminación de la actuación.

Sexto. Las Entidades Locales beneficiarias estarán sometidas a los requisitos y condiciones impuestos por la presente Resolución, así como al cumplimiento estricto de las obligaciones impuestas en la Orden de 22 de diciembre de 2000. En caso de incumplimiento, procederá la revocación de la subvención concedida, con pérdida de los beneficios obtenidos, reintegro de las cantidades percibidas y exigencia del interés de demora, en su caso, de acuerdo con lo previsto en la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Séptimo. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de estas subvenciones y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la presente Resolución o, en su caso, a su revocación.

Octavo. Se señala que la Unión Europea cofinancia estos proyectos a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), según establece el apartado 1.º de la Resolución de la convocatoria.

Las Entidades Locales, una vez realizada la inversión a que se refiere la Resolución, se compromete a mantenerla en

funcionamiento, garantizando la correcta dotación de personal, mobiliario y enseres.

Noveno. Publíquese la presente Resolución en la forma prevista en el art. 109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Asimismo, se indica que la publicación de esta Resolución sustituye la obligatoriedad de notificación individualizada a los interesados, de conformidad con los arts. 59.5 y 60 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, o bien, directamente, recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Granada, 11 de julio de 2002.- El Delegado, P.S. (Decreto

21/85), Miguel Angel Olalla Ferrer.

ANEXO

Núm. de expediente: CCLL/INF-GR-03/02.

Entidad Local: Ayuntamiento de Polopos-La Mamola.

Localidad: Polopos.

Importe de la inversión: 9.683,00 E.

Importe de la subvención: 6.778,00 E.

Objeto: Embellecimiento al núcleo de población de Castillo de Baños.

Fecha de inicio: 24 de julio de 2002.

Plazo de ejecución: Dos meses.

Núm. de expediente: CCLL/INF-GR-07/02.

Entidad Local: Ayuntamiento de Baza.

Localidad: Baza.

Importe de la inversión: 181.045,92 E.

Importe de la subvención: 100.000,00 E.

Objeto: Embellecimiento de zonas con procedimiento incoado para su catalogación como conjunto histórico (calle y plaza de San Sebastián y barrio de San Juan), tratamiento de fachadas, eliminación de cableado y pavimentación peatonal.

Fecha de inicio: 24 de julio de 2002.

Plazo de ejecución: Doce meses.

Núm. de expediente: CCLL/INF-GR-15/02.

Entidad Local: Ayuntamiento de Salobreña.

Localidad: Salobreña.

Importe de la inversión: 195.656,20 E.

Importe de la subvención: 130.000,00 E.

Objeto: Iluminación de la Iglesia Nuestra Señora del Rosario y Torre.

Fecha de inicio: 24 de julio de 2002.

Plazo de ejecución: Cinco meses.

Núm. de expediente: CCLL/INF-GR-23/02.

Entidad Local: Diputación Provincial de Granada.

Localidad: Granada.

Importe de la inversión: 310.862,07 E.

Importe de la subvención: 155.431,00 E.

Objeto: Señalización Turística 5.ª Fase.

Fecha de inicio: 24 de julio de 2002.

Plazo de ejecución: Cinco meses.

Núm. de expediente: CCLL/INF-GR-31/02.

Entidad Local: Ayuntamiento de Guadix.

Localidad: Guadix.

Importe de la inversión: 52.271,53 E.

Importe de la subvención: 35.000,00 E.

Objeto: Mirador en el Cerro de la Bala.

Fecha de inicio: 24 de julio de 2002.

Plazo de ejecución: Seis meses.

Núm. de expediente: CCLL/INF-GR-34/02.

Entidad Local: Entidad Local Menor de Torrenueva.

Localidad: Torrenueva.

Importe de la inversión: 43.319,56 E.

Importe de la subvención: 30.324,00 E.

Objeto: Acondicionamiento y mejora del paseo marítimo: Plaza de San Juan de la Cruz.

Fecha de inicio: 24 de julio de 2002.

Plazo de ejecución: Cuatro meses.

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