Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 03/10/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 23 de septiembre de 2003, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifican los Pliegos Tipos de Cláusulas Administrativas Particulares que se citan.

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Varios son los motivos por los que se ha considerado necesario revisar los distintos Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares de suministros aprobados por sucesivas Resoluciones de esta Dirección Gerencia.

En primer lugar el tiempo transcurrido desde la aprobación de estos Pliegos, tiempo en el que la totalidad de los Centros dependientes del Servicio Andaluz de Salud vienen utilizándolos, surgiendo la necesidad de recoger la posibilidad de adjudicar el objeto de la contratación no sólo en su totalidad o por lotes, sino también en "agrupaciones de lotes", lo que hace más fácil la adjudicación a un único licitador de un conjunto de lotes, en razón a la interdependencia de sus componentes.

En segundo lugar, las distintas interpretaciones a las que ha dado lugar la fórmula "límite máximo del gasto" prevista en todos los Pliegos de suministro al amparo del artículo 172.1.a) de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, han hecho necesario un esfuerzo encaminado a conseguir una unificación de estos distintos criterios de interpretación.

Por último, la aparición de nuevos instrumentos como el Banco de Productos y Materiales de Consumo, creado por la Resolución

18/2002, de 7 de mayo, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, requiere determinar como necesaria la acreditación de la solvencia técnica a través del Certificado de Aptitud vigente, siempre que haya sido declarada como obligatoria la posesión del mismo.

En virtud de lo expuesto, previo informe favorable de la Asesoría Jurídica y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,

RESUELVO

Primero. Modificar los Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares que se citan a continuación, quedando redactados como sigue:

* Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación de suministros mediante procedimiento abierto, modalidad concurso. Anexo I de la Resolución de 29 de abril de

2002, publicada en BOJA núm., de 23 de mayo de 2002, modificado por Resolución de 16 de mayo de 2003, relativa al CPA-2002 (BOJA núm. 100, de 28 de mayo de 2003).

En la cláusula 2 relativa a Elementos del Contrato, el apartado

2.1.2, queda como sigue:

"2.1.2. Los bienes objeto de esta contratación podrán ser ofertados por la totalidad del suministro, por lotes o por las agrupaciones de lotes que se establezcan.

A estos efectos se entenderá por lote cada uno de los elementos indivisibles que componen el objeto del suministro, y por agrupación de lote el subconjunto de lotes agrupados con arreglo a los criterios que establezca el órgano de contratación, cuya adjudicación debe realizarse conjuntamente a un único licitador en razón a la interdependencia de sus componentes."

En la cláusula 3 relativa a Presupuesto y Precio, el tercer párrafo del apartado 3.1.1 queda como sigue:

"El presupuesto base de licitación de cada uno de los lotes o de la agrupación de estos, cuando se establezca, se recoge en el apartado 9.3 del Cuadro Resumen."

En el apartado 5.3.1 relativo a Garantía Provisional, los párrafos tercero y cuarto, quedan como sigue:

"En el caso de que el contrato estuviera constituido por lotes o agrupación de estos a los que se pueda licitar

indistintamente, las garantías provisionales se presentarán sólo respecto de los lotes o agrupación de estos a los que se licite.

El importe de la garantía provisional total, así como en su caso, el de los lotes o agrupación de estos, se establecen expresamente en los apartados 11.2 y 11.3 del Cuadro Resumen." En el apartado 5.3.2.1, e) del citado Pliego, relativo a la Solvencia Económica Financiera y Técnica se añade un segundo párrafo:

"Asimismo, estar en posesión del correspondiente Certificado de Aptitud al que se refiere la Resolución de 17 de junio de 2003, del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm., de 1 de julio) respecto de aquellos productos específicos asociados a

cualquiera de los artículos existentes en el Catálogo que estén incluidos dentro del objeto del contrato."

En el apartado 5.4.1.1 relativo a la Documentación Económica, el segundo párrafo queda como sigue:

"Cada licitador presentará una sola proposición de acuerdo con cualquiera de las siguientes modalidades:

- Por la totalidad del suministro.

