Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 29/01/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 2 DE RONDA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1/2002. (PD. 127/2003).

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NIG: 2908441C20022000003.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1/2002. Negociado: CC. Sobre: Acción declarativa de dominio.

De: Don José Cepero Chicón.

Procurador: Sr. Don Manuel Angel Moreno Jiménez. Letrado: Sr. Agustín Pérez García.

Contra: Don Bartolomé Sánchez Ponce, Sebastiana Cotogi, Herederos desconocidos e inciertos de don Bartolomé Sánchez Ponce y Herederos desconocidos e inciertos de doña Sebastiana Cotogi.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Ronda a instancia de José Cepero Chicón contra Bartolomé Sánchez Ponce, Sebastiana Cotogi, Herederos desconocidos e inciertos de don Bartolomé Sánchez Ponce y Herederos desconocidos e inciertos de doña Sebastiana Cotogi sobre Acción Declarativa de Dominio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA NUM. 301/02

En Ronda, a cuatro de diciembre de dos mil dos. Vistos por don Antonio Jesús Cubero Gómez, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de esta Ciudad, y su partido Judicial, los autos de juicio ordinario núm. 1/02 a instancia de don José Cepero Chicón, representado por el Procurador don Manuel Angel Moreno Jiménez, asistido por el Letrado don Agustín Pérez García contra doña Sebastiana Cotogi, don Bartolomé Sánchez Ponce, y contra los desconocidos herederos de ambos, sobre acción declarativa de dominio y rectificación registral, de acuerdo con los siguientes.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Manuel Angel Moreno Jiménez, en nombre y representación de don José Cepero Chicón, contra doña Sebastiana Cotogi, don Bartolomé Sánchez Ponce, y contra los desconocidos herederos de ambos:

Primero. Debo declarar y declaro el dominio de don José Cepero Chicón y doña Adoración Ruiz Narváez con carácter ganancial sobre una finca bajo la siguiente descripción: «Casa situada en la Villa de El Burgo y su calle llamada de la Villa, marcada con el número doce de gobierno, cuya extensión se ignora; linda: Por la derecha entrando, con otra de los Herederos de don Juan Rodríguez Río; por la izquierda y fondo con la de José Martín Oliva.¯, e inscrita en el Registro de la Propiedad de Ronda al Tomo 4, Libro 1 de El Burgo, folio 168 vuelto, finca registral núm. 25, y que les pertenece en virtud de contrato privado de compraventa suscrito en fecha 20 de septiembre de 1966 en la localidad de El Burgo (Málaga), don Bartolomé Sánchez Ponce, casado con doña Sebastiana Cotogi.

Segundo. Ordeno la inscripción de la indicada finca a favor de don José Cepero Chicón y de doña Adoración Ruiz Narváez con carácter ganancial en el Registro de la Propiedad de Ronda, para cuya práctica, firme que sea esta Resolución, se entregarán a la representación procesal del actor testimonio de la sentencia, con expresión de su firmeza.

Tercero. Todo ello se entiende sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales. Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que, en su caso, deberá prepararse por escrito manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan ante este Juzgado en el plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de su notificación, y para su resolución por la Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. Juez que la suscribe, en el día de la fecha y hallándose celebrando Audiencia Pública por ante mí. Doy Fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Bartolomé Sánchez Ponce, Sebastiana Cotogi,

Herederos desconocidos e inciertos de don Bartolomé Sánchez Ponce y Herederos desconocidos e inciertos de doña Sebastiana Cotogi, extiendo y firmo la presente en Ronda, a cuatro de diciembre de dos mil dos.- El/La Secretario.

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