Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 03/01/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 28 de mayo de 2002, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la revisión de las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Marbella. (PP. 1829/2002).

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Con fecha 28 de mayo de 2002, se ha dictado por la Dirección General de Transportes Resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Primero. Ratificar las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Marbella, que a continuación se detallan, aprobadas por la Comisión de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Marbella, en sesión del día 17 de abril de

2002, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas, y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

Concepto Tarifas máximas

1. Por utilización de las dársenas

en entrada, salida, o ambas, en autobús

en tránsito:

a) Con recorrido menor de 16 km 0,19 euros

b) Con recorrido entre 16 y 30 km 0,29 euros

c) Con recorrido entre 31 y 90 km 0,51 euros

d) Con recorrido entre 91 y 150 km 0,90 euros

e) Con recorrido mayor de 150 km 1,80 euros

2. Por la utilización de los servicios

generales de la Estación por cada

billete expendido para los viajeros

que salen o rinden viaje de/en la Estación o en alguna de las paradas del casco urbano:

a) Con recorrido menor de 16 km 0,04 euros

b) Con recorrido entre 16 y 30 km 0,07 euros

c) Con recorrido entre 31 y 90 km 0,13 euros

d) Con recorrido entre 91 y 150 km 0,18 euros

e) Con recorrido mayor de 150 km 0,37 euros

Quedan excluidas de la obligatoriedad del abono de las tarifas por los conceptos que le sean imputables aquellos viajeros que se encuentren en tránsito a través de servicios de transporte cuyo tiempo de permanencia en la Estación sea inferior a 60 minutos.

Su percepción por las empresas transportistas deberá hacerse simultáneamente a la venta del billete, en el que se hará constar que la tarifa correspondiente a la Estación de Autobuses está incluida en el precio del mismo.

3. Por la utilización de los servicios

de consigna:

a) Por cada bulto de peso no superior

a 50 kgs/día 0,30 euros

b) Por cada bulto de peso superior

a 50 kgs/día 0,60 euros

c) Por cada día de demora 2,10 euros

4. Por los servicios de facturación regidos y administrados por la Estación o empresa explotadora de este servicio:

a) Por retirada de cada bulto de equipajes y encargos, sin incluir el precio del

transporte 0,54 euros

Concepto Tarifas máximas

b) Por los restantes bultos facturados en la Estación que se transportan sólo

confiados a la custodia del personal de las

empresas concesionarias de transportes 1,80 euros

5. Por utilización de servicios de Estación:

Por cada módulo de despacho de expedición

de billetes al mes 127,03 euros En este precio no van incluidos otro tipo

de servicios que la Estación preste

6. Por estacionamiento o aparcamiento

de un autobús:

Desde las 8,00 a las 22,00 horas, cada

hora o fracción 1,24 euros

7. Por estacionamiento o aparcamiento de

un autobús:

Desde las 22,00 a las 8,00 horas, total

período 9,29 euros

8. Por la utilización de la Estación de

los servicios colectivos discrecionales

(entrada, salida o escala en tránsito):

a) Por cada autobús 0,87 euros

b) Por cada viajero 0,11 euros

Segundo. Las tarifas aprobadas sin IVA servirán de base para futuras revisiones tarifarias.

Tercero. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente

hallarse expuesto al público.

Cuarto. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Marbella entrarán en vigor el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su

notificación.¯

Sevilla, 28 de mayo de 2002.- El Director General, Rafael Candau Rámila.

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