- Desglosada por los lotes o agrupación de estos, cuando se establezcan."

En la cláusula 5.6 relativa a Presentación de Muestras, los apartados 5.6.1 y 5.6.3, quedan como sigue:

"5.6.1. Cuando así se haga constar en el apartado 14 del Cuadro Resumen, para tomar parte en la licitación las empresas presentarán una muestra del suministro a realizar, ajustada a las características definidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas o, en su caso, una muestra para cada lote o agrupación de lotes.

5.6.3. Todos los bultos que contengan las muestras deberán llevar, en lugar visible, una etiqueta identificativa, en la que se especificará: "Documentación técnica/muestras,

denominación y número del concurso, nombre del licitador y número de bultos que componen el envío de la muestra".

Igualmente deberán etiquetarse todas y cada una de las muestras entregadas, indicando la empresa licitadora y en su caso, número de lote, agrupación de lotes, o variantes a que

corresponde."

En la cláusula 8.5 del citado Pliego, relativa a la Forma de Pago, se añade otro apartado 8.5.4:

"8.5.4. En el supuesto que hubiera sido declarada la

obligatoria posesión del Certificado de Aptitud para ser adquiridos por los Centros del Organismo, en el albarán de entrega del producto y en su factura, además de los datos en cada

caso preceptivos, deberán figurar obligatoriamente su

denominación comercial, e inseparablemente asociados, la referencia impresa en el envase y el Código CIP que figura en el Certificado de Aptitud, conforme dispone el apartado 3.3 de la Resolución de 17 de junio de 2003, del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 124, de 1 de julio)."

En la cláusula 8.9.1 del citado Pliego, se añade un apartado

c), relativo a las causas de Resolución del Contrato:

"c) Cualquier alteración intencionada dirigida a modificar con fines ilegítimos la relación establecida entre el producto, su Certificado de Aptitud y el código CIP que lo representa, será causa de resolución, sin perjuicio de las acciones que el Servicio Andaluz de Salud pudiera ejercitar en defensa de los intereses que le son propios."

El Apartado 5 del Cuadro Resumen correspondiente al Objeto del Contrato, queda como sigue:

El apartado 9 del Cuadro Resumen correspondiente a Presupuesto y Precio (continuación) queda como sigue:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 21039)

El apartado 11 del Cuadro Resumen correspondiente a Garantía Provisional (continuación), queda como sigue:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 21039)

El modelo "Anexo I de Oferta Económica" y el modelo "Anexo II de Oferta Técnica", quedan como sigue, refundiéndose la "Descripción ITEMS Oferta Económica y Técnica" en "Descripción de Datos de la Oferta Económica y Técnica":

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 21040)

DESCRIPCION DE DATOS DE LAS OFERTAS

ECONOMICA Y TECNICA

Agrupación lote: Conjunto de lotes que se adjudicará a un único licitador.

Número de lote: Se consignará el número de lote correspondiente al que es objeto de licitación.

Código SAS: Se consignará el Código SAS correspondiente al lote licitado, en caso que el producto figure en el Catálogo de Productos y Materiales de consumo del Servicio Andaluz de Salud.

Oferta/Variante: Se indicará si es una oferta base (OB) o variante (V) del producto que se adapte a las prescripciones técnicas solicitadas.

Denominación Catálogo SAS: En este apartado figurará la descripción genérica que figura en el Catálogo para el artículo cuyo código SAS se consignó anteriormente.

Nombre comercial: Se indicará el nombre con el que el proveedor identifica el producto ofertado.

Referencia: Se consignará el código con el que el licitador identifica al producto ofertado.

Código CIP: En el caso de que el producto cuente con

Certificado de Aptitud que emite la Central Logística de Compras y Servicios, se consignará el Código CIP contenido en el citado Certificado.

Cantidad: En este apartado figurará el número de unidades de consumo del producto según el Catálogo SAS, que figura como objeto de la licitación.

