Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 29/01/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTA. E INSTRC. NUM.UNO DE MARBELLA

EDICTO dimanante del procedimiento de menor cuantía núm. 342/2000. (PD. 124/2003).

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NIG: 2906941C20001000535.

Procedimiento: Menor Cuantía 342/2000. Negociado: PF. Sobre: Menor Cuantía núm. 342/00.

De: Doña Liliane Dayan Ohana.

Procurador: Sr. José Ortiz Checa.

Contra: Another Great Event, S.L., y don Leonardus Adrianus Gerardus Van Der Helm.

CEDULA DE NOTIFICACION

En procedimiento de Menor Cuantía 342/2000 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Marbella a instancia de doña Liliane Dayan Ohana contra Another Great Event, S.L., y don Leonardus Adrianus Gerardus Van Der Helm, sobre Menor Cuantía núm. 342/00, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En Marbella, a quince de marzo de dos mil dos.

La Sra. doña María Luisa de la Hera Ruiz-Berdejo, Magistrado- Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Marbella, y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Menor Cuantía 342/2000 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña Liliane Dayan Ohana con Procurador don José Ortiz Checa y Letrado Sr. Blanco Cañadas, y de otra como demandados Another Great Event, S.L., y don Leonardus Adrianus Gerardus Van Der Helm, declarados en rebeldía, y,

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador don José Ortiz Checa, en nombre y representación de doña Liliane Dayan Ohana, contra Another Great Event, S.L., y don Leonardus Adrianus Gerardus Van Der Helm, declarando resuelto el contrato de subconcesión exclusiva para la venta o alquiler de jaimas marroquíes en la zona de la Costa del Sol y condenando solidariamente a los demandados a abonar a la actora la suma de trece mil novecientos veintitrés euros con setenta y siete céntimos (13.923,77 E), equivalente a dos millones trescientas dieciséis mil setecientas veinte (2.316.720) pesetas, más los intereses que conforme al tipo vigente de interés legal del dinero devengue dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda y la suma que en ejecución de sentencia resulte acreditada por daños y perjuicios. Se condena a la demandada al abono de las costas procesales causadas en esta instancia.

Contra esta Resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día, conforme a lo preceptuado en la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Another Great Event, S.L., y don Leonardus Adrianus Gerardus Van Der Helm, extiendo y firmo la presente en Marbella, a dos de septiembre de dos mil dos.- El/La Secretario.

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