Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 23/07/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 30 de junio de 2003, de la Delegación del Gobierno de Huelva, por la que se aprueba la transferencia a la Diputación Provincial de Huelva en concepto de Planes Provinciales de Obras y Servicios para el ejercicio 2003.

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En el marco de lo dispuesto en la Ley 11/1987, de 26 de diciembre, de relaciones entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y las Diputaciones Provinciales, el Decreto 131/1991, de 2 de julio, establece en su artículo 8 los criterios con arreglo a los cuales se distribuirá entre las Diputaciones Provinciales la aportación de la Comunidad Autónoma de Andalucía para los planes provinciales de obras y servicios de competencia municipal.

Con base a dichos criterios, la Orden de 9 de enero de 2003 de la Consejería de Gobernación (BOJA número 17, de 27 de enero), establece la distribución entre las Diputaciones Provinciales de Andalucía de la aportación de la Junta de Andalucía a los Planes Provinciales de Obras y Servicios para 2003, delegando en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía dentro de su correspondiente ámbito territorial, la competencia para dictar la resolución por la que se apruebe la transferencia a su respectiva Diputación Provincial, así como la aprobación del gasto, su compromiso y liquidación, interesando de la Consejería de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes.

En su virtud y en uso de las facultades que me confiere el artículo 43 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 9 de enero de 2003.

R E S U E L V O

Primero. Aprobar la transferencia a la Diputación Provincial de Huelva, por importe de un millón trescientos cinco mil seiscientos cincuenta y cuatro euros con setenta y tres céntimos (1.305.654,73) correspondiente a la aportación de la Junta de Andalucía al Plan Provincial de Obras y Servicios, para 2003.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria

76512.81A.6, el gasto correspondiente a la citada transferencia, que se compromete con carácter plurianual, y se hará efectiva mediante el abono de un primer pago correspondiente al 75% de su importe, con cargo al ejercicio

2003, librándose el 25% restante, con cargo al ejercicio 2004.

Tercero. Dada la naturaleza jurídica de las transferencias, el documento de pago correspondiente se efectuará en firme.

No obstante, y únicamente a los efectos de que por el órgano gestor se tenga constancia de la recepción de los fondos, en el plazo de un mes contado a partir de la materialización del segundo pago, la entidad beneficiaria, remitirá a esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva, certificación en la que se acredite el ingreso de la transferencia con indicación del número del correspondiente asiento contable practicado, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.2 de la Orden de 9 de enero de 2003.

La presente Resolución que se dicta por Delegación del Consejero de Gobernación, pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma recurso potestativo de reposición ante este órgano administrativo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente o podrá interponerse contra la misma, directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en la Ley reguladora de dicha jurisdicción, de conformidad con lo establecido en el artículo

116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Huelva, 30 de junio de 2003.- El Delegado del Gobierno, Juan José López Garzón.

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