Importe total: Importe obtenido de multiplicar la cifra que figura en el apartado Cantidad por el Precio Unidad de Venta, expresado en euros o fracción.

Unidad de venta: Indica el tipo de formato de presentación de la unidad de venta del producto (caja, bolsa, ...).

Unidad contiene: Indica el número de unidades de consumo que contiene la unidad de venta.

Precio de Unidad de venta: Se expresará en euros o fracción.

Plazo de entrega: Se indicará el plazo máximo de entrega, expresado en días.

* Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación de suministros al amparo del artículo 172.1.a), suministro de prótesis, de material no sanitario y de material fungible sanitario, al amparo del artículo 172.1.a) del TRLCAP, mediante procedimiento abierto, modalidad concurso que figuran como Anexos I, II, III, y IV respectivamente a la Resolución de

19 de junio de 2002, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban, entre otros, los citados Pliegos. Publicados en el BOJA núm. 84, de 18 de julio de 2002, con corrección de errores publicadas en BOJA núm. 118, de 8 de octubre de 2002 y

modificados por la Resolución de 14 de abril de 2003 (BOJA núm.

79, de 28 de abril de 2003) los tres últimos y todos por la Resolución de 16 de mayo de 2003 relativa al CPA-2002 (BOJA núm. 100, de 28 de mayo de 2003).

En la cláusula 2 relativa a Elementos del Contrato, el apartado

2.1.2, queda como sigue:

"2.1.2. Los bienes objeto de esta contratación podrán ser ofertados por la totalidad del suministro, por lotes o por las agrupaciones de lotes que se establezcan.

A estos efectos se entenderá por lote cada uno de los elementos indivisibles que componen el objeto del suministro, y por agrupación de lote el subconjunto de lotes agrupados con arreglo a los criterios que establezca el órgano de

contratación, cuya adjudicación debe realizarse conjuntamente a un único licitador en razón a la interdependencia de sus componentes."

La cláusula 3.1.1 de los Pliegos tipo citados, correspondiente a Presupuesto queda como sigue:

"3.1.1. El presupuesto base de licitación es el fijado en el apartado 9.1 del Cuadro Resumen.

El previsible desglose en anualidades presupuestarias se recoge en el apartado 9.2 del Cuadro Resumen.

Los precios máximos unitarios de cada uno de los bienes se establecen en el apartado 9.3 del Cuadro Resumen.

El presupuesto base de licitación, de cada uno de los lotes o de la agrupación de estos cuando se establezca, se recogen en el apartado 9.3 del Cuadro Resumen.

Al tratarse de un expediente tramitado al amparo del artículo

172.1.a) de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, si durante el período de vigencia del contrato se superaran las previsiones de gasto consignadas en el apartado

9.1 del Cuadro Resumen, y subsistiera la necesidad de continuar el suministro, el Organo de Contratación, previa fiscalización por la Intervención, podrá efectuar las correspondientes medidas contables y presupuestarias en cuantía suficiente para el cumplimiento de las obligaciones económicas derivadas, en su caso, de las restantes entregas. Dicha cuantía será la

resultante de multiplicar la asignación inicial por el período que reste de vigencia, dividido todo ello por el período de ejecución transcurrido, que actuará en todo caso como límite máximo del gasto."

En la cláusula 5.3.1 relativa a Garantía Provisional los párrafos tercero y cuarto, quedan como sigue:

"En el caso de que el contrato estuviera constituido por lotes o agrupación de estos a los que se pueda licitar

indistintamente, las garantías provisionales se presentarán sólo respecto de los lotes o agrupación de estos a los que se licite.

El importe de la garantía provisional total, así como en su caso, el de los lotes o agrupación de estos, se establecen expresamente en los apartados 11.2 y 11.3 del Cuadro Resumen." En el apartado 5.3.2.1.e) del Pliego de Suministro al amparo del art. 172.1.a) del TRLCAP, relativo a la Solvencia

Económica, Financiera y Técnica se añade un segundo párrafo:

"Asimismo, estar en posesión del correspondiente Certificado de Aptitud al que se refiere la Resolución de 17 de junio de 2003, del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm., de 1 de julio) respecto de aquellos productos específicos asociados a

cualquiera de los artículos existentes en el Catálogo que estén incluidos dentro del objeto del contrato."

