Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 174 de 10/09/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ACUERDO de 2 de septiembre de 2003, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza a la Consejería de Agricultura y Pesca para conceder una subvención a la SCA Ganadera del Valle de Los Pedroches (COVAP), de Pozoblanco (Córdoba).

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El Decreto 271/95, de 31 de octubre y la Orden de 24 de enero de 1996, que desarrolla el citado Decreto, establecen una línea por la que se fomenta la mejora de las condiciones de manipulación, transformación y comercialización de productos agrarios y alimentarios.

En el año 2000, la S.C.A. Ganadera del Valle de los Pedroches (COVAP) presentó una solicitud de subvención para un proyecto de traslado y mejora de industria láctea, en el término municipal de Pozoblanco (Córdoba).

Una vez revisado el proyecto y aplicados los criterios de valoración, la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria pretende conceder una subvención, a la citada Cooperativa, de 8.098.844,61 euros (ocho millones noventa y ocho mil ochocientos cuarenta y cuatro euros con sesenta y un céntimos de euro).

La normativa presupuestaria vigente establece en el artículo

104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se requerirá Acuerdo de Consejo de Gobierno para aprobar subvenciones por importe superior a 3.005.060,52 euros (tres millones cinco mil sesenta euros con cincuenta y dos céntimos de euro).

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 2.9.03 se adopta el siguiente

A C U E R D O

Autorizar a la Consejería de Agricultura y Pesca a conceder una subvención por importe de ocho millones noventa y ocho mil ochocientos cuarenta y cuatro euros con sesenta y un céntimos de euro (8.098.844,61 E) a la Sociedad Cooperativa Andaluza "Ganadera del Valle de los Pedroches (COVAP)", de Pozoblanco (Córdoba) para la mejora de las condiciones de manipulación, transformación y comercialización de productos lácteos.

Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se aprueba el correspondiente gasto.

Sevilla, 2 de septiembre de 2003

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca

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