Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 170 de 04/09/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 30 de julio de 2003, de la Secretaría General de Universidades e Investigación, de modificación de la de 30 de julio de 2000, por la que se adjudican las ayudas para apoyar a los Grupos de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de Andalucía convocadas por Orden que se cita.

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Por Orden de 20 de diciembre de 2000, de la Consejería de Educación y Ciencia, se convocaron con cargo al III Plan Andaluz de Investigación ayudas a las Universidades y Centros de Investigación de Andalucía para apoyar a los grupos de Investigación y Desarrollo Tecnológico andaluces (BOJA núm. 8 de 20 de enero de 2001).

Mediante Resolución de 30 de julio de 2001, de la Secretaría General de Universidades e Investigación, se adjudicaron las ayudas convocadas.

Contra la Resolución citada en el párrafo anterior, se interponen, por las Universidades y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, ante la Secretaría General de Universidades e Investigación, diversos recursos potestativos de reposición.

Revisadas las solicitudes objeto de reclamación, siguiendo el procedimiento legal oportuno, de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Evaluación Científica y Tecnológica y mediante Resolución de 20 de febrero de 2002, del Secretario General de Universidades, se estiman parcialmente los recursos de reposición interpuestos.

En base a todo lo anterior y al objeto de incrementar las ayudas concedidas inicialmente, respecto de las reclamaciones estimadas, se dicta Resolución de 2 de abril de 2002, de la Secretaría General de Universidades e Investigación por la que se modifica la Resolución de 30 de julio de 2001, por la que se adjudican las ayudas para apoyar a los grupos de investigación y desarrollo tecnológico de la Comunidad Autónoma de Andalucía, convocadas por Orden de 20 de diciembre de 2000.

Revisada de oficio la Resolución de 2 de abril de 2002, se observa que por un error aritmético, en el total a incrementar en la Universidad de Sevilla, no se ha imputado el importe de

559,95 euros, correspondiente a la ayuda del grupo FQM 239.

Por todo lo anterior, de conformidad con el apartado 2 del artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, esta Secretaría General, de acuerdo con las atribuciones conferidas,

R E S U E L V E

Incrementar la ayuda concedida a la Universidad de Sevilla en

559,95 euros, quedando por tanto el importe definitivo de ayuda concedido a esta Universidad de 5.032,05 euros.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería Educación y Ciencia en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos

107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley

4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso administrativo, ante la

Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14, y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

Sevilla, 30 de julio de 2003.- El Secretario General de Universidades e Investigación, Francisco Gracia Navarro.

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