En la cláusula 5.4.1 de todos los Pliegos citados, relativa a la Documentación Económica, el segundo párrafo queda como sigue:

"Cada licitador presentará una sola proposición de acuerdo con cualquiera de las siguientes modalidades:

- Desglosada en importes unitarios por la totalidad del suministro.

- Desglosada en importes unitarios de los lotes o agrupación de estos, cuando se establezcan."

Siempre en los términos que especifiquen el Cuadro resumen y el Anexo I.

En la cláusula 5.6 relativa a Presentación de Muestras, los apartados 5.6.1 y 5.6.3, quedan como sigue:

"5.6.1. Cuando así se haga constar en el apartado 14 del Cuadro Resumen, para tomar parte en la licitación las empresas presentarán una muestra del suministro a realizar, ajustada a las características definidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas o, en su caso, una muestra para cada lote o agrupación de lotes.

5.6.3. Todos los bultos que contengan las muestras deberán llevar, en lugar visible, una etiqueta identificativa, en la que se especificará: "Documentación técnica/muestras,

denominación y número del concurso, nombre del licitador y número de bultos que componen el envío de la muestra".

Igualmente deberán etiquetarse todas y cada una de las muestras entregadas, indicando la empresa licitadora y en su caso, número de lote, agrupación de lotes, o variantes a que

corresponde."

En la cláusula 8.5, relativa a la Forma de Pago, se añade otro apartado 8.5.4:

"8.5.4. En el supuesto que hubiera sido declarada la

obligatoria posesión del Certificado de Aptitud para ser adquiridos por los Centros del Organismo, en el albarán de entrega del producto y en su factura, además de los datos en cada caso preceptivos, deberán figurar obligatoriamente su denominación comercial, e inseparablemente asociados, la referencia impresa en el envase y el Código CIP que figura en el Certificado de Aptitud, conforme dispone el apartado 3.3 de la Resolución de 17 de junio de 2003 del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm., de 1 de julio)."

En la cláusula 8.9.1, relativa a las causas de Resolución del Contrato se añade un apartado c):

"c) Cualquier alteración intencionada dirigida a modificar con fines ilegítimos la relación establecida entre el producto, su Certificado de Aptitud y el código CIP que lo representa, será causa de resolución, sin perjuicio de las acciones que el Servicio Andaluz de Salud pudiera ejercitar en defensa de los intereses que le son propios."

El Apartado 5 del Cuadro Resumen correspondiente al Objeto del Contrato, queda como sigue:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 21042)

El apartado 9 del Cuadro Resumen Presupuesto y Precio, queda como sigue:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 21042)

El apartado 9 del Cuadro Resumen correspondiente al Presupuesto y Precio (continuación) queda como sigue:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 21043)

El apartado 11 del Cuadro Resumen correspondiente a Garantía Provisional (continuación), queda como sigue:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 21043)

El apartado 12 del Cuadro Resumen, correspondiente a Garantía Definitiva, queda como sigue:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 21043)

En el apartado 18 del Cuadro Resumen de los Pliegos Tipo de Suministro de Prótesis, Material No Sanitario y Fungible Sanitario, al amparo del artículo 172.1.a) del TRLCAP, relativo a los Criterios de Solvencia Económica, Financiera y Técnica, se añade un segundo párrafo en el apartado de solvencia técnica:

"Asimismo, estar en posesión del correspondiente Certificado de Aptitud al que se refiere la Resolución de 17 de junio de 2003, del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm., de 1 de julio) respecto de aquellos productos específicos asociados a

cualquiera de los artículos existentes en el Catálogo que estén incluidos dentro del objeto del contrato."

