Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 193 de 07/10/2003

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Consejería de Medio Ambiente

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, de Notificación de Inicio del deslinde, Expte. D/21/03, del monte El Rosal, Código de la Junta MA-50002-CCAY.

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En virtud de lo dispuesto en el artículo.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público para el conocimiento de los interesados que se relacionan, a los que no ha sido posible notificar personalmente en cuanto se desconoce dónde efectuar ésta, el siguiente acto administrativo.

Núm. Expte. D/21/03

Nombre: Don José García Márquez.

Polígono: 6.

Parcela: 13.

Término Municipal: Benalauría.

Nombre: Don Francisco Calvente García.

Polígono: 6.

Parcela: 241/243/248/249.

Término Municipal: Benalauría.

La Excelentísima Consejera de Medio Ambiente, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y los artículos 59 y 63 del Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, y en uso de las competencias que le vienen atribuidas en el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de fecha 18 de agosto de

2003, ha acordado el inicio del deslinde, Expte. D/21/03, del monte "El Rosal" cuya parte dispositiva es la siguiente:

"Se proceda a iniciar el deslinde del perímetro exterior y enclavados del monte "El Rosal", Código de la Junta MA-50002- CCAY, cuya titularidad del suelo ostenta el Ayuntamiento de Benalauría y del vuelo los Ayuntamientos de Benalauría y Benadalid, y sito en el t.m. de Benalauría." Dado que sus intereses pudieran resultar afectados, se hace público por este medio a fin de instruirles sobre el inicio del presente expediente de conformidad con lo establecido en el artículo.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación será de dos años, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa los interesados en el procedimiento podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados todos ellos a partir del día siguiente al de notificación de la presente resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga.

Málaga, 15 de septiembre de 2003.- El Delegado, J. Ignacio Trillo Huertas.

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