Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 14/07/2003

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 8 de julio de 2003, por la que se convocan becas para la formación de expertos en Comercio Exterior para el año 2003.

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La Orden de 13 de septiembre de 2001 estableció las normas reguladoras de la concesión de becas para la formación de expertos en comercio exterior, que rigen con carácter indefinido las convocatorias anuales de becas a conceder por la Consejería de Economía y Hacienda que puedan efectuarse, y señala que las convocatorias se limitarán a especificar el contenido mínimo indispensable que se determina en el artículo

8.2 de la citada Orden.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

D I S P O N G O

Primero. Convocatoria de becas para el año 2003.

Se convocan becas para la formación de expertos en comercio exterior, con arreglo a las siguientes condiciones:

a) La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 13 de septiembre de 2001, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas para la formación de expertos en comercio exterior (BOJA núm., de 18 de septiembre de 2001), sin perjuicio de la aplicación de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y demás normas que procedan.

b) Número de becas que se convocan: 15.

c) Cuantía bruta total de las becas, conforme a lo previsto en el artículo.2.a) de la Orden referida: Entre 33.656,68 euros y

39.666,80 euros, independientemente de la aportación de la entidad colaboradora en la formación, desglosadas en la siguiente forma:

- Entre 27.646,56 euros y 33.656,68 euros para la primera fase de la beca.

-.010,12 euros en la segunda fase de la beca.

d) Plazo de presentación de las solicitudes: Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

e) Publicación de actos y resoluciones: Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todos los interesados se publicarán en el tablón de anuncios de la Consejería de Economía y Hacienda, sito en calle Juan Antonio de Vizarrón, s/n, Edificio Torretriana, planta baja, de Sevilla, y en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda, en los términos del artículo

59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo.4 de la Orden de 13 de septiembre de 2001 antes referida, cuando se trate de los requerimientos de subsanación y de la resolución que pone fin al procedimiento, se publicará simultáneamente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía un extracto del contenido de la resolución o acto, indicando el tablón o los tablones de anuncios referidos en el párrafo anterior donde se encuentra expuesto su contenido íntegro y, en su caso, el comienzo del cómputo del plazo de que se trate, que se computará a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación en dicho Boletín Oficial.

f) Determinaciones exigidas en el artículo 10 de la Orden de 13 de septiembre de 2001:

- Número máximo de aspirantes que pueden acceder al curso selectivo de formación: 30.

- Número mínimo de horas lectivas del curso selectivo de formación: 120.

- Número máximo de seleccionados de la relación referida en la letra d), del apartado 1, del artículo 10 de la Orden referida:

30.

g) Otras determinaciones.

1. Conforme a lo previsto en el artículo 8.2.g) de la Orden de

13 de septiembre de 2001 y en el artículo 18.2 de la Ley

9/2002, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2003, la solicitud deberá acompañarse también de una declaración expresa responsable relativa a que sobre el solicitante no ha recaído resolución administrativa o judicial firme de reintegro o, en su caso, acreditarse su ingreso, aplazamiento o fraccionamiento.

2. Información o publicidad.

De conformidad con lo establecido en el artículo 18.11 de la Ley 9/2002, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2003, los becarios deberán hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad objeto de la beca que dicha actividad está subvencionada por la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.

Asimismo, al estar estas becas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, los beneficiarios deberán cumplir con las disposiciones que sobre información y publicidad se dicten por la Unión Europea.

Segundo. Entidades colaboradoras en la formación.

El plazo de presentación de solicitudes para adquirir la condición de entidad colaboradora en la formación será el comprendido desde el 1 de abril al 30 de junio de 2004, ambos inclusive.

La aportación de la entidad al becario será de 2.404,05 euros.

Tercero. Efectos.

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de julio de 2003

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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