El modelo "Anexo I de Oferta Económica" y el modelo "Anexo II de Oferta Técnica", de los citados Pliegos quedan como sigue, refundiéndose la "Descripción ITEMS Oferta Económica y Técnica" en "Descripción de Datos de la Oferta Económica y Técnica":

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 21044)

DESCRIPCION DE DATOS DE LAS OFERTAS

ECONOMICA Y TECNICA

Agrupación de lote: Conjunto de lotes que se adjudicará a un único licitador.

Número de lote: Se consignará el número de lote correspondiente al que es objeto de licitación.

Código SAS: Se consignará el Código SAS correspondiente al lote licitado, en caso que el producto figure en el Catálogo de Productos y Materiales de consumo del Servicio Andaluz de Salud.

Oferta/Variante: Se indicará si es una oferta base (OB) o variante (V) del producto que se adapte a las prescripciones técnicas solicitadas.

Denominación Catálogo SAS: En este apartado figurará la descripción genérica que figura en el Catálogo para el artículo cuyo código SAS se consignó anteriormente.

Nombre comercial: Se indicará el nombre con el que el proveedor identifica el producto ofertado.

Referencia: Se consignará el código con el que el licitador identifica al producto ofertado.

Código CIP: En el caso de que el producto cuente con

Certificado de Aptitud que emite la Central Logística de Compras y Servicios, se consignará el Código CIP contenido en el citado Certificado.

Precio Unitario de Oferta: Precio de la unidad de consumo expresado en euros o fracción.

Unidad de venta: Indica el tipo de formato de presentación de la unidad de venta del producto (caja, bolsa, ...).

Unidad contiene: Indica el número de unidades de consumo que contiene la unidad de venta.

Precio de Unidad de venta: Se expresará en euros o fracción.

Plazo de entrega: Se indicará el plazo máximo de entrega, expresado en días.

* Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación de suministro mediante procedimiento Negociado con publicidad/sin publicidad. Anexo I de la Resolución de 23 de agosto de 2002, publicada en BOJA número, de 21 de septiembre de 2002. Modificado por Resolución de 16 de mayo de 2003 relativa al CPA-2002 (BOJA núm., de 28 de mayo de 2003).

En la cláusula 2 relativa a Elementos del Contrato, el apartado

2.1.2, queda como sigue:

"2.1.2. Los bienes objeto de esta contratación podrán ser ofertados por la totalidad del suministro, por lotes o por las agrupaciones de lotes que se establezcan.

A estos efectos se entenderá por lote cada uno de los elementos indivisibles que componen el objeto del suministro, y por agrupación de lote el subconjunto de lotes agrupados con arreglo a los criterios que establezca el órgano de

contratación, cuya adjudicación debe realizarse conjuntamente a un único licitador en razón a la interdependencia de sus componentes."

En la cláusula 3 correspondiente a Presupuesto y Precio, los apartados 3.1.1 y 3.1.2 quedan como sigue:

"3.1.1. El presupuesto base de licitación es el fijado en el apartado 9.1 del Cuadro Resumen. Asimismo. En dicho apartado se fijará el presupuesto base de cada uno de los lotes o

agrupación de lotes que, en su caso se establezcan.

3.1.2. En el supuesto de que el expediente se tramite al amparo del artículo 172.1.a) de la Ley de Contratos de las

Administraciones Públicas, el presupuesto base de licitación es el fijado en el apartado 9.2 del Cuadro Resumen.

Si durante el período de vigencia del contrato se superaran las previsiones de gasto, consignadas en el apartado 9.2 del Cuadro Resumen, y subsistiera la necesidad de continuar el suministro, el Organo de Contratación, previa fiscalización por la

Intervención, podrá efectuar las correspondientes medidas contables y presupuestarias en cuantía suficiente para el cumplimiento de las obligaciones económicas derivadas, en su caso, de las restantes entregas. Dicha cuantía será la

resultante de multiplicar la asignación inicial por el período que reste de vigencia, dividido todo ello por el período de ejecución transcurrido, que actuará en todo caso como límite máximo del gasto.

En caso de que se prevean lotes o agrupación de estos, se indica en el mismo apartado el presupuesto base de licitación y el precio unitario de cada uno de ellos."

En el apartado 5.3.1 relativa a Garantía Provisional los párrafos segundo y tercero, quedan como sigue:

"En el caso de que el contrato estuviera constituido por lotes o agrupación de estos a los que se pueda licitar

indistintamente, las garantías provisionales se presentarán sólo respecto de los lotes o agrupación de estos a los que se licite.

El importe de la garantía provisional total, así como en su caso, el de los lotes o agrupación de estos, se establecen expresamente en los apartados 11.2 y 11.3 del Cuadro Resumen." En el apartado 5.3.2.1, e), relativo a la Solvencia Económica, Financiera y Técnica, se añade un segundo párrafo:

"Asimismo, estar en posesión del correspondiente Certificado de Aptitud al que se refiere la Resolución de 17 de junio de 2003, del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm., de 1 de julio) respecto de aquellos productos específicos asociados a

cualquiera de los artículos existentes en el Catálogo que estén incluidos dentro del objeto del contrato"

En el apartado 5.4.1 relativo a la Documentación Económica, el segundo párrafo queda como sigue:

"Cada licitador presentará una sola proposición de acuerdo con cualquiera de las siguientes modalidades:

- Por la totalidad del suministro.

- Desglosada por los lotes o agrupación de estos, cuando se establezcan."

Siempre en los términos que especifiquen el Cuadro Resumen y el Anexo I.

En la cláusula 5.6 relativa a Presentación de Muestras, los apartados 5.6.1 y 5.6.3, quedan como sigue:

"5.6.1. Cuando así se haga constar en el apartado 15 del Cuadro Resumen, para tomar parte en la licitación las empresas presentarán una muestra del suministro a realizar, ajustada a las características definidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas o, en su caso, una muestra para cada lote o agrupación de lotes.

5.6.3. Todos los bultos que contengan las muestras deberán llevar, en lugar visible, una etiqueta identificativa, en la que se especificará: "Documentación técnica/muestras,

denominación y número del concurso, nombre del licitador y número de bultos que componen el envío de la muestra".

Igualmente deberán etiquetarse todas y cada una de las muestras entregadas, indicando la empresa licitadora y en su caso, número de lote, agrupación de lotes, o variantes a que

corresponde."

La cláusula 7.2.1 segundo párrafo, correspondiente a Garantía Definitiva queda como sigue:

"Cuando el precio del contrato se determine en función de precios unitarios el importe de la garantía a constituir será del cuatro por ciento del presupuesto base de licitación." En la cláusula 8.5, relativa a la Forma de Pago, se añade otro apartado, 8.5.5:

"8.5.5. En el supuesto que hubiera sido declarada la

obligatoria posesión del Certificado de Aptitud para ser adquiridos por los Centros del Organismo, en el albarán de entrega del producto y en su factura, además de los datos en cada caso preceptivos, deberán figurar obligatoriamente su denominación comercial, e inseparablemente asociados, la referencia impresa en el envase y el Código CIP que figura en el Certificado de Aptitud, conforme dispone el apartado 3.3 de la Resolución de 17 de junio de 2003 del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm., de 1 de julio)."

En la cláusula 8.8.1, se añade un apartado c), relativo a las causas de Resolución del Contrato:

"c). Cualquier alteración intencionada dirigida a modificar con fines ilegítimos la relación establecida entre el producto, su Certificado de Aptitud y el código CIP que lo representa, será causa de resolución, sin perjuicio de las acciones que el Servicio Andaluz de Salud pudiera ejercitar en defensa de los intereses que le son propios."

Los apartados 9.1 y 9.2 del Cuadro Resumen, correspondientes a Presupuesto y Precio, quedan como sigue:

"9. Presupuesto y Precio:

9.1. Presupuesto base de licitación:

Lotes/Agrup. Lotes Presupuesto base de licitación

1.

2.

3.

4.

9.2. Presupuesto base de licitación (art. 172.1 a):

Precio Unitario:

Distribución por lote/ Agrup. de lotes:

Lotes/agrup. Lotes Pto. Base L. Precio unitario

1.

2.

3.

El apartado 11.3 del Cuadro Resumen correspondiente a

Garantía Provisional, queda como sigue:

11.3. En su caso, importe de la Garantía provisional por lotes o Agrupación de lotes:

Núm. Lotes/agrup. lotesImporte

1.

2.

3.

El apartado 12 del Cuadro Resumen correspondiente a Garantía Definitiva, queda como sigue:

"12. Garantía Definitiva:

12.1. Total Garantía Definitiva:

4 % del importe de adjudicación:

4 % del presupuesto base de

licitación art.172.1.a)

TRLCAP

12.2. En su caso, Garantía definitiva por lotes o Agrupación de lotes:

El modelo "Anexo I de Oferta Económica" y el modelo "Anexo II de Oferta Técnica", del citado Pliego quedan como sigue, refundiéndose la "Descripción ITEMS Oferta Económica y Técnica" en "Descripción de Datos de la Oferta Económica y Técnica":

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 21047)

DESCRIPCION DE DATOS DE LAS OFERTAS

ECONOMICA Y TECNICA

Agrupación de lotes: Conjunto de lotes que se adjudicará a un único licitador.

Número de lote: Se consignará el número de lote correspondiente al que es objeto de licitación.

Código SAS: Se consignará el Código SAS correspondiente al lote licitado, en caso que el producto figure en el Catálogo de Productos y Materiales de consumo del Servicio Andaluz de Salud.

Oferta/Variante: Se indicará si es una oferta base (OB) o variante (V) del producto que se adapte a las prescripciones técnicas solicitadas.

Denominación Catálogo SAS: En este apartado figurará la descripción genérica que figura en el Catálogo para el artículo cuyo código SAS se consignó anteriormente.

Nombre comercial: Se indicará el nombre con el que el proveedor identifica el producto ofertado.

Referencia: Se consignará el código con el que el licitador identifica al producto ofertado.

Código CIP: En el caso de que el producto cuente con

Certificado de Aptitud que emite la Central Logística de Compras y Servicios, se consignará el Código CIP contenido en el citado Certificado.

Cantidad: En este apartado figurará el número de unidades de consumo del producto según el Catálogo SAS, que figura como objeto de la licitación.

Precio Unitario de Oferta, caso de tramitar conforme el art.

172.1.a) del TRLCAP: Precio de la unidad de consumo expresado en euros o fracción.

Importe total: Importe obtenido de multiplicar la cifra que figura en el apartado Cantidad por el Precio Unitario de Oferta, expresado en euros o fracción.

Unidad de venta: Indica el tipo de formato de presentación de la unidad de venta del producto (caja, bolsa, ...).

Unidad contiene: Indica el número de unidades de consumo que contiene la unidad de venta.

Precio de Unidad de venta: Se expresará en euros o fracción.

Plazo de entrega: Se indicará el plazo máximo de entrega, expresado en días.

* Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares para el suministro de productos y materiales seleccionados por el Servicio Andaluz de Salud previa determinación de tipo, mediante procedimiento negociado sin publicidad. Anexo I de la Resolución de 31 de octubre de 2002, publicada en BOJA número

142, de 4 de diciembre de 2002, modificado por Resolución de 7 de abril de 2003 publicada en BOJA núm. 74, de 21 de abril y por Resolución de 16 de mayo de 2003 relativa al CPA-2002 (BOJA núm., de 28 de mayo de 2003), las siguientes modificaciones:

En la cláusula 2 relativa a Elementos del Contrato, el apartado

2.1.2 queda como sigue:

"2.1.2. Los productos o materiales objeto de esta contratación podrán ser adquiridos por la totalidad del suministro, por lotes, por las agrupaciones de lotes que se establezcan, o por partidas, en aquellos supuestos en los que la Determinación de Tipo de la que trae causa el presente expediente se adjudicara con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

A estos efectos se entenderá por lote cada uno de los elementos indivisibles que componen el objeto del suministro, y por agrupación de lotes el subconjunto de lotes agrupados con arreglo a los criterios que establezca el órgano de

contratación, cuya adjudicación debe realizarse conjuntamente a un único licitador, adjudicatario de la determinación de tipo de la que trae causa, en razón a la interdependencia de sus componentes."

En la cláusula 3 correspondiente a Presupuesto y Precio, los apartados 3.1.1 y 3.1.2 quedan como sigue:

"3.1.1. El presupuesto base de licitación es el establecido en el apartado 9.1 del Cuadro Resumen, resultante de multiplicar el número de unidades a suministrar del producto o material seleccionado, objeto del expediente, por el precio máximo unitario que figura en el Anexo I del presente Pliego.

Asimismo, en dicho apartado se fijará el presupuesto base de cada uno de los lotes o agrupaciones de lotes que, en su caso, se establezcan.

3.1.2. En el supuesto de que el expediente se tramite al amparo del artículo 172.1.a) de la Ley de Contratos de las

Administraciones Públicas, el presupuesto base de licitación se fijará en el apartado 9.2 del Cuadro Resumen, siendo el precio unitario el que se establece en dicho apartado. En caso de que se prevean lotes o agrupaciones de estos, se indica en el mismo apartado el presupuesto base de licitación y el precio unitario de cada uno de ellos.

Si durante el período de vigencia del contrato se superan las previsiones de gasto consignadas en el apartado 9.2 del Cuadro Resumen, y subsistiera la necesidad de continuar el suministro, el Organo de Contratación, previa fiscalización por la

Intervención, podrá efectuar las correspondientes medidas contables y presupuestarias en cuantía suficiente para el cumplimiento de las obligaciones económicas derivadas, en su caso, de las restantes entregas. Dicha cuantía será la

resultante de multiplicar la asignación inicial por el período que reste de vigencia, dividido por el período de ejecución transcurrido, que actuará en todo caso como límite máximo del gasto."

En el apartado 5.1.1 relativo a la Formalización del Contrato, el párrafo segundo queda como sigue:

El importe de la garantía definitiva, que deberá acreditarse en documento original, será del cuatro por ciento del presupuesto base de licitación si se tramita al amparo del artículo

172.1.a) de la Ley, o del cuatro por ciento del importe de adjudicación si se trata de un suministro general, según se establece en el apartado 12.1 del Cuadro Resumen. En el supuesto de que se prevean lotes, o agrupación de estos, la garantía definitiva de cada uno de ellos se establece en el apartado 12.2 del Cuadro Resumen.

El apartado 9 del Cuadro Resumen, correspondiente a Presupuesto y Precio, queda como sigue:

"9. Presupuesto y Precio:

9.1. Presupuesto base de licitación:

Lotes/Agrup. Lotes Presupuesto base de licitación

(en su caso)

1.

2.

3.

4.

9.2. Presupuesto base de licitación (art. 172.1 a):

Precio Unitario:

Distribución por lote/Agrup. de lotes:

Lotes/agrup. Lotes Pto. Base L. Precio unitario

1

2.

3.

9.3. Anualidades (si proceden):

Año Importe

1.

2.

3.

9.4. Procede Revisión de Precios:

SI

NO

En caso afirmativo, indicar índice oficial o fórmula de revisión:

El apartado 12 del Cuadro Resumen relativo a la Garantía Definitiva, queda como sigue:

"12. Garantía Definitiva:

12.1. Total Garantía Definitiva:

4% del importe de adjudicación:

4% del presupuesto base de

licitación art.172.1.a)

TRLCAP

12.2. En su caso, Garantía definitiva por lotes o Agrupación de lotes:"

12.3. En su caso, Garantía Global por importe de:

El modelo "Anexo I de Oferta Económica" y el modelo "Anexo II de Oferta Técnica" del citado Pliego, quedan como sigue:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 21050)

Segundo. La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de septiembre de 2003.- El Director Gerente, P.D.F. (Resolución de 19.2.2002), El Director General de Gestión Económica, Francisco Fontenla Ruiz.

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