Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 07/07/2003

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 20 de junio de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia (turno libre), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden de 19 de julio de 2001, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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De conformidad con lo establecido en los artículos 454, 455 y 494.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como con el artículo 23 del Reglamento Orgánico de los cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes aprobado por Real Decreto/1996, de 16 de febrero, esta Secretaría General Técnica, ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales que se relacionan en Anexo I a los funcionarios del cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia (turno libre) nombrados por Resolución de 20 de junio de 2003, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero. Los Oficiales de la Administración de Justicia a los que se otorga destino deberán tomar posesión de su cargo dentro de los veinte días naturales siguientes al de la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero.

Segundo. Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán con la toma de posesión del titular.

Tercero. En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1974, de 2 de diciembre) aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del art. 489 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio; artículo único de la Ley Orgánica 1/1985, de 18 de enero y artículos 79 y concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero), aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios públicos deberán manifestar opción en el acta de toma de posesión.

Cuarto. Los Oficiales de la Administración de Justicia a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias (artículo 23 del Reglamento Orgánico) no podrán participar en concurso de traslado hasta que transcurra un año desde que fueron nombrados, de acuerdo con lo establecido en el art. 495.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial.

Quinto. Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 30 de abril de 2003 (BOE 20.5.2003), no adjudicadas en dicha Resolución, mantienen su condición de desiertas, por lo que se ofertarán a los aspirantes que superen las pruebas selectivas convocadas mediante Orden de 30 de abril de 2002.

Contra la presente Resolución, podrán los interesados formular recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de los dos meses siguientes, contados a partir de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Sevilla, 20 de junio de 2003.- El Secretario General Técnico, Carlos Toscano Sánchez.

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