Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 157 de 18/08/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 30 de julio de 2003, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, con carácter genérico, el antiguo Convento de María Auxiliadora de Puebla de Guzmán (Huelva).

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 12.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos, los de "afianzar la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad", atribuyendo a la misma en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, se crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndosele a la Consejería de Cultura la formación y conservación del mismo.

El Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 5.1 del citado Reglamento, el titular de la Dirección General de Bienes Culturales el órgano competente para incoar y tramitar los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. Por Resolución de 1 de junio de 1999 (BOJA número 73, de 26 de junio), se delegó en las Delegaciones Provinciales la competencia para tramitar dichos procedimientos.

II. El Antiguo Convento de María Auxiliadora de Puebla de Guzmán, antes Beaterio de la Orden Tercera de San Francisco, posee un indudable valor histórico siendo uno de los escasos ejemplos de arquitectura religiosa conventual onubense del siglo XVIII.

Por lo cual, a la vista de la propuesta formulada por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, del Patrimonio Histórico de Andalucía, y en el ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 5.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía y en el artículo 5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de

7 de febrero

RESUELVO

Primero. Incoar el procedimiento para la inscripción, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, el Antiguo Convento de María Auxiliadora de Puebla de Guzmán (Huelva) que se describe en Anexo a la presente Resolución.

Segundo. Proceder a la anotación preventiva del Bien en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Tercero. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del Bien, que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Así mismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

Cuarto. Continuar la tramitación del procedimiento de acuerdo con las disposiciones en vigor. La tramitación del procedimiento se llevará a cabo por la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura en Huelva.

Quinto. Ordenar que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de julio de 2003.- El Director General, Julián Martínez García.

ANEXO

IDENTIFICACION

Denominación principal: Antiguo Convento de María Auxiliadora.

Otras denominaciones: Beaterio de la Orden Tercera de San Francisco de Nuestra Señora de los Milagros.

Localización: Manzana 46458, parcelas 22 y 23 parcialmente, según se representa de modo gráfico en plano adjunto. C/ Eustaquio Carbajo, número 14. Puebla de Guzmán (Huelva).

DESCRIPCION

El que fue Convento de María Auxiliadora de Puebla de Guzmán responde a la tipología característica de la arquitectura conventual, constando de iglesia, claustro, dependencias alrededor de éste y huerto.

El estilo es barroco, sobrio y austero, totalmente acorde con su función, traduciendo fielmente las reglas de pobreza y humildad de las beatas franciscanas a las que se debe la existencia del inmueble.

La iglesia, de sencilla fachada con puerta adintelada y espadaña de dos arcos rematada por frontón partido, es de una nave, con cabecera semicircular algo elevada y coro alto a los pies. Interiormente presenta cubierta de madera, moderna, salvo la zona del antealtar cubierta con cúpula, de mayor altura que el resto, según es perceptible al exterior.

Interiormente la parte inferior de los muros, salvo en los pies y la cabecera, conserva un zócalo de azulejos con motivos geométricos y florales posiblemente realizados en Portugal a mediados del siglo XIX. La solería, de mármol blanco y negro, se data por una inscripción existente bajo la mesa del altar en 1887.

En el lado izquierdo del altar abre una puerta que comunica con la sacristía, de planta cuadrada, en la que se encuentra el único acceso ahora existente a las dependencias conventuales.

La zona conventual, actualmente muy deteriorada, se organiza en torno a un claustro cuadrado de dos alturas. En la planta inferior se forma una galería con dos arcos carpaneles, en cada lado, apoyados sobre gruesos pilares con pilastras adosadas; en la superior se abren ventanas en correspondencia con los arcos inferiores.

Tras el claustro se encuentra lo que fue el huerto del convento, destinado al cultivo de productos para el autoabastecimiento de la Comunidad.

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