Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 04/08/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 224/2003, de 22 de julio, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Trebujena (Cádiz), de una parcela sita en el Pago de La Carrera de la citada localidad, con destino a Centro de Atención Socioeducativa (Guardería Infantil); y se adscribe al Instituto Andaluz de Servicios Sociales.

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Por el Ayuntamiento de Trebujena (Cádiz) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela ubicada en el Pago de La Carrera de dicho municipio, en la carretera de Lebrija, con destino a Centro de Atención Socioeducativa (Guardería Infantil).

Por la Consejería de Asuntos Sociales se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización y atención de la infancia local.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 22 de julio de 2003, DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Trebujena (Cádiz) de una parcela, con 2.904 m de superficie, que será segregada de la siguiente finca: Parcela de terreno sita en Trebujena, en el Pago de La Carrera, con superficie de 3.614,12 m. Linda: frente, carretera comarcal que une Trebujena con Lebrija; izquierda, finca reservada por Muebles José Mari, S.L.; derecha, Francisco Robredo Caballero; y, fondo, camino rústico.

La finca matriz consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Sanlúcar de Barrameda, libre de cargas y a favor del Ayuntamiento de Trebujena, al folio 132 del tomo 1.214, libro

102, finca núm. 4.864.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley de Patrimonio, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela donada, que se adscribe al Instituto Andaluz de Servicios Sociales con destino a Centro de Atención Socioeducativa (Guardería Infantil).

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 22 de julio de 2